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En  ese  sentido,  el Tribunal  Constitucional  ha   c)   Intersección normativa: la prelación jerár­
                 señalado en el Caso Colegio de Abogados del      quica aparece cuando la legítima capaci­
                 Cusco (Expediente N° 00004-2004-AI/TC) que:      dad  regulatoria  de  una  norma  contraría
                                                                  al  mandato u ordenación de contenidos
                     "La validez en materia de justicia constitucio­  de  otra  norma.  En  efecto,  para  que  una
                     nal, en cambio, es una categoría relacionada   norma categorialmente superior cumpla
                     c o n   e l  p r i n c i p i o   d e  j e r a r q u í a   n o r m a t i v a ,    su  función,  es  vital  que  no  pueda  ser
                     conforme al cual la norma inferior (v.g. una   desvirtuada por aquella cuya producción
                     norma con rango de ley) será válida solo en   regula.
                     la medida en que sea compatible formal y
                     materialmente con la norma superior (v.g.   En resumen, el principio de jerarquía implica la
                     la Constitución). Constatada la invalidez de   determinación por una norma de la validez de
                     la ley, por su incompatibilidad con la Carta   otra,  de allí que  la  categorización  o escalona-
                     Fundamental,  corresponderá declarar su   miento jerárquico  se  presente  como el  único
                     inconstitucionalidad, cesando sus efectos a   modo posible de organizar eficazmente el poder
           de  Lima  partir del día siguiente al de la publicación   normativo del Estado.
                     de la sentencia de este Tribunal que así lo
                                                               El  principio de jerarquía opera en  los ámbitos
                     declarase (artículo 204 de la Constitución),
           Universidad   quedando impedida su aplicación a los he­  de  la creación  de  las  normas;  la abrogación  o
                                                               derogación de las normas y la aplicación de las
                     chos iniciados mientras tuvo efecto, siempre
                                                               normas.
                     que estos no hubiesen concluido, y,  en su
                     caso, podrá permitirse la revisión de procesos
           de  Derecho  de  la   fenecidos en los que fue aplicada la norma,   Como bien señala Francisco Fernández Segado,
                                                               la pirámide jurídica"implica la existencia de una
                     si es que esta versaba sobre materia penal o
                                                               diversidad de normas entre las que se establece
                     tributaria (artículos 36y 40 de la Ley N°26435
                                                               una jerarquización, de conformidad con la cual
                     -Orgánica del Tribunal Constitucional)".
                                                               oponerse a otra de superior rango. Ello, a su vez,
                 De  lo  expuesto  se colige  que  el  principio  de   una norma situada en un rango inferior no puede
           Revista  editada  por  alumnos  de  la  Facultad
                 jerarquía es el único instrumento que permite   implica que el ordenamiento adopte una estruc­
                 garantizar  la  validez  de  las  normas jurídicas   tura jerarquizada, en cuya cúspide obviamente se
                 categorialmente inferiores. Ergo, la invalidez es   sitúa la Constitución"6.
                 la  consecuencia  necesaria  de  la  infracción  de
                 tal principio.                                Ello denota la existencia de una clara correlación
                                                               entre  la  fuente  de  la  que emana  una  norma,
                 Los  requisitos  para  que  una  norma  pueda   la  forma  que  esta  ha  de  adoptar y  su  fuerza
                 condicionar  la  validez de otra,  imponiéndose   jurídica.
                 jerárquicamente, son los siguientes:
                                                               El precepto que regula la producción normativa
                 a)   Relación  ordinamental:  la  prelación jerár­  de un Estado es una norma superior; mientras
                     quica aparece entre normas vigentes en un   que la producida conforme a esa regulación es
                     mismo ordenamiento jurídico.              la norma inferior.

                 b)  Conexión  material:  la  prelación jerárquica   En toda estructura jerárquica existen tres tipos
                     aparece cuando existe un enlace de contenido,   de  normas,  a  saber:  las  normas  productoras,
           ADVOCATUS  1 3 1    6.   superior y otra categorialmente inferior.  productoras.
                                                               las normas ejecutoras y las normas ejecutoras-
                     objeto o ámbito de actuación entre una norma




                     FERNANDEZ SEGADO, Francisco. El sistema constitucional español. Madrid: Dykinson, 1992.




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