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En este artículo, se discutirá brevemente la cuali-   desconexión de elementos conocidos; e) los   s
           ficación y la experiencia de esta figura hipotética   cambios climáticos; f) los cambios del orden   o   :
                                                                                                             UJ  ,
           mencionada  en  la  ley  brasileña  de  propiedad   de las operaciones; g) el transporte de una
                                                                                                             = 3
           Industrial  y,  a  continuación,  la  posibilidad  de   in d u s tr ia   a   o tr a ;  h )  e l  n u e v o   e m p le o   d e   u n    o
           que este individuo en cuestión sea incorporado   elemento conocido; i) la sustitución  de  un     cc
                                                                                                             o.  :
           por un grupo de especialistas.                   elemento por otro equivalente.             MARCAS
                                                                                                      PATENTES
                                                                                                      DERECHO
           II.  LA ACTIVIDAD INVENTIVA                      En esos casos,  por norm a general,  no hay   DE AUTOR
                                                            invención,  por lo  que  no se puede  verse
           La actividad inventiva solo fue positivada en el   en  esas  innovaciones  ninguna  creación,
           Ordenamiento Jurídico brasileño en la actual ley   ninguna  originalidad  de concepción,  ni
           de  la  Propiedad  Industrial  en  el  año  1996. Sin   una m anifestación de un espíritu inventivo,
           embargo, la aplicación del requisito fue incorpo­  solo simples soluciones practicas, que se le
           rada al Derecho Brasileño por la doctrina y por   ocurren a cualquier persona experta en un
           los tribunales brasileños desde hace mucho más   oficio y son  naturalm ente indicadas por
           tiempo. Efectivamente, autores como Pontes de    las necesidades corrientes o rutinarias, sin   <
                                                                                                         2
           Miranda  y Gama  Cerqueira  ya  entendían  que   nada para presentar, pues, si esas innova­   O
                                                                                                         U
           los requisitos de la  novedad y de  la aplicación   ciones se caracterizan, no solo, por un resul­  <
           industrial,  muchas  veces  no  eran  suficientes   tado nuevo o diferente, sino por un efecto   z
                                                                                                         cc
                                                                                                         LU
           para  determinar si  una  creación  industrial  era   técnico peculiar,  por una  acción  técnica   h~
           merecedora del  beneficio del  monopolio con­    especial,  el caso  cam bia y la  innovación
                                                                                                         LO
           cedido por el Estado.                            podrá  constituir una  invención.  No  hay,   LU
                                                                                                         CC
                                                            pues, reglas absolutas para determinas la    o
                                                                                                         t-
           Gama  Cerqueira2,  de  hecho,  distinguía  inven­  existencia de invención, debiendo revolver­  <
           ción de construcción. Esta última consistiría en   se dicha cuestión, en cada caso, de acuerdo
           una  invención  menor:  una  creación  industrial   con  las  circunstancias  que  depongan  a
           con  las  características  de  una  invención,  pero   favor de la invención y  de por la aplicación
           con la ausencia de un resultado inesperado, pe­  de  los  criterios positivos y negativos, ya
           culiar para lo que hoy se entiende por invención.   indicados, a los diversos actos técnicos que
           La construcción consistiría en la mera aplicación   resultan de la innovación realizada. Estos
           de  los  conocimientos  técnicos  teóricos  en  la   diversos criterios, si bien convendría,  tien­
           práctica. En este sentido, es a partir de esta dis­  den a distinguí las invenciones de carácter
           tinción  que  Gama  Cerqueira  defiende que  no   meramente constructivo, que no dependen
           todas las creaciones industriales, a pesar de ser   de la actividad creadora del hombre, sino   <
           nuevas y susceptibles de aplicación  industrial,   de simples habilidades técnicas accesibles a   U
                                                                                                         LU
           son pasibles de ser patentadas. De acuerdo con   cualquier persona del oficio, que disponga   _i
                                                                                                         LU
           las palabras del propio autor:                   de conocimientos comunes o mas o menos       t—
                                                            norm ales que la  técnica  corriente pone a
                                                                                                         Q
               "Entre las innovaciones  de carácter cons­   su alcance"3.                                <
                                                                                                         a
               tructivo más comunes, a las que la  técnica                                               LU
                                                                                                         Q_
               recurre  frecuentem ente,  figuran:  a)  las   A  propósito,  la  enseñanza  del  tratadista  es   O
                                                                                                         CC
               modificaciones de forma,  de dimensiones,   compatible con la teoría francesa del quidimpro-   Q-
               dosificación y proporciones; b)  la substi­  visum, publicada  por Rubier en  1952, según  la
               tución  de m ateriales;  c)  la yuxtaposición   cual una creación industrial, para ser patentada,
               o agregación de órganos; d) la conexión o  debería producir un efecto técnico nuevo, ines-  co
                                                                                                         §
                                                                                                         K
                                                                                                         5
           2.   CERQUEIRA, Joáo da Gama.'Tratado da Propriedade Industrial", p. 235-6                    §
                                                                                                         Q
           3.   Idem, pp. 238-9



            L a   figura del Técnico Especialista incorporada por un Grupo de Individuos: Un análisis realizado bajo la perspectiva de la Ley Brasileña.   3Q7
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