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           de la actividad inventiva de una invención debe   dido, que fue concedido bajo el  número 798.
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           llevar en  consideración  aspectos fácticos y  le­  La  principal  distinción  de  la  nueva  patente   o :
                                                                                                             w   j
           gales. Gustavo  Barbosa7, en divergencia con la   en  rela^áo a  la  anterior se  refería  al  punto de
                                                                                                             o-  í
           doctrina y la jurisprudencia de los EUA, entiende   desgaste de una de  las piezas del arado, cuya
                                                                                                             o   j
           que, para fines de comparación de la actividad   sustitución sería más fácil9.                    c c  ;;
                                                                                                             o. z
           inventiva,  se  debe  analizar  la  forma  como  la
                                                                                                       MARCAS
           creación industrial fue alcanzada, pero, no, por   Dos Cortes inferiores concluyeron que la paten­  PATENTES
                                                                                                      DERECHO
           el objeto del pedido de patente en sí.       te 798 era  inválida. Cuando el caso alcanzó  el   DE AUTOR
                                                        tribunal Supremo, este entendió que las decisio­
           Para Denis Barbosa8, en el examen del requisito   nes anteriores estaban correctas, en la medida
           en tela, se deben llevar en consideración cuatro   en que la referida invención era obvia, con base
           factores, que son  a)  el  contenido y alcance  de   en dos anterioridades. La primera era la propia
           las anterioridades; b) las diferencias entre tales   patente'811  y la segunda, un producto que no
           anterioridades y el nuevo invento; c) el nivel de   había sido objeto de patente y era comerciali­
                                                                                                         un
           complejidad  del  campo de la técnica  a  la  que   zado por Glencoe Manufactoring Company10.  U J
           pertenece la invención; d) la presencia de ciertos                                            <
                                                                                                         Z
           índices secundarios, que son:  i) el tiempo trans­  La gran contribución de este juicio fue estable­  O
           currido desde la anterioridad en cuestión; ii) el   cer lo que pasó a ser conocido como los Fatores   u
                                                                                                         <
           efecto inesperado o sorprendente; iii) la econo­  Graham  (Graham  factors),  los  que tienen  por
           mía de tiempo; iv) el resultado perfeccionado; v)   objetivo determinar si  una  invención  es obvia
           ventajas técnicas o económicas considerables.  o no.  Los factores que constituyen  el  test son
                                                                                                         on
                                                         1)  el  escopo  y  el  contenido  del  estado  de  la   UJ
                                                                                                         cc
           Nótese  que  los  índices  m encionados  an te­  técnica; 2)  las diferencias entre el  estado de la   O
                                                                                                         I-
           riorm ente  se  basan  en  los  Grahom   Factors,   técnica y  las  reivindicaciones de  la  patente; 3)   3
                                                                                                         <
           que fueron establecidos por la jurisprudencia   el nivel  de habilidad o conocimiento ordinario
           estadounidense  en  el  caso  conocido  como   en el asunto respecto al tiempo del invento; y 4)
           Graham  v.  John  Deere  Co.  Se  puede  resumir   consideraciones secundarias. Estas últimas son
           la  disputa  de  la  siguiente  manera:  William  T.   1 ) éxito comercial  del invento; 2) existencia de
           Graham había creado un tipo de arado, que por   intentos de copias; 3) existencia de licencias; 4)
           intermedio de abrazaderas, no sufría daños por   existencia de una antigua necesidad y la falta de
           obstáculos en el suelo, especialmente piedras.   una solución que la sustituya; 5) existencia de
           Las abrazaderas estaban fijadas a las varillas del   escepticismo y reconocimiento por el invento; 6)
           arado, posibilitando, de esta manera, que estas   existencia de fallas en intentos previos por parte
                                                                                                         _J
           varillas se moviesen libremente por debajo de   de técnicos en el área; 7) existencia de resulta­  <
                                                                                                         3
           la estructura del arado. Esta solución fue objeto   dos inesperados alcanzados por la solución.  I-
                                                                                                         U
           de un pedido de patente, el cual fue concedido                                                U J
           bajo el número '811. Posteriormente, la inven­  Por otro lado, Gustavo Barbosa11  entiende que
                                                                                                         Z
           ción sufrió algunas modificaciones de mejorías,   el requisito de la actividad inventiva se divide en
                                                                                                         a
           llevando al inventor a depositar un nuevo pe­  tres cuestiones básicas, a saber: a)  la obviedad  <
                                                                                                         Q
                                                                                                         UJ
                                                                                                         CL
                                                                                                         o
                                                                                                         cc
                                                                                                         o.
           7.   BARBOSA, Gustavo José Ferreira. "A Introdugáo no Nosso Ordenamiento Jurídico do Requisito da Atividade Inventiva".
               Pag. 76.
                                                                                                        ■"t
           8.   BARBOSA, Denis Borges. "Urna Introdujo á Propriedade Intelectual", p. 382.              co
                                                                                                        s
           9.   THOMAS, John R. "Questóes atuais em matéria de direito de patentes".p. 102.
           10.  Ibidem, op. cit., loe. cit                                                              S
                                                                                                        §
           11.  BARBOSA, Gustavo José Ferreira. "A introducido no Nosso Ordenamiento Jurídico do Requisito da Atividade Inventiva",
                                                                                                        Q
               p. 77.



            La figura del Técnico Especialista incorporada por un Grupo de Individuos: Un análisis realizado bajo la perspectiva de la Ley Brasileña.   3Q9
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