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se refiere a la fracción de una ley o norma con operadores jurídicos estarán prohibidos de in «
rango de ley (un artículo, un párrafo, etc.); y, terpretar y aplicar aquella forma de interpretar
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por ende, ratifica la validez constitucional de declarada contraria a la Constitución.
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las restantes disposiciones contenidas en el
texto normativo impugnado. La estimación es Cada vez más este tipo de sentencias inter OO
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total cuando se refiere a la plenitud de una ley pretativas se van haciendo frecuentes en la
AUTOR
o norma con rango de ley; por ende, dispone jurisdicción constitucional de América Latina; lo NACIONAL
la elim inación íntegra del texto norm ativo que muchas veces ha permitido cautelar bienes
impugnado del ordenamiento jurídico. Como constitucionales que pudieran resultar puestos
en el Caso Simón (Fallo 328:2056) en virtud en una situación peor que si no se recurriera a
del cual la Corte Suprema Argentina declaró este tipo de sentencias. Así, por ejemplo, en
la inconstitucionalidad de la ley de obediencia Colombia, en donde se las denomina "sen
debida, que declaró prescritos los crímenes de tencias condicionadas", éstas han ayudado a
lesa humanidad cometidos por la Junta Militar, mantener dentro del ordenamiento jurídico
durante la década de los setenta. ciertas interpretaciones de las leyes que son ro
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conformes con la Constitución27. En el Perú, en la
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La valoración que puede hacerse de este tipo de STC 0014-1996-AI/TC, elTribunal Constitucional ■O
sentencias constitucionales va en el sentido que interpretó la Ley de Planificación Familiar que T3 ro
ahora la expulsión, sin más, de una disposición consideraba a la esterilización como un método ~o
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impugnada del ordenamiento jurídico es más de planificación familiar, siempre y cuando ésta <U
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bien la excepción y no la regla. Ello como una fuese reversible. c
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manifestación de los principios de interpreta jo
ción de la ley conforme con la Constitución y del 2.3 Sentencias interpretativas-normativas. OI
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principio de presunción de constitucionalidad o
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de las leyes. Las sentencias interpretativas-normativas se u
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justifican cuando el órgano de control cons a;
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2.2 Sentencias interpretativas en sentido titucional detecta y determina la existencia T3
estricto. de un contenido normativo inconstitucional -o
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dentro de una ley o norma con rango de ley. 3
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En las sentencias interpretativas en sentido La elaboración de dichas sentencias está sujeta ro
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estricto, el órgano de control constitucional, alternativa y acumulativamente a dos tipos de 22
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según sean las circunstancias que rodean la operaciones: la ablativa y la reconstructiva. La x>
controversia constitucional, declara la incons operación ablativa o de exéresis consiste en re i/i
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titucionalidad de una interpretación errónea ducir los alcances normativos de la ley impug c E
efectuada por algún operador judicial, lo cual nada "eliminando" del proceso interpretativo 3
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acarrea una aplicación indebida. Dicha moda alguna frase o hasta una norma cuya signifi 0
lidad aparece cuando se ha asignado al texto cación colisiona con la Constitución. Para tal a.
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objeto de examen (disposición) una significación efecto, se declara la nulidad de las"expresiones ro
y contenido {norma) distinto al que la disposi impertinentes"; lo que genera un cambio del "O
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ción tiene cabalmente. Así, el órgano de control contenido preceptivo de la ley. ro
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constitucional puede concluir en que por una >
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errónea interpretación se han creado "nuevas La operación reconstructiva o de reposición con cc
normas", distintas de las contenidas en la ley siste en consignar el alcance normativo de la
o norma con rango de ley objeto de examen. ley impugnada "agregándosele" un contenido
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Por consiguiente, establece que en el futuro los y un sentido de interpretación que no aparece CN
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27. C-473/94; cfr. MARTÍNEZ CABALLERO, Alejandro. Tipos de sentencias en el control constitucional de las leyes: la §
experiencia colombiana. En Revista Estudios Socio-Jurídicos, marzo, año/vol. 2, No. 001, Universidad del Rosario, Q
Bogotá, 2000. p. 13.
C o n s t i t u c i o n a l i s m o L a t i n o a m e r i c a n o : C o n t r o l c o n s t i t u c i o n a l d e l a s l e y e s 2 4 7