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O
rido producto o servicio resulte además similar El precedente de observancia obligatoria esta
<
o se encuentre comprendido dentro de otros blecido en la Resolución N° 1183-2005/TPI-IN- Q
LU
productos o servicios también consignados en DECOPI fue modificado el año pasado por el
a.
la cobertura de la marca. precedente de observancia obligatoria materia
O
de la Resolución N° 2076-2016/TPI-INDECOPI de c c
Co
En la Resolución N° 1183-2005/TPI-INDECOPI, fecha 27 de junio de 2016, el cual desarrollamos
m a r c a s
que establece el precedente de observancia a continuación. PATENTES
DERECHO
obligatoria, la Sala de Propiedad Intelectual del DE AUTOR
Tribunal de INDECOPI utilizó un cuadro para 2. Resolución N° 2076-2016/TPI-INDECOPI
explicar las diferentes maneras en que se puede del 27 de junio del 2016.
restringir la cobertura de un registro como con
secuencia de una cancelación parcial. Con fecha 18 de diciembre de 2013, Katty Giova-
na Ñahui Fierro solicitó la cancelación por falta
Basándonos en dicho cuadro, presentamos el de uso de la marca CORONA, inscrita con certi
to
siguiente ejemplo: ficado N° 54223 a nombre de Gulda & Cia. S.A.C.
LU
—I
en la clase 8 de la Clasificación Internacional. <
MARCA "X" Z
CLASE 30 O
El registro de la marca distinguía "exclusiva u
<
mente herramientas de mano" de la clase 8 de z
DISTINGUE ACREDITA EL SECAN- SE MAN
INICIAL USO PARA CELA EL TIENE EL la Clasificación Internacional.
cc
REGISTRO REGISTRO O
PARA PARA
Mediante Resolución N ° 370-2014/CTSD-INDE-
Café, Café, chocolates Confitería Café, COPI de fecha 27 de agosto de 2014, la — en ese
chocolates, chocolates
confitería entonces existente— Comisión Transitoria de
Signos Distintivos declaró infundada la acción
Café, Chocolates Café, Choco
chocolates, confitería lates de cancelación y, en consecuencia, mantuvo
confitería y demás vigente el registro de la marca para distinguir
y demás productos
productos de la clase exactamente los mismos productos, a saber,
de la clase "exclusivamente herramientas de mano" de la
clase 8 de la Clasificación Internacional.
Café, Café, chocolates y Demás Café, cho
chocolates, confitería productos colates,
confitería de la clase confitería La accionante interpuso recurso de apelación
y demás
productos manifestando que el uso de la marca CORONA
de la clase solo había sido acreditado para "arcos para <
Z>
carnicero"de la clase 8, mas no para identificar h-
U
Café, Arroz Café, Arroz LU
chocolates, (no está específi chocolates, "herram ientas de mano" en general, por lo LU
confitería camente detallado confitería que se debía cancelar parcialmente el regis (-
y demás en la lista pero y demás tro, lim itándolo exclusivam ente a aquellos
productos está incluido den productos D
de la clase tro de "y demás de la clase productos para los cuales efectivam ente se <
O
productos de la utilizaba la marca en el mercado — arcos para
clase") Q-
carnicero— . o
cc
Café, Caramelos Café, choc Confitería Q-
chocolates, (no están olates
confitería específicamente Mediante Resolución N° 2076-2016/TPI-INDE-
detallados en la COPI del 27 de junio de 2016, la Sala Especiali
lista pero están ro
incluidos dentro zada en Propiedad Intelectual del Tribunal del
de "confitería") INDECOPI resuelve lo siguiente:
Í3
Café, Arroz Café, El registro 2
chocolates, chocolates, es cance 1. Revoca la resolución de primera instancia
confitería confitería lado en su §
integridad en el extremo que m antuvo vigente el Q
registro de la marca CORONA para "herra-
Comentarios a los precedentes de observancia obligatoria en materia de cancelación parcial de marcas por falta de uso 43