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mientas de mano (con exclusión de arcos ponderé reducir la lista de productos
para carnicero)"de la clase 8. o servicios únicam ente a aquellos
productos o servicios para los cuales
2. Mantiene vigente el registro de la marca ha sido acreditado el uso de la marca.
CORONA para distinguir únicamente "arcos
para carnicero"de la clase 8. 5. Deja sin efecto el precedente de observancia
obligatoria, em itid o m ediante Resolución N °
3. Establece el precedente de observancia 1183-2005/TPI-INDECOPI, del 8 de noviem
obligatoria con relación a los criterios a te bre de 2005, en los extremos que contraven
ner en cuenta al determinar si corresponde gan lo dispuesto en el numeral precedente.
mantener vigente el género de productos o
servicios en el registro de la marca, en aten 6. Solicita al Directorio de INDECOPI la publi
ción a lo establecido en el tercer párrafo del cación de la resolución en el Diario Oficial
artículo 165 de la Decisión 486. El Peruano.
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
4. Modifica parcialmente el precedente de A criterio de la Sala Especializada en Propiedad
observancia obligatoria materia de la Re Intelectual, resultaba necesario modificar el
solución N ° 1183-2005/TPI-INDECOPI del anterior precedente de observancia obligatoria
8 de noviembre de 2005 en los siguientes puesto que, de acuerdo a su experiencia reso
términos: lutiva, no siempre existe similitud entre todos
los productos o servicios que pertenecen a un
■ Si se acredita el uso de la marca para mismo género.
un producto o servicio que no está
específicamente detallado en la lista de En ese sentido, mantener el género de pro
productos o servicios que la marca dis ductos o servicios cuando únicamente se ha
tingue, se deberá verificar lo siguiente: acreditado el uso de la marca para un producto
o servicio de dicho género, no cumple necesa
(i) si dicho producto o servicio se riamente con lo establecido en el tercer párrafo
encuentra com prendido en un del artículo 165 de la Decisión 486, en virtud del
género de productos o servicios cual "se tomará en cuenta la identidad o similitud
distinguidos expresamente por la de los productos o servicios" al establecer los
marca; y productos o servicios a mantener en el registro.
(ii) si tal producto o servicio guarda Usando los productos del cuadro anterior,
similitud con los demás productos podemos ilustrar la modificación del nuevo
o servicios que com prenden el precedente de la siguiente manera:
género.
MARCA "X"
CLASE 30
■ El hecho que se acredite el uso de una
marca para un producto o servicio
DISTINGUE ACREDITA EL SE CANCELA SE MAN
com prendido en un género distin
INICIAL USO PARA EL TIENE EL
guido expresamente por la marca no REGISTRO REGISTRO
PARA PARA
determina autom áticamente que se
Café,
deba mantener el género, sino que ello chocolates, Café, choco Confitería Café, choco
lates
lates
A D VO C A TU S 134 tos o servicios para los cuales se haya chocolates, Chocolates Café, confitería Chocolates
estará condicionado a que los produc
confitería
Café,
acreditado el uso de la marca guarden
y demás
confitería
productos de
similitud con los demás productos o
y demás
la clase
productos
servicios comprendidos en el género
de la clase
en cuestión. Caso contrario corres
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