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y derechos conexos. En términos generales, la   El régimen de competencia en sus cuatro áreas
                 legislación nacional guarda una concordancia   de aplicación encuentra fronteras con la Propie­
                 con  los  tratados y  convenios  internacionales   dad Intelectual. En el área de las conductas de
                 en cuanto a los estándares mínimos de protec­  abuso de  posición  dominante,  un  proceso de
                 ción y principios fundamentales de aplicación   este tipo puede llevara una declaración judicial
                 universal en la materia. Sin perjuicio de lo ante­  de desinversión en activos  de  Propiedad  Inte­
                 rior, las creaciones del intelecto, en un mundo   lectual o la imposición de licencias obligatorias
                 globalizado como el  de hoy en día, requieren   sobre patentes. En el área de carteles o acuerdos
                 de  una  constante  evolución  normativa  para   restrictivos a la competencia, también se puede
                 tomar  en  cuenta  el  desarrollo  intelectual  de   ver que estos pueden tomar la forma de defensa
                 la  humanidad, y  los  mecanismos,  particular­  o  re  potenciamiento  de  patentes  cuyo  plazo
                 mente tecnológicos, por los cuales se difunden   de expiración se acerca. En relación a esta área,
                 y  consecuentem ente  pueden  vulnerar  estos   sonados casos investigados tras  la  indagación
                 mismos derechos.                             al sector farmacéutico en Europa en el año 2008
                                                              llevaron a investigaciones y recientes decisiones
           Revista  editada  por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la  Universidad  de  Lima
                 Por  su  parte,  el  Derecho  de  Competencia  en   de  primera  instancia  de  la  Comisión  Europea.
                 cuanto a  su  relación  con  la  Propiedad  Intelec­  Varias  empresas  farmacéuticas,  titulares  de
                 tual,  debe  buscar  brindar  un  soporte y equi­  patentes, habrían llegado a distintos acuerdos
                 librio,  pues  "com parten  el objetivo común de   con  empresas  fabricantes  de  medicamentos
                 promover las innovaciones y mejorar el bienestar   genéricos,  según  la  Com isión'0,  potenciales
                 de los  consumidores debido a la inclusión  del   competidores, con el efecto real o potencial de
                 progreso  técnico como un proceso esencial de   dilatar  la  entrada  de  competidores  genéricos
                 la com petencia"8.  En  este  sentido,  el  Derecho   a  la  caducidad de la  protección  de la  patente.
                 de Competencia  interviene únicamente en los   También pueden existir acuerdos que tomen la
                 casos en que la Propiedad Intelectual es usada   forma de licencias cruzadas dentro de comple­
                 contraria a su propio espíritu y naturaleza, como   jos esquemas de portafolios de patentes entre
                 un medio para restringir la competencia9. Con­  empresas competidoras, que pueden ser consi­
                 siderando los constantes cambios tecnológicos   derados restrictivos a la competencia si buscan,
                 y  la  importancia  que cada  día  recobran  estas   o tienen el  efecto real o potencial de limitar el
                 nuevas tecnologías en nuestras vidas, la protec­  acceso a un competidor a estas tecnologías. En
                 ción de la Propiedad Intelectual entra en cons­  un caso reciente en Chile, luego de una investi­
                 tante conflicto con el Derecho de Competencia   gación de competencia, se ordenó la venta de
                 cuando la Propiedad Intelectual efectivamente   varias  marcas  de  una  empresa  cervecera,  por
                 restringe la competencia. En este caso se debe   considerar  que  una  serie  de  marcas  habrían
                 buscar un equilibro entre el sistema de retribu­  sido  adquiridas  para  restringir el  acceso  a  un
                 ción  al  titular  por su  creación,  el  interés  de  la   competidor al  mercado.  En  el  área  de control
                 sociedad por acceder a nuevos conocimientos y   de  concentraciones,  la  Propiedad  Intelectual
                 desarrollo tecnológico sin vulnerar directamen­  recobra  una  importancia  fundamental  en  ca­
                 te la competencia.                           sos en que la concentración entre dos agentes




                 8.   TASSANO VELAOCHAGA, Hebert.  "La convergencia entre el derecho de la competencia y los derechos de propiedad
                     intelectual". Lima, Revista de la Facultad de Derecho PUCP N° 74,2015, p. 3.
           134   9.   “Las leyes de propiedad intelectual y las de competencia comparten el propósito común de promover la innovación
                     y acrecentar el bienestar del consumidor1. Departamento de Justicia de los Estados Unidos y Comisión Federal de
           A D VO C A TU S   10.  European  Commission.  Antitrust:  Commission  enforcement  action  in  pharmaceutical  sector  following  sector
                     Comerc\o. "Antitrust Guidelines For the Licensing of Intellectual Property", April 6, 1995, §  1.0. Traducción del autor.
                     En GÓMEZ VELASCO, Xavier. "Los derechos de propiedad intelectual como restricción a la competencia económica".
                     En: UASB Foro: revista de derecho. N° 1. Quito: 2003, p. 94.

                     inquiry. Disponible en: <http://europa.eu/rapid/press-release  MEMO-12-593  en.htmx




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