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En este artículo, se discutirá brevemente la cuali- desconexión de elementos conocidos; e) los s
ficación y la experiencia de esta figura hipotética cambios climáticos; f) los cambios del orden o :
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mencionada en la ley brasileña de propiedad de las operaciones; g) el transporte de una
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Industrial y, a continuación, la posibilidad de in d u s tr ia a o tr a ; h ) e l n u e v o e m p le o d e u n o
que este individuo en cuestión sea incorporado elemento conocido; i) la sustitución de un cc
o. :
por un grupo de especialistas. elemento por otro equivalente. MARCAS
PATENTES
DERECHO
II. LA ACTIVIDAD INVENTIVA En esos casos, por norm a general, no hay DE AUTOR
invención, por lo que no se puede verse
La actividad inventiva solo fue positivada en el en esas innovaciones ninguna creación,
Ordenamiento Jurídico brasileño en la actual ley ninguna originalidad de concepción, ni
de la Propiedad Industrial en el año 1996. Sin una m anifestación de un espíritu inventivo,
embargo, la aplicación del requisito fue incorpo solo simples soluciones practicas, que se le
rada al Derecho Brasileño por la doctrina y por ocurren a cualquier persona experta en un
los tribunales brasileños desde hace mucho más oficio y son naturalm ente indicadas por
tiempo. Efectivamente, autores como Pontes de las necesidades corrientes o rutinarias, sin <
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Miranda y Gama Cerqueira ya entendían que nada para presentar, pues, si esas innova O
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los requisitos de la novedad y de la aplicación ciones se caracterizan, no solo, por un resul <
industrial, muchas veces no eran suficientes tado nuevo o diferente, sino por un efecto z
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para determinar si una creación industrial era técnico peculiar, por una acción técnica h~
merecedora del beneficio del monopolio con especial, el caso cam bia y la innovación
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cedido por el Estado. podrá constituir una invención. No hay, LU
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pues, reglas absolutas para determinas la o
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Gama Cerqueira2, de hecho, distinguía inven existencia de invención, debiendo revolver <
ción de construcción. Esta última consistiría en se dicha cuestión, en cada caso, de acuerdo
una invención menor: una creación industrial con las circunstancias que depongan a
con las características de una invención, pero favor de la invención y de por la aplicación
con la ausencia de un resultado inesperado, pe de los criterios positivos y negativos, ya
culiar para lo que hoy se entiende por invención. indicados, a los diversos actos técnicos que
La construcción consistiría en la mera aplicación resultan de la innovación realizada. Estos
de los conocimientos técnicos teóricos en la diversos criterios, si bien convendría, tien
práctica. En este sentido, es a partir de esta dis den a distinguí las invenciones de carácter
tinción que Gama Cerqueira defiende que no meramente constructivo, que no dependen
todas las creaciones industriales, a pesar de ser de la actividad creadora del hombre, sino <
nuevas y susceptibles de aplicación industrial, de simples habilidades técnicas accesibles a U
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son pasibles de ser patentadas. De acuerdo con cualquier persona del oficio, que disponga _i
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las palabras del propio autor: de conocimientos comunes o mas o menos t—
norm ales que la técnica corriente pone a
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"Entre las innovaciones de carácter cons su alcance"3. <
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tructivo más comunes, a las que la técnica LU
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recurre frecuentem ente, figuran: a) las A propósito, la enseñanza del tratadista es O
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modificaciones de forma, de dimensiones, compatible con la teoría francesa del quidimpro- Q-
dosificación y proporciones; b) la substi visum, publicada por Rubier en 1952, según la
tución de m ateriales; c) la yuxtaposición cual una creación industrial, para ser patentada,
o agregación de órganos; d) la conexión o debería producir un efecto técnico nuevo, ines- co
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2. CERQUEIRA, Joáo da Gama.'Tratado da Propriedade Industrial", p. 235-6 §
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3. Idem, pp. 238-9
L a figura del Técnico Especialista incorporada por un Grupo de Individuos: Un análisis realizado bajo la perspectiva de la Ley Brasileña. 3Q7