Page 46 - Edición N° 34
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O
            rido producto o servicio resulte además similar   El precedente de observancia obligatoria esta­
                                                                                                              <
           o  se  encuentre  comprendido  dentro  de  otros   blecido en  la  Resolución  N°  1183-2005/TPI-IN-   Q
                                                                                                              LU
            productos o servicios también consignados en   DECOPI  fue  modificado  el  año  pasado  por  el
                                                                                                              a.
            la cobertura de la marca.                    precedente de observancia obligatoria materia
                                                                                                              O
                                                         de la Resolución N° 2076-2016/TPI-INDECOPI de        c c
                                                                                                              Co­
            En  la  Resolución  N°  1183-2005/TPI-INDECOPI,   fecha 27 de junio de 2016, el cual desarrollamos
                                                                                                       m a r c a s
           que  establece  el  precedente  de  observancia   a continuación.                           PATENTES
                                                                                                       DERECHO
           obligatoria, la Sala de Propiedad Intelectual del                                           DE AUTOR
           Tribunal  de  INDECOPI  utilizó  un  cuadro  para   2.  Resolución N° 2076-2016/TPI-INDECOPI
           explicar las diferentes maneras en que se puede   del 27 de junio del 2016.
           restringir la cobertura de un registro como con­
           secuencia de una cancelación parcial.         Con fecha 18 de diciembre de 2013, Katty Giova-
                                                         na Ñahui Fierro solicitó la cancelación por falta
           Basándonos  en  dicho cuadro,  presentamos  el   de uso de la marca CORONA, inscrita con certi­
                                                                                                         to
           siguiente ejemplo:                            ficado N° 54223 a nombre de Gulda & Cia. S.A.C.
                                                                                                         LU
                                                                                                         —I
                                                         en la clase 8 de la Clasificación Internacional.  <
                            MARCA "X"                                                                    Z
                             CLASE 30                                                                    O
                                                         El  registro  de  la  marca  distinguía "exclusiva­  u
                                                                                                         <
                                                         mente herramientas de mano" de la clase 8 de    z
             DISTINGUE  ACREDITA EL   SECAN-   SE MAN­
              INICIAL    USO PARA    CELA EL   TIENE EL   la Clasificación Internacional.
                                                                                                         cc
                                     REGISTRO   REGISTRO                                                 O
                                      PARA      PARA
                                                         Mediante Resolución N ° 370-2014/CTSD-INDE-
               Café,   Café, chocolates  Confitería  Café,  COPI de fecha 27 de agosto de 2014, la — en ese
             chocolates,                      chocolates
             confitería                                  entonces  existente— Comisión Transitoria  de
                                                         Signos  Distintivos declaró infundada  la acción
               Café,     Chocolates   Café,    Choco­
             chocolates,             confitería   lates  de  cancelación  y,  en  consecuencia,  mantuvo
             confitería              y demás             vigente el  registro de  la  marca  para  distinguir
              y demás                productos
             productos               de la clase         exactamente  los  mismos  productos,  a  saber,
             de la clase                                 "exclusivamente  herramientas de  mano" de  la
                                                         clase 8 de la Clasificación Internacional.
               Café,  Café, chocolates y   Demás   Café, cho­
             chocolates,   confitería  productos   colates,
             confitería              de la clase  confitería  La accionante interpuso recurso de apelación
             y demás
             productos                                   manifestando que el uso de la marca CORONA
             de la clase                                 solo  había  sido  acreditado  para "arcos  para   <
                                                                                                         Z>
                                                         carnicero"de la clase 8, mas no para identificar   h-
                                                                                                         U
               Café,      Arroz       Café,    Arroz                                                     LU
             chocolates,   (no está específi­  chocolates,   "herram ientas  de  mano" en  general,  por  lo   LU
             confitería   camente detallado   confitería   que  se  debía  cancelar  parcialmente el  regis­  (-
             y demás   en la lista pero   y demás       tro,  lim itándolo  exclusivam ente  a  aquellos
             productos   está incluido den­  productos                                                   D
             de la clase  tro de "y demás   de la clase  productos  para  los  cuales  efectivam ente  se   <
                                                                                                         O
                       productos de la                   utilizaba la marca en el mercado — arcos para
                          clase")                                                                        Q-
                                                        carnicero— .                                     o
                                                                                                         cc
              Café,      Caramelos   Café, choc­  Confitería                                             Q-
             chocolates,  (no están   olates
             confitería  específicamente                 Mediante  Resolución  N°  2076-2016/TPI-INDE-
                       detallados en la                 COPI del 27 de junio de 2016, la  Sala Especiali­
                       lista pero están                                                                  ro
                       incluidos dentro                 zada  en  Propiedad  Intelectual del Tribunal  del
                       de "confitería")                  INDECOPI resuelve lo siguiente:
                                                                                                         Í3
              Café,       Arroz       Café,   El registro                                                2
            chocolates,             chocolates,  es cance­  1.   Revoca  la  resolución de  primera  instancia
             confitería              confitería  lado en su                                              §
                                              integridad    en  el  extremo  que  m antuvo  vigente  el   Q
                                                            registro de la  marca CORONA para "herra-



            Comentarios a los precedentes de observancia obligatoria en materia de cancelación parcial de marcas por falta de uso   43
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