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q)  La  LA  obliga  a  que  los árbitros,  a  la  hora   sibilidad de la localidad escogida para
                      de  decidir,  atiendan  a  las  circunstancias   desarrollar arbitraje, las infraestructuras
                      del  caso y a  la conveniencia de las partes.    y las condiciones técnicas del lugar elegi­
                      Estos términos son vagos y, por tanto, sus­      do para desarrollar el procedimiento, así
                      ceptibles de múltiples interpretaciones. La      como los servicios que ofrece a las partes
                      conveniencia  de las  partes, si  no  se exige   y a los propios árbitros".
                      la  audiencia  previa  de  las  mismas,  habrá
                      de valorarla  el  propio tribunal  arbitral, en   •  "Comprobar que la ubicación del arbitraje
                      principio,  sin  conocer  lo  que  las  partes   en un determinado lugar no entrañara
                      consideran a tal efecto pero nada  impedi­       excesivos  costes  (...)  así como que la
                      ría que las partes, a pesar de no exigirse su    normativa local no plantée problemas
                      audiencia  previa,  pudieran, motu  proprio,     para la transferencia de fondos".
                      presentar  sus  sugerencias  o  expresar  en
                      qué consiste su conveniencia.                •   "La independencia del arbitraje con res­
                                                                       pecto al poder judicial y este en relación
            Lima      Respecto a las circunstancias del caso que       al resto de poderes de un determinado
            U niversidad  de   dente que pueden  ser muy variadas  pero   regula la entrada y permanencia de los
                                                                       Estado, el grado de libertad con que se
                      pueden o deben considerarse parece evi­
                      algunas son necesariamente importantes.
                                                                       extranjeros en dicho país, la estabilidad
                                                                       institucional del Estado pactado como
                      Sin  ánimo  de  ser  exhaustivo  destacaría
                     todas las relacionadas con la eficiencia del
                                                                       dad de que se produzcan actos de terro­
                      procedimiento,  es  decir,  quiénes  son  las    lugar de arbitraje, así como la probabili­
            por alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                      partes, sus medios económicos, la cercanía       rismo o de levantamiento en el mismo".
                      de los potenciales declarantes y del objeto
                      de la controversia, el idioma, la ley aplicable   A la hora de aplicar los criterios mencionados a
                      o la facilidad de ejecución del potencial lau­  España  no hay la menor duda de que nuestro
                      do condenatorio. Palao Moreno  hace una   país alcanza  una valoración  muy  positiva  que
                      amplia referencia a los factores que deben   lo convierte en  un  lugar idóneo  para  ser sede
                      ser considerados y que  podemos  resumir   de arbitrajes nacionales e internacionales33. Sin
                      de esta manera32:                        duda Perú es un país que debería promocionar-
                                                               se  para  sede de arbitrajes  internacionales,  es­
                      •   "El lugar en donde residan las partes o se   pecialmente entre empresas latinoamericanas.
                         encuentran establecidas (...)y su proxi­
                         midad al lugar del arbitraje (...) así como   III.  EL APARATADO 2 DEL ARTÍCULO 26 DE
                         el lugar de situación de la institución   LA LEY ESPOÑOLA DE ARBITRAJE
                         arbitral escogida o incluso donde están
                         residiendo los árbitros elegidos".    1.   La práctica de actividades probatorias.
            Revista  editada   •   "Comprobar si el lugar elegido reúne las   a)   Muy diferente a  la  elección  del  lugar del


                         condiciones ambientales y materiales
                                                                   arbitraje  es  la  determinación  de  dónde
                                                                   pueden reunirse los árbitros para practicar
                         adecuadas,  como para desarrollar de
                         manera óptima el arbitraje (...) se toma­
                                                                   conviene decir que se trata de una práctica
                         ría en cuenta, entre otros datos: la acce­  actividades  probatorias.  En  primer  lugar
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            A D V O C A T U S    32.  PALAO MORENO, Guillermo, Op. Cit. pp. 1196-1198. Parecidas consideraciones hace REDFERN, Alan y otros, Op. Cit.

                      pp. 394-403.
                 33.  CAÍNZOS  FERNÁNDEZ, José Antonio "¿Por qué  España?  Razones para  elegir a  España como  sede de arbitrajes
                     internacionales". Revista Peruana de Arbitraje 2/2006. pp. 377-432.




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