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a  la tutela jurisdiccional efectiva; y para  poder   sicos y lo demás es delegado a la habilidad de
           disponer de derechos sustantivos, según el artí­  negociación del  gerente. Así, se presume ra­   <
           culo 75 del Código Procesal Civil, se requiere del   zonablemente que si existe una autorización   u
           otorgamiento de facultades especiales.       para  celebrar  un  acto  determinado,  se  está     LU
                                                                                                             Q_
                                                        facultando  al  gerente  general  para  negociar     L/V
                                                                                                             LU
           Por el contrario, Bullard considera que celebrar   y pactar términos y condiciones accesorios o
                                                                                                       LITIGIOS
                                                                                                     PROCESALES
           convenios arbitrales sí es un acto ordinario de   vinculados que, por su menor importancia, no   Y ARBITRALES
           administración compatible con el objeto social   tenían que estar contenidos en la autorización
           de  cualquier  sociedad  comercial.  Para  dicho   dada  para celebrar el contrato. Ello se deriva
           autor, si estamos frente aun acto ordinario (por   de la facultad del gerente general de negociar
           ejemplo, la venta de bienes  producidos por la   y pactar términos contractuales beneficiosos
           sociedad regularmente) no es necesario que el   para  la  sociedad  y  que  estén  orientados  a
           estatuto autorice  la  celebración  de convenios   perfeccionar o ejecutar el contrato.
           arbitrales, ya que el convenio arbitral es parte
           de los pactos comunes y corrientes que suelen   2 .1.1.2.  ¿ C elebrar un c o n v e n io  a rb itra l e sta b a
           incluirse en todos los contratos.19              d e n tro  de las fa c u lta d e s  g en erale s
                                                            y  especiales p re v is ta s  en e l C ódigo
           Asimismo, el citado autor20 señala que cuando el   P ro cesa l C ivil?
           referido artículo 188 señala que se presume las
           facultades ahí establecidas, se estaría protegien­  Conforme al  inciso 2 del artículo  188 de la Ley
           do la buena fe y la confianza de quienes contra­  General  de  Sociedades, el  representante  está
           tan con  la  sociedad,  invirtiendo  la  carga  de  la   facultado  para  representar a  la  sociedad  con
           prueba, de manera que la sociedad sería quien   las facultades generales y especiales previstas
           debería demostrar que se carecía de facultades   en el Código Procesal Civil, es decir, se refiere a
           y no será el tercero el que tenga que demostrar   facultades de representación procesal.
           que el gerente sí tenía dichas facultades.
                                                         Dentro de tal orden de ideas, debemos remitirnos
           Dentro de tal orden de ideas, según esta posición,   a lo que estipulan los artículos 74 y 75 del Código   ^
                                                                                                         LU
           ante la duda sobre si el gerente general goza de   Procesal Civil, normas que establecen lo siguiente:
           la confianza de los accionistas para celebrar un                                              z
                                                                                                         o
           convenio arbitral, se opta por proteger al tercero   "Artículo 74. - La representación judicial confiere
           que razonablemente consideró que tal acto estaba   al representante las atribuciones y potestades
           comprendido dentro del espectro de las faculta­  generales que corresponden al representado,
           des del gerente general incluidas en el inciso 1 del   salvo aquellas para las que la ley exige facul­
           artículo  188, es decir, celebrar actos y contratos   tades expresas. La representación se entiende
           ordinarios relacionados con el objeto social.    otorgada para todo el proceso, incluso para la
                                                            ejecución de la sentencia y el cobro de costas
           Por otro lado, el referido profesor señala que si   y costos, legitimando al representante para
           estamos frente a una autorización de la Junta    su intervención en el proceso y realización de   üj
           General  de  Accionistas o del  Directorio  para   todos los actos del mismo, salvo aquellos que
           celebrar  un  acto  de  disposición  que  no  se   requieran la intervención personal y directa del
           encuentra dentro de las facultades originarias   representado. (El subrayado es nuestro).
           del  gerente,  no  es  común  que  dicha  autori­
           zación  incluya  todo  el  detalle  del  contrato.   Artículo 75.- Se requiere el otorgamiento de
                                                                                                         CN
           Usualmente se señalan algunos aspectos bá­       facultades especiales para realizar todos los  CO
                                                                                                         §
                                                                                                         S
           19.  Bullard González, Alfredo. Op. cit. p. 15.                                               §
                                                                                                         Q
           20.  Idem, pp. 11  y 12.



                   L a    r e  p  r e  s  e  n  t a  c  i ó  n     d e    l a    p  e  r s  o  n  a     j u  r í d  i c  a     e n    e l    a  r b  i t r a  j e     p  e  r u  a  n  o
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