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Se debe considerar que cuando en el test nos a la figura de la delegación otorgada por el Po- ^
encontremos en el primer paso (a) no habrá der Legislativo al Ejecutivo. Es indudable, pues, 2
deferencia judicial alguna y, los tribunales y la que los conceptos que se manejan son distintos, &
Administración deben ejecutar la ley. Mientras que pues la Corte Suprema Norteamericana utilizó, v-»
de pasarse al segundo paso del test (b), habrá apli como uno de los argumentos de su sentencia O
cación efectiva de la deferencia judicial, debiendo final, a la teoría de la delegación de poderes,
considerarse que si entramos en el lineamiento determinando que cuando el Congreso pro
b (1) habrá deferencia completa. Muy distinto es mulga una ley ambigua, delegó en la agencia la
lo que ocurre en el lineamiento b (2), en que se autoridad de clarificar dicha ambigüedad, y ello
aplicará una deferencia más débil, ya que se debe porque al momento de aprobar la ley se habría
incorporar el estándar de la razonabilidad. querido esto, o sea, efectuar una delegación.
Precisado lo anterior, no quiero dejar de men Además, que para nuestro sistema constitucio
cionar que la Chevron deference, sin embargo, nal, aquellos que están limitados por el Derecho
deja ciertas dudas respecto de la definición de (en este caso las agencias norteamericanas por
los conceptos jurídicos indeterminados (como la la legislación de su país) no deberían poder
stationary source of pollution) que se maneja en decidir sobre el sentido de tal limitación, por lo
el sistema anglosajón, y que para nuestro Dere que la doctrina de la Chevron deference rompería
cho ostenta una naturaleza jurídica muy distinta con ese principio básico.
AUTOR NACIONAL
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ADVOCATUS
A fir s t re f e r e n c e a b o u t C h e v r o n d e f e r e n c e :La doctrina central del Derecho Administrativo Norteamericano 281