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económ icos  se  fortalecerá  principalm ente     intervenir sin producir alteraciones graves en   Q   i
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           por los aspectos intangibles de la transacción,   el derecho de la Propiedad Intelectual. Como    O   i
                                                                                                             UJ  j
           como por ejemplo el  potenciamiento en  nue­      extensión, se hace un llamamiento al legis­
                                                                                                             —   j
           vas  tecnologías  inaccesibles  a  terceros,  que   lador para que consagre en la legislación de   a-  j
                                                                                                             O   J
           fortalecerían  al  nuevo  operador concentrado.   Propiedad Intelectual, de forma más amplia,     £
           En el Ecuador recientemente se condicionó una     reglas procompetitivas que faciliten un mayor
                                                                                                       MARCAS
           renombrada transacción mundial en el mercado      acceso a los bienes inmateriales protegidos1.  PATENTES
                                                                                                       DERECHO
           cervecero a la venta de varias marcas y acuerdos                                            DE AUTOR
           de licénciamiento de otras.                   Es fundamental que la práctica de la Autoridad
                                                         de competencia encuentre este anhelado equili­
           En  estas  materias tan  aparentemente  contra­  bro que permita la plena coexistencia de los dos
           puestas, surge  una  fundamental  colaboración   regímenes con un respeto mutuo de sus límites.
           entre las autoridades  del  país,  por un  parte  la
           Superintendencia de Control del Poder de Mer­  Pese  a  ser  escasos,  hay  precedentes  en  el
                                                                                                         i/i
           cado y  dentro  de  ella  especialmente  la  Inten­  Ecuador donde  se ha  ¡ncursionado ya  en  esta
           dencia de Control de Concentraciones y el  Ins­  discusión,  particularmente  dentro de  un  caso   <
           tituto Ecuatoriano de  la  Propiedad Intelectual,   de supuesto ejercicio abusivo de derechos sobre   O
           al momento de evaluar casos de competencia,   una patente, en la que la autoridad que aplicaba   u
                                                                                                         <
           tales  como  un  uso  abusivo de acciones judi­  la  normativa  de  competencia  comunitaria  en   z
                                                                                                         cc
           ciales  o  administrativas,  o  una  concentración   el  Ecuador entre el  año 2009-2011  realizó una   UJ
                                                                                                         H-
           económica  que  implica  un  alto  componente   valoración  de estos dos sistemas y determino
                                                                                                         i/i
           de intangibles. La colaboración entre estas dos   que había existido un abuso del derecho de pa­  UJ
                                                                                                         cc
           instituciones  es  necesaria  para  corroborar  la   tente para restringir el acceso a competidores al   O
                                                                                                         t-
           información suministrada por las partes dentro   mercado. Será fundamental que los funcionarios   r>
                                                                                                         <
           de sus notificaciones de concentración, frente a   de  la  Autoridad  de  competencia, al  momento
           los registros dentro de Instituto Ecuatoriano de   de  tomar  conocim iento  de  casos  en  que  se
           Propiedad Intelectual.                        discutan aspectos de Propiedad Intelectual con
                                                         efectos  en  el  interés  general,  obtengan  todas
               "No se troto de proponer el derecho de lo com­  las  herramientas  a  su  alcance  para formar  un
               petencia como lo herramienta por excelencia   criterio técnico sobre los aspectos de Propiedad
               que solucione los conflictos entre el acceso y   Intelectual,  pudiendo  incluso  llegar a  solicitar
               los derechos de propiedad. Por el contrario,   dictámenes técnicos de  la  Autoridad  nacional
               sólo se consideran un conjunto de escenarios   com petente  en  derechos  intelectuales,  para
               donde el derecho de la competencia puede  fortalecer sus insumos de investigación.        <
                                                                                                         r>
                                                                                                         i—
                                                                                                         u
                                                                                                         UJ
                                                                                                         Z
                                                                                                         O
                                                                                                         <
                                                                                                         Q
                                                                                                         UJ
                                                                                                         Q -
                                                                                                         o
                                                                                                         cc
                                                                                                         Cl


                                                                                                        ■*í
                                                                                                        co
                                                                                                        §
                                                                                                        5
                                                                                                        §
                                                                                                        Q
           11.  ANDRÉS URIBE, Carlos y CARBAJO CASCÓN, Fernando. Óp. cit. p. 307




            La convergencia entre la  Propiedad Intelectual y el Derecho de Competencia al amparo de la legislación Ecuatoriana   325
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