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rentes al producto que se relacionan con su origen Las aseveraciones falsas en el comercio con
en determinado país, región o lugar específico, y aptitud para desacreditar el establecimien
en la necesidad de defender a los productores de to, los productos o la actividad industrial o
esas áreas geográficas contra la competencia des comercial de un competidor;
leal, y solo pueden ser utilizadas por determinado
círculo de personas físicas o jurídicas establecidas Las indicaciones o aseveraciones cuyo
en la respectiva zona geográfica. empleo en el ejercicio del comercio puedan
inducir al público en error sobre la naturaleza,
A diferencia de las indicaciones de procedencia, el modo de fabricación, las características,
las denominaciones de origen generalmente se la aptitud en el empleo o la cantidad de los
inscriben en un registro especial y su protección productos propios."
queda sujeta al cumplimiento de estrictas nor
mas de calidad controlada por las autoridades 3.4.2. P rotecció n de los secretos in d u s tria le s
designadas para tal fin. y com erciales.
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
3.4. La p ro te cc ió n c o n tra la co m p e te n cia En el artículo 39 del Acuerdo sobre los ADPIC se
d eslea l - y de los secretos in d u s tria le s y establecen disposiciones sobre la protección de
com erciale s co m o p a rte de la rep re sió n de la información no divulgada: al garantizar una
la c o m p e te n c ia desleal. protección eficaz contra la competencia desleal,
de conformidad con lo establecido en el artículo
Estos regímenes no tienen por objeto un aporte 10 bis del Convenio de París:
intelectual (invención, modelo de utilidad, di
seño, etc.) sino que están destinados a lograr la "(...) los Estados miembros del AADPIC debe
abstención de prácticas deshonestas en materia rán otorgar a las personas físicas y jurídicas
industrial y comercial. la posibilidad de impedir que la información
que esté legítim am ente bajo su control se
Como se dijo, no necesariamente son propios divulgue a terceros o sea adquirida o utilizada
del derecho de propiedad industrial o del de por terceros sin su consentimiento de manera
recho de autor. Pueden analizarse como com contraria a los usos comerciales honestos, en
plementarios de ambos sistemas jurídicos en la la medida en que dicha información:
medida en que no los desnaturalice otorgando
protección en supuestos en los que la normativa a) sea secreta en el sentido que no sea ge
específica ha procurado mantener una despro neralmente conocida ni fácilmente accesible
tección en beneficio del interés general. para personas introducidas en los círculos en
que normalmente se utiliza el tipo de infor
3.4.1. Protección contra la com petencia desleal. mación en cuestión;y
Está destinada a prevenir los actos con b) tenga un valor comercial por ser secreta; y
trarios a los usos honestos en materia
industrial o comercial. c) haya sido objeto de medidas razonables,
en las circunstancias, para mantenerla secre
El Convenio de París, en el artículo 10 bis, in ta, tomadas por la persona que legítimamen
cluye una lista ejemplifkativa de actos de com te la controla."
petencia desleal al disponer que, en particular, 3.4. El derecho sobre los descubrimientos
A D VO C A TUS 134 respecto del establecimiento, los productos Los descubrimientos científicos son el objeto
deben prohibirse:
científicos.
" 7. Los actos con aptitud para crear confusión
o la actividad industrial o comercial de un
ces mencionados con su expresión en francés:
competidor; de los derechos de los científicos (muchas ve
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