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en el texto por sí mismo, produciéndose una ple declaración de inconstitucionalidad no
creación judicial del Derecho28. La existencia debe ser utilizada, salvo si es imprescindible
de este tipo de sentencias se justifica por la e inevitable29.
necesidad de evitar los efectos perniciosos
que puedan presentarse en determinadas cir (b) El principio de interpretación desde la
cunstancias, como consecuencia de los vacíos Constitución es un axioma o pauta básica
legales q u e su rg e n lu e g o de la "e x p u ls ió n " de que asigna un sentido a una ley cuestiona
una ley o norma con rango de ley del orde da de inconstitucionalidad, a efectos que
namiento jurídico. Tal es el caso de la Ley de ella guarde coherencia y armonía con la
la Cédula Viva (STC Exp. No. 050-2004-AI/TC y Constitución. Dicha interpretación hace
acumulados),en la que elTribunal Constitucio que la ley sea conforme a la Constitución;
nal del Perú, en base al principio de igualdad, permitiendo, para tal efecto, que se reduz
interpretó que los cinco requisitos para que el ca, sustituya o modifique su aplicación para
varón sea beneficiario de una pensión de viu los casos concretos30.
dez no debían ser exigidos copulativamente,
Facultad de Derecho de la U niversidad de Lima
como señalaba la ley, sino debía ser interpre No es difícil entender que la declaración de
tado alternativamente a efectos de no tener inconstitucionalidad puede terminar siendo
un trato discriminatorio en relación a la viuda más gravosa desde un punto de vista político,
de un pensionista a la que sólo se le permitía jurídico, económico o social, que su propia
acreditar un requisito. Para estos efectos, el permanencia dentro del ordenamiento consti
Tribunal expulsó la conjunción "y", para otor tucional. Así, pues, los efectos de dicha declara
garle al vacío creado un sentido interpretativo ción pueden producir, durante un "tiempo", un
disyuntivo con la conjunción "o". vacío legislativo dañoso -horror vocui-. En ese
sentido, no debe olvidarse que la jurisdicción
Tales circunstancias tienen que ver con la exis constitucional desempeña también una función
tencia de dos principios rectores de la actividad armonizadora de los conflictos sociales y políti
jurisdiccional-constituyente, a saber; el principio cos subyacentes en un proceso constitucional,
de conservación de la ley y el principio de inter por lo que dichas sentencias se constituyen
pretación desde la Constitución. en instrumentos procesales necesarios para
la pacificación social en una región altamente
conflictiva, como la latinoamericana.
Revista editada por alum nos de la donde sea razonablemente posible, por la de los efectos de las normas constitucionales
(a) El principio de conservación de la ley
exige al juez constitucional optar, hasta
Este tipo de sentencias propician el despliegue
que podrían ser obstaculizados por los "vacíos
constitucionalidad de una ley impugnada,
normativos"productode un simple fallo estima-
en aras de afirmar un determinado valor
torio. Las normas inducidas y deducidas emana
o principio constitucional o un específico
das de una sentencia interpretativa-normativa
derecho fundamental. Es decir, la expulsión
se encuentran implícitas dentro del ordena
de una ley del ordenamiento jurídico por
miento constitucional, pero son objetivables
inconstitucional, debe ser la última ratio a
la que debe apelarse. De esta forma, la sim
mediante este procedimiento interpretativo.
127 28. BALAGUER CALLEJÓN, Francisco. Tribunal Constitucional y creación de derecho. En: ESPÍN TEMPLADO, Eduardo y
ADVOCATUS 29 2000, pp. 381-395.
DÍAZ REVORIO, Javier (coordinadores). La Justicia constitucional en el Estado democrático. Valencia:Tirant lo Blanch,
BICKEL, Alexander. The last dangerous branch the Supreme Court at the bar ofpolitics Court at the bar ofpolitics. New
Haven and London: Yale University Press, 1986, pp. 124 ss.
30. HESSE, Konrad. Escritos de Derecho Constitucional. Madrid: CEC, 1983, pp. 26-31.
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