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En ese sentido, el Tribunal Constitucional ha c) Intersección normativa: la prelación jerár
señalado en el Caso Colegio de Abogados del quica aparece cuando la legítima capaci
Cusco (Expediente N° 00004-2004-AI/TC) que: dad regulatoria de una norma contraría
al mandato u ordenación de contenidos
"La validez en materia de justicia constitucio de otra norma. En efecto, para que una
nal, en cambio, es una categoría relacionada norma categorialmente superior cumpla
c o n e l p r i n c i p i o d e j e r a r q u í a n o r m a t i v a , su función, es vital que no pueda ser
conforme al cual la norma inferior (v.g. una desvirtuada por aquella cuya producción
norma con rango de ley) será válida solo en regula.
la medida en que sea compatible formal y
materialmente con la norma superior (v.g. En resumen, el principio de jerarquía implica la
la Constitución). Constatada la invalidez de determinación por una norma de la validez de
la ley, por su incompatibilidad con la Carta otra, de allí que la categorización o escalona-
Fundamental, corresponderá declarar su miento jerárquico se presente como el único
inconstitucionalidad, cesando sus efectos a modo posible de organizar eficazmente el poder
de Lima partir del día siguiente al de la publicación normativo del Estado.
de la sentencia de este Tribunal que así lo
El principio de jerarquía opera en los ámbitos
declarase (artículo 204 de la Constitución),
Universidad quedando impedida su aplicación a los he de la creación de las normas; la abrogación o
derogación de las normas y la aplicación de las
chos iniciados mientras tuvo efecto, siempre
normas.
que estos no hubiesen concluido, y, en su
caso, podrá permitirse la revisión de procesos
de Derecho de la fenecidos en los que fue aplicada la norma, Como bien señala Francisco Fernández Segado,
la pirámide jurídica"implica la existencia de una
si es que esta versaba sobre materia penal o
diversidad de normas entre las que se establece
tributaria (artículos 36y 40 de la Ley N°26435
una jerarquización, de conformidad con la cual
-Orgánica del Tribunal Constitucional)".
oponerse a otra de superior rango. Ello, a su vez,
De lo expuesto se colige que el principio de una norma situada en un rango inferior no puede
Revista editada por alumnos de la Facultad
jerarquía es el único instrumento que permite implica que el ordenamiento adopte una estruc
garantizar la validez de las normas jurídicas tura jerarquizada, en cuya cúspide obviamente se
categorialmente inferiores. Ergo, la invalidez es sitúa la Constitución"6.
la consecuencia necesaria de la infracción de
tal principio. Ello denota la existencia de una clara correlación
entre la fuente de la que emana una norma,
Los requisitos para que una norma pueda la forma que esta ha de adoptar y su fuerza
condicionar la validez de otra, imponiéndose jurídica.
jerárquicamente, son los siguientes:
El precepto que regula la producción normativa
a) Relación ordinamental: la prelación jerár de un Estado es una norma superior; mientras
quica aparece entre normas vigentes en un que la producida conforme a esa regulación es
mismo ordenamiento jurídico. la norma inferior.
b) Conexión material: la prelación jerárquica En toda estructura jerárquica existen tres tipos
aparece cuando existe un enlace de contenido, de normas, a saber: las normas productoras,
ADVOCATUS 1 3 1 6. superior y otra categorialmente inferior. productoras.
las normas ejecutoras y las normas ejecutoras-
objeto o ámbito de actuación entre una norma
FERNANDEZ SEGADO, Francisco. El sistema constitucional español. Madrid: Dykinson, 1992.
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