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infraestructura  concesionario  CNT22 DE   CNT DE   arbitral  emitido  por el  CIADI  cuenta  con  múl­
              concesionada                CUANTIA   CUANTIA
                                          INDETERMI­  DUDOSA   tiples  mecanismos  que facilitan  su  ejecución.
                                            NADA               Efectiva mente, "el Convenio dispone que los lau­
            Puerto de Matarani -    Terminal Inter­  CIADI  CIADI  dos emitidos bajo su órbita sean de reconocimien­
               Arequipa     nacional del Sur
                               -TISUR                          to y ejecución automática en todos los Estados
            Nueva Terminal de   DP World Callao  Cámara de   CIADI  Contratantes, como si fueran una sentencia judi­
           Contenedores - Muelle          Comercio de
           Sur  Puerto del Callao           Lima               cial local definitiva. No es necesario ni un trámite
           Puerto de Paita -  Piura Terminales Portua­  Cámara de   CIADI  de exequátur ni ningún otro procedimiento de
                            rios Euroandinos   Comercio de     nacionalización del laudo o sentencia extranjera
                                -TPE        Lima
                                                               (...). Todo el esquema se encuentra reforzado por
            Terminal Embarque   Transportadora   Cámara de   CIADI
           concentrados minera­  Callao S.A.  Comercio de      el hecho de que el incumplimiento del Convenio
               les Callao                   Lima               CIADI por parte de un Estado Contratante genera
                                                               responsabilidad internacional y permite a los otros
            Terminal Norte del   APM Termináis   Cámara de   CIADI
             Puerto del Callao  Callao    Comercio de          Estados Contratantes iniciar acciones ante la Corte
                                            Lima
                                                               Internacional de Justicia contra el incumplidor"22 23 24 25.
           Puerto de Yurimaguas  Consorcio Puerto   Cámara de   CIADI
                             Amazonas S.A.  Comercio de
                                            Lima               Teniendo en cuenta lo expuesto, la Decimocuar­
           Puerto de Pisco-G e­  Terminal Portuario   Cámara de   CIADI  ta Disposición Complementaria del Decreto Le­
             neral San Martín  Paracas S.A.  Comercio de
                                            Lima               gislativo 1071  -  Decreto Legislativo que norma
                                                               el Arbitraje, establece que "para la ejecución del
                                                               laudo expedido por un tribunal arbitral del Centro
                  creación del CIADI tuvo por objeto promover las   Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a
                  inversiones internacionales como complemento   Inversiones (CIADI) serán de aplicación las normas
                  sustancial para el desarrollo económico y social.   que regulan el procedimiento de ejecución de sen­
                  Para ello, y habida cuenta de la fragilidad de los   tencias emitidas por tribunales internacionales,
                  sistemas judiciales en la mayor parte de los países   como si se tratare de una sentencia fírme dictada
                  en desarrollo, se consideró necesario crear un foro   por un tribunal existente en cualquier Estado".
                  competente e imparcial en el que se pudieran venti­
                  larlas disputas relativas a la inversión extranjeram .  Por último, debe tenerse en consideración que,
                                                               de acuerdo a la legislación  peruana, el Conce­
                  Cabe precisar que el laudo emitido en el marco   sionario de una Infraestructura Portuaria debe
                  de un arbitraje CIADI no es susceptible de recur­  constituir en el Perú una Sociedad de Propósito
                  so de anulación ante los Tribunales del Estado   Especial que administrará la concesión; ello a fin
                  receptor de  la  inversión,  pues  como  señalan   de aislar los flujos de la concesión de los riesgos
                  los  Lineamientos de OSITRAN  para  la  emisión   económicos a los que puede verse expuesta la
                  de  opinión  de  los  proyectos  de  contratos de   sociedad  a  la cual  se  le adjudicó la concesión.
                  concesión (Versión  3.0, Marzo 2008), un  laudo   En  este sentido, esta  situación  podría generar
                  CIADI  "no será revisable por el Poder Judicial de   que  dicha  sociedad  quede  imposibilitada  de
                  ningún país, sino por el propio sistema CIADI,   acceder  al  CIADI,  pues  podría  interpretarse
                  que conocerá de cualquier recurso de anulación   que se trata de una Empresa Peruana que está
                  contra el laudo que se dicte"2AEs  más,  el  laudo  litigando contra su propio Estado. Por tanto, en




           CN
           00     22.  Controversias No Técnicas
                  23.  DAÑINO ZAPATA, Roberto. Op. Cit., p.144.
           K
           2      24.  http://www.ositran.aob.pe/RepositorioAPS/0/Q/par/LlNEAMIENTOS  DE  OSITRAN/ANEXO  LINEAMIENTOS
           §          CONTRATOS  V3070308SS.pdf
           Q
                  25.  SUAREZ ANZORENA, Carlos Ignacio. Op. Cit., pp.156-157.




           126    D  a  n  i e  l    H  e  n  o  s t r o  z a     D e    l a    C  r u z
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