Page 246 - Edición N° 27
P. 246
los valores parece a la vez inevitable y legítima, principios con que opera la jurisdicción consti «
siendo el verdadero problema concreto un tucional, la vinculación de su jurisprudencia, las
problema del grado de la fuerza creadora o de técnicas de la argumentación jurídica y los tipos cae
H -
las autolimitaciones'''12. de sentencias típicas y atípicas15. VA-í
OO
OO
Este proceso de constitucionalización y judicia- Tan es así, que se ha hecho necesario el desa
AUTOR
lización del Estado de Derecho no ha dejado de rrollo de un Derecho Procesal Constitucional de NACIONAL
lado el principio de legalidad y el de la ley, en la raíces latinoamericanas, no exenta de la impron
medida que constituyen las categorías básicas ta europea de la justicia constitucional; donde la
del ordenamiento jurídico, en función del cual incorporación del uso de las sentencias atípicas
se viene ejecutando la reorganización del Esta constituye la punta del iceberg del debate, en la
do, la sociedad y la economía13. Sin embargo, medida que resuelven sobre la constitucionali-
la otrora noción de ley -general, abstracta, dad o no de una norma legal, ofreciendo una
intemporal- ya no expresa las necesidades de amplia gama de respuestas judiciales sobre el
los nuevos poderes públicos ni privados, sino fondo de la controversia. ro
£
más bien, se demanda cada vez más la expedi
ción de leyes especiales o decretos de urgencia En el clásico modelo de control constitucional OJ
■o
-particulares, concretos y transitorios-, propios de la ley, éste tiene como finalidad el examen ~o
(O
del presidencialismo latinoamericano. Frente a de constitucionalidad del texto legal someti ■o
i/i
las normas cuestionadas de inconstitucionales do a jurisdicción constitucional en base a un OJ
>
ante la justicia constitucional, los jueces han canon valorativo constitucional — función de c
3
respondido desde la auto limitación, diluyen valoración— . Sin embargo, el efecto más notorio ( O
do su mandato como organismo encargado de dicho proceso de control se expresa en la <U
T3
del control constitucional, hasta el activismo expedición de una sentencia que expulsa una O
-C
judicial que coloca al juez constitucional en una norma legal del ordenamiento jurídico cuando u
OJ
posición de cuasi legislador positivo14. es declarada inconstitucional — función paci O)
Q
ficadora— . Esta decisión de eliminación tiene cu
-o
Ahora bien, este proceso de constitucionaliza efectos vinculantes para todos los aplicadores, "O
ro
ción del ordenamiento jurídico y la tendencia públicos y privados, de las normas jurídicas — D
u
al uso de normas legales especiales, pone de función ordenadora— 16. ( O
U -
manifiesto no sólo la crisis de la clásica noción
oi
de ley y legalidad, sino que lleva a replantear la Sin perjuicio de ello, la experiencia del TJ
manera de entender el control constitucional de control constitucional de las leyes en América O
c
las leyes, en cuanto al rol de la magistratura, los Latina viene produciendo sentencias que se E
D
(O
O
Q.
ro
12. CAPPELLETTI, Mauro. Necesidad y legitimidad de la justicia constitucional. En: AA. W . Tribunales Constitucionales X!
Europeos y Derechos Fundamentales. Madrid: CEC, 1984, p. 629. (O
3 OJ
13. PÉREZ ROYO, Javier. La distribución de la capacidad normativa entre el Parlamento y el Gobierno. En: BAR CENDON,
(O
Montero, PÉREZ ROYO, SCHNEIDER y otros. El Gobierno. Barcelona: Diputación de Barcelona, 1985, p. 93-143; l/l
asimismo, FERRAJOU, Luigi. Diritto e ragione. Roma: Laterza, 1996, pp. 911 y ss. QJ >
CC
14. HART, Herbert. Una mirada inglesa a la teoría del derecho americana: la pesadilla y el noble sueño. En VV. AA. El
ámbito de lo jurídico. Barcelona: Crítica, 1994. pp. 327-350; donde presenta la controversia entre el activismo
judicial y la autolimitación judicial en el desarrollo de la jurisprudencia en los Estados Unidos.
h-
cg
15. FERRAJOU, Luigi. Pasado y futuro del Estado de Derecho. En: M. CARBONELL (editor) Neoconstitucionalismo(s).
Barcelona: Editorial Trotta, 2003, pp.13 ss.; asimismo, ATIENZA, Manuel. Argumentación y Constitución. En: AGUILÓ,
Joseph, Manuel. ATIENZA, Juan. RUIZ MAÑERO. Fragmentos para una teoría de la Constitución. Madrid: lustel. 2007,
pp. 113 ss. 2
§
16. JIMÉNEZ CAMPO, Javier. Qué hacer con la ley inconstitucional. Actas de las II Jornadas déla Asociación de Letrados del Q
Tribunal Constitucional. Madrid: CEC, 1997, pp. 24 y ss.
C o n s t i t u c i o n a l i s m o L a t i n o a m e r i c a n o : C o n t r o l c o n s t i t u c i o n a l d e l a s l e y e s 2 4 3