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pues el observador atento y escrupuloso del - la instauración de regímenes especiales de re
derecho constata como la culpa se mantiene paración automática y limitada. Este abandono
firme. Así pues, bajo la aparente estabilidad de concreto de la culpa nos parece un beneficio.
los textos que regulan la materia (los artículos El lector podría asombrarse por la paradoja.
1382 y ss.) no tenemos sino ¡grandes cambios! Empero una paradoja es sin lugar a dudas pre
Por un lado, un debilitamiento de la culpa (prin ferible a un prejuicio. La paradoja, no es sino
cipalmente a raíz de de la responsabilidad por aparente ya que ella permite, por otra parte,
hecho de las cosas), por otro, una prodigiosa proteger o incluso restablecer la culpa en su
expansión de su aplicación (claramente en la pureza. Hay un lugar -en nuestra opinión- para
responsabilidad profesional). una coexistencia pacífica entre una responsabi
lidad individual -clara y precisa- y los sistemas
Entonces, ¿peligra la culpa? No, pues ¡ella se de reparación colectivos, simples, categóricos
encuentra más viva que nunca! Su verdor aún y bien diferenciados. Jamás la verdadera tradi
se evidencia pese a sus años, no está siquiera ción acalla la innovación, por el contrario, ella
cerca de desfallecer ¡Dios nos libre! la estimula, pues la tradición se dirige hacia el
Revista editada por alum nos de la Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
futuro y constituye un factor de progreso como
Ahora, bien visto el asunto, ella padecería los se puede apreciar. La moral, el derecho e incluso
rigores de la vejez, nosotros reivindicaremos las víctimas obtienen su propio provecho. Así
el derecho de invocarla, de protegerla de res pues, el humanismo, la justicia y la eficacidad
taurarla en tanto que ella encarna una elevada ¡deben ser protegidos!
concepción del hombre lo cual es inherente a
nuestra civilización. Frente al positivismo reinan Tal cual es, nuestro viejo derecho de la responsabi
te -estrecho y sombrío- afirmamos que existen lidad -elaborado un poco al azar por diversos tipos
altos valores y verdades, y que una de las más de elementos- está bastante desorganizado. Para
nobles misiones de la doctrina es de dar res nada evoca la imagen de un noble jardín de estilo
puestas. El Derecho, el verdadero Derecho, es la francés, pues la armonía que en ésta encontramos
mejor defensa contra la arbitrariedad, en todos es el resultado de una voluntad. Dicha obra es arti
los aspectos, conforme señala la tesis central de ficial y discrecional. Por el contrario, el derecho de
un admirable libro escrito por Christian Atias46. la responsabilidad civil creación heterogénea, obra
de generaciones, creada a nuestro servicio (según
Gracias al cielo, que la partida ya está asegurada, la vocación natural del derecho) evoca más bien
pues la buena salud de culpa está garantizada. la imagen de aquellos paisajes variopintos que
componen nuestro país, todos llenos de Historia,
Sin embargo, para aquellos quienes amamos la con sus campanas en reposo, con sus horizontes
culpa y la moral -o la culpa respecto de la moral ondulados, sus caminos sinuosos y la diversidad
es necesario tener algo de sentimientos. De donde de sus casas.
se sigue -de conformidad con AndréTunc- que
los accidentes corporales deben escapar a la res Tal cual es, ésta responsabilidad deber ser
ponsabilidad. La Ley de 5 de julio de 1985 parece cultivada y conservada valorizándola y em
una buena solución, pese a sus imperfecciones y belleciéndola. Siendo la herencia de nuestros
lagunas. Sin embargo, nosotros hubiésemos pre ancestros, es nuestro deber legarla a nuestros
ferido -haciendo honor a la verdad- que todos los herederos. Y, claro está, ¡lo mismo vale para la
perjuicios corporales -de toda naturaleza- fueran culpa! Sepamos evitar las rupturas inútiles, los
automáticamente asumidos por la colectividad. abandonos innecesarios y transmitamos ésta
127 Nuestra adhesión a la culpa nos hace, en efecto, culpa (sirviente dócil y hábil que cumple su
ADVOCATUS desear -como lo hemos señalado anteriormente ¡respetemos su porvenir!
oficio de manera distinguida). En conclusión,
46. ATIAS, Christian. Théorie contre arbitroire. París: PUF, 1987.
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