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puesta por Roscoe Pound7, o más hada nuestros escenario donde aquellas normas jurídicas que
días, la interpretación deVincenzo Ferrari sobre lo disciplinan son las que deben prevalecer, y ^
el proceso como un "juego de guerra" donde no atender necesariamente a reglas morales ^
"la estrategia procesal induce (...) a los actores a o valoraciones éticas. Al respecto, en diversos
Interpretar su papel con la mayor libertad posible ordenamientos jurídicos se observa que es la ley i/>
y aprovechando todas las oportunidades para procesal la que establece qué comportamientos
realizar sus movimientos"8. son considerados negativos, por constituir una yp a r bit sralees
vulneración de las reglas del "juego procesal"11.
Así pues, estas"reglas del juego"determinan qué
movimientos están permitidos al "constituir" la Nuestro ordenamiento procesal sigue este mode
naturaleza del juego, pero también determinan lo, pues para determinar una conducta "incorrec
las sanciones aplicables a quienes vulneren tales ta", basta observar la lista recogida bajo el título
reglas (pensemos, por ejemplo, en el ajedrez o de responsabilidad agravada en los dos primeros
en el béisbol, como explica Pound). párrafos del artículo 96 del Código Procesal Civil.
Allí se regulan con precisión los comportamien
Como sabemos, en el proceso existen reglas tos punibles y sus respectivas sanciones (en
específicas que regulan el modo, tiem po y términos de resarcimiento de daños)12.
contenido de cada acto procesal, así como el
rol que corresponde a cada participante (jueces, Frente a situaciones normativas de este tipo sur
partes, etc.). Pero además, se establecen sancio ge una duda importante: saber si las conductas
nes aplicables cuando tales reglas del proceso procesales catalogadas en la norma como"inco-
son vulneradas o aplicadas inválidamente (por rrectas" han sido definidas en base a fundamen
ejemplo, la nulidad, la anulabilidad, la preclu- tos concretos y suficientes que hacen innecesario,
sión, el resarcimiento de daños)9. o incluso imposible, crear supuestos de hecho 1/1
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adicionales. En otras palabras, se hace necesario cc
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Sin ánimo de excedernos con las metáforas saber si la lista contenida en la norma puede
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lúdicas, es claro que esta interpretación del considerarse taxativa o si solo es enunciativa de cc
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proceso y sus reglas es perfectamente válida. un principio general del ordenamiento. X U J
No obstante, debe tenerse en cuenta dos con 1/1
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secuencias relevantes. Si se tratase de una lista taxativa, el "abuso o
del proceso" regulado en la norma sería solo E-
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La primera de ellas consiste -citando a Golds- un juego de palabras, ya que no sería posi
chm idt10- en que el proceso constituye un ble incluir supuestos adicionales de abuso.
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7. Cfr. Pound, The Spirit o fth e Com m on Law, Francestown, NH, rep.1947, p.125. Sobre esta concepción v. Taruffo, II O
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processo civile "adversary" nell'esperlenza am ericana, Padova 1979, p.12,18,123 ss. o.
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8. Cfr. Ferrari, Etica del processo: p ro fili generali, en Etica del processo e doveri delle partí, Bologna 2015, p.23. X
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9. Al respecto, véase M enchini, P rincipio d i preclusione e autoresponsabilitá processuale, en Etica del processo. cc
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p.116 ss. cc
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10. Cfr. Goldschmidt, D er Prozess ais Rechtslage: eine Kritik der prozessualen Denkens, Berlín 1925, p.292. Puede ser,
como señala Carratta, que la tesis de Goldschmidt permanezca minoritaria en la doctrina alemana (cfr. Carratta,
Dovere d i veritá e com pletezza nel processo civile, en Etica del processo, p.154 s.) pero no se puede negar que esta CN
revele una perspectiva notablemente realista y, como tal, digna de ser tomada en consideración. n
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11. Para algunos ejemplos v. Taruffo, L'abuso del processo: p ro fili generali, en L'abuso del processo, cit., p.25 ss.
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12. Al respecto, cfr. en particular Cordopatri, L'abuso del processo nel d iritto positivo italiano, en L'abuso del processo, 2
cit., p.59 ss.. Para mayores referencias en doctrina y jurisprudencia v. Carpi-Taruffo, C om m entario breve a l códice di §
procedura civile, VIII ed., Padova 2015, p.309 ss.. En referencia a más comentarios sobre el actual tercer párrafo del Q
artículo 96, que parece estar inspirado en una lógica completamente diferente.
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