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tratos comprende también la facultad para Dentro de esta lógica, el artículo 13 de la Ley de
someter a arbitraje cualquier controversia Arbitraje establece que el convenio arbitral es el <
derivada de dichos contratos Atendiendo a acuerdo por el que las partes deciden someter u
que la potestad de administrar justicia por a arbitraje las controversias que hayan surgido U J
o.
el Poder Judicial es un derecho fundamental o puedan surgir entre ellas respecto de una
U J
reconocido constitucionalmente, para la determinada relación jurídica contractual o de
LITIGIOS
solución de controversias en esta vía no se otra naturaleza. PROCESALES
Y ARBITRALES
requiere de ningún tipo de pacto; situación
distinta a lo que ocurre en el arbitraje, en la Así, para hablar de la existencia de un convenio
medida de que el arbitraje Solo vincula a las arbitral, se requiere la concurrencia de dos ele
partes que convencional y expresamente se mentos fundamentales. El primero de ellos está
sometieron a él." referido a la intención de las partes de realizar
un acuerdo conforme a los términos y condi
Gamboa Serrano1 señala que para celebrar el ciones que éstas pactaron, exteriorizando dicha
pacto arbitral se requiere — en las partes— la intención por los mecanismos de manifestación
capacidad para transigir, es decir, capacidad de voluntad permitidos por el ordenamiento ju
para disponer sobre las diferencias o pretensio rídico. Mientras que el segundo está referido a la
nes que han de someterse al tribunal arbitral. materia u objeto sobre el cual versa tal acuerdo.
Así, el artículo 2 de la Ley de Arbitraje, señala
que pueden someterse a arbitraje las contro Por otro lado, Fernando Vidal Ramírez3 señala
versias sobre materia de libre disposición por que al convenio arbitral, siendo un acto o ne
las partes. gocio jurídico, le son exigibles los requisitos de
validez que establece el artículo 140 del Código
Martín Brañas2 señala que es necesario que las Civil, por lo que la manifestación de voluntad,
partes se sometan expresa y voluntariamente a imprescindible para celebrarlo, debe emanar de
la solución arbitral, no siendo factible, en con sujetos capaces.
secuencia, imponer a un sujeto un arbitraje sin
esa aquiescencia previa. A entender de Caivan4, en tanto acuerdo de ^
voluntades o convención, el pacto arbitral debe
En efecto, obligar a cualquier persona — natural cumplir los requisitos de existencia y validez
o jurídica— a recurrir a un arbitraje que no ha establecidos con carácter general para los con
convenido es inconstitucional, atendiendo al tratos. Tiene que partir de un consentimiento
carácter voluntario de la jurisdicción arbitral. que no se encuentre intrínsecamente viciado, [0
Esto, debido a que el principio general de la y que haya sido expresado válidamente; ese
Constitución Política del Perú, en el inciso 1 consentimiento debe ser prestado por personas
del artículo 139, establece que la jurisdicción que tengan capacidad legal para obligarse.
ordinaria es exclusiva y que el arbitraje es ex
cepcional. En ese sentido, la inexistencia de una Dentro de tal orden de ideas, para la existencia
declaración de voluntad válida es causa eficien del convenio arbitral es necesaria la manifes- ^
te para determinar la ineficacia estructural de un tación de voluntad expresa de las partes, en
convenio arbitral. donde éstas se obligan a someter a arbitraje la
1. Gamboa Serrano, Rafael H. "El Proceso Arbitral en Colombia". Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 1992, p. 35. CN
cr>
2. Martín Brañas, Carlos. «La anulación del Laudo Arbitral por infracción de las normas que rigen el nombramiento
de los árbitros y la actuación arbitral». En A nuario de Justicia A lternativa: Derecho Arbitra\, n.° 4, Barcelona: Bosch, 1
2003, p. 149. 2
3. Vidal Ramírez, Fernando. "Manual de Derecho Arbitral". Lima: Gaceta Jurídica, 2003, p. 53. §
Q
4. Caivano, Roque J. Arbitraje. Segunda edición. Buenos Aires: Ad-Hoc S.R.L., 2000, pp. 109-112.
L a r e p r e s e n t a c i ó n d e l a p e r s o n a j u r í d i c a e n e l a r b i t r a j e p e r u a n o 1 0 9