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en alguna sesión, tanto de una Comisión Oficial   y escritos, contemos en el Perú con una legisla­  <
            designada para proponerenmiendas al Código   ción  sobre el ejercicio de la capacidad  acorde
            Civil  como  a  nivel  del  Ministerio  de  Justicia  y   con  los tiempos y, sobre todo, en consonancia   ce
                                                                                                              h-
            D erechos  Hum anos,  que  se  está  tratando  lo   con los requerimientos propios de las personas
            atinente a la modificación y actualización de lo   privadas, por diversas circunstancias, de la posi­  O
                                                                                                              O
            concerniente  al  ejercicio de  la  capacidad, con   bilidad de ejercer, por sí mismas, de algunos o
                                                                                                       DERECHO
            singular atención en los discapacitados.     de todos sus derechos. De los derechos que les   MINERO,
                                                                                                      AMBIENTAL
                                                         corresponden, mientras vivan, de su propia ca­  Y DE LOS
                                                                                                       RECURSOS
            Nos felicitamos por el trabajo que vienen reali­  pacidad que es inherente a su libertad en tanto   ENERGÉTICOS
           zando tales comisiones y guardamos la esperan­  seres humanos. Es decir, de una capacidad que
           za que, después de años de reclamarlo en foros  sólo es eliminable con la muerte de la persona.













                                                                                                         CC
                                                                                                         O






































                                                                                                         co
                                                                                                         §
                                                                                                         2
                                                                                                         §
                                                                                                         Q





              ¿Existe  un  ser humano jurídicamente  “incapaz"?  ¿Existe  un  sujeto  de  derecho  “sin  personas" que  lo  integren?  2 35
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