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No  obstante  ello,  y  como  consecuencia  del   creadora  de  la  inteligencia  hum ana  están
           crecimiento  de  tráfico  comercial  de  Internet,   interconectados  -y  a  veces  superpuestos-.
           y  la  ampliación  de  los  nombres  de  dominio   Una  creación  puede  ser  una  obra  artística y,
           g e n é r i c o s   d e   n i v e l   s u p e r i o r   ( e n   a d e l a n t e ,    al  mismo tiempo, cumplir una función  orna­
           "GTLD"44),  año  tras  año  se  ve  un  incremento   mental  en  un  objeto  utilitario,  por  ejemplo,
           en  el  número  de  dominios  arbitrados  por  la   una escultura que se utilizara como base para
                                                                                                       MARCAS
           O M PI45.  Sin  embargo,  la  tendencia  respecto   una  lámpara o  bien  una obra de dibujo  para   PATENTES
                                                                                                      DERECHO
                                                                                                      DE AUTOR
           de los casos es decreciente. Esto significa que   estampar una tela o una pintura para decorar
           vem os  una  concentraceión  de  titulares  de   una vajilla.
           marcas  afectadas, y agrupación  de  dominios
           conflictivos  bajo  un  mismo  proceso  arbitral.   A  su  vez,  los diseños  de objetos destinados  a
           Los conflictos entre  pares respecto de un  vo­  ser fabricados por un procedimiento industrial
           cablo en  cuestión  representan  un  porcentaje   o artesanal, y con fines  meramente  utilitarios,
           muy bajo en la actualidad, donde el desvío de   como enseres domésticos, decoración, orfebre­
                                                                                                         u-i
           clientela en el comercio electrónico se traduce   ría, joyas,  bisutería,  vestimenta, etc. si  pueden
           como una constante.                           ser considerados obras46, pueden ser protegidos   <
                                                                                                         Z
                                                         por el derecho de autor.                        O
           3.6. Otros derechos de propiedad                                                              U
                                                                                                         <
               intelectual.                             Aunque el  de  estas  obras  no  es  el  único,  son   cc
                                                                                                         LU
                                                         relativamente pocos los ejemplos de situaciones   I—
                                                                                                         Z
           Como vimos, el  artículo 2 del  Convenio de la   semejantes,  pudiendo  mencionarse,  entre  los
                                                                                                         u">
           OM PI precisa en forma abierta las disciplinas   más conocidos, a las frases publicitarias (como   U J
                                                                                                         cc
           com prendidas  en  la  propiedad intelectual,  al   se las llama en la Argentina) o lemas comercia­  O
                                                                                                         I—
           concluir la enumeración con  la frase "y todos   les (como los denomina la Decisión andina 486   3 <
           los  dem ás  derechos  relativos  a  la  activid ad    sobre  Propiedad  Industrial)  y,  en  general  las
           intelectual (...)".D e modo que, además de los   obras publicitarias, que pueden ser registradas
           enumerados  a  lo  largo  del  presente  trabajo   como marcas -o signos distintivos- sin perjuicio
           se pueden mencionar también, y entre otros,   de la  protección  que  les brinda  el  derecho  de
           las invenciones biotecnológicas, las fijaciones   autor cuando tienen originalidad suficiente, y a
           fotográficas  y  audiovisuales  no  creativas,  la   los programas de ordenador, que si  bien están
           presentación  tipográfica  de  una  edición,  la   protegidos  por  el  derecho  de  autor  pueden
           protección “sui generis" de las bases de datos.  ser objeto de una  patente cuando  la  solución
                                                        técnica  que  contienen  reúne los requisitos de   _i
           IV.  INTERCONEXIONES ENTRE EL DERECHO         novedad  (que sea  nueva), altura  inventiva  (que   <
                                                                                                         3
               DE AUTOR Y LOS DERECHOS DE               entrañe una  actividad  inventiva) y aplicación  in­  h—
                                                                                                         U
               PROPIEDAD INDUSTRIAL                     dustrial (utilidad).                             LU
                                                                                                         LU
                                                                                                         t-
           Las  diversas  materias  com prendidas  en  los   Es por ello que algunas leyes como la española
                                                                                                         C¡
           derechos de propiedad intelectual conforman   de derecho de autor (que en ese país tradicio­  <
                                                                                                         Q
           áreas que no siempre están  netam ente sepa­  nalmente se denomina "de propiedad  intelec­
                                                                                                         C L
           radas. Los elementos comunes a  la  actividad  tual") desde la reforma de 1987 establece en el  o
                                                                                                         cc
                                                                                                         Q.

           44.  GTLD por su sigla en inglés, son los nombres de dominio genéricos de nivel superior, entre los que se encuentran   co
               por ejemplo, los ya conocidos .com, .net, .org.
                                                                                                        §
           45.  Vid. Disponible en: <http://www.wipo.int/pressroom/es/articles/2Q14/article  Q003.html>
                                                                                                        2
           46.  Para el derecho de autor, obra es la expresión personal de la inteligencia que desarrolla un pensamiento que se
               manifiesta bajo una forma perceptible, tiene originalidad o individualidad suficiente, y es apta para ser difundida   §
               y reproducida.                                                                           Q




                                       A  s p  e  c t o  s    q u e    c o  m  p  o  n  e n     l a    P r o  p  i e d  a d     I n  t e  l e  c t u  a l    299
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