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2.3.1 Sentencias reductoras.                  en  plenamente  constitucional.  En  puridad,  se   «
                                                         expiden  para  completar  leyes cuya  redacción
            Existe una pluralidad de sentencias interpretativa-   lim itada  presenta  un  contenido  normativo   cor
                                                                                                             M —
           normativas. Las sentencias reductoras son aquellas   "m enor"respecto al exigióle constitucionalm ente.   CAJ
           que señalan que una parte (frases, palabras, líneas,   En consecuencia, se trata de una sentencia que   OO
                                                                                                             oo
           etc.) del texto cuestionado es contraria a la Consti­  declara  la  inconstitucionalidad  no del texto de
                                                                                                       AUTOR
           tución, y ha generado un vicio de inconstituciona-   la  norma  o  disposición  general  cuestionada,   NACIONAL
           lidad por su redacción excesiva y desmesurada. En   sino más bien de lo que los textos o normas no
           ese contexto, la sentencia ordena una restricción   consignaron o debieron consignar.
           o acortamiento de  la "extensión" del  contenido
           normativo de la ley impugnada. Dicha reducción   En ese sentido, la sentencia indica que una parte
           se  produce en  el  ámbito de su aplicación a  los   de la ley impugnada es inconstitucional, en tanto
           casos particulares y concretos que se presentan   no ha previsto o ha excluido algo.  De allí que el
           en la vía administrativa o judicial.          órgano de control considere necesario"ampliar"o
                                                         "extender"su contenido normativo, permitiendo   ro
                                                                                                         E
           Para tal efecto, se ordena la inaplicación de una   su aplicación a  supuestos inicialmente no con­
           parte del  contenido  normativo de la  ley cues­  templados, o ensanchando sus consecuencias   cu
                                                                                                         X
           tionada en relación a algunos de los supuestos   jurídicas. La finalidad en este tipo de sentencias   X re
           contemplados  genéricamente;  o  bien  en  las   consiste en  controlar e  integrar  las omisiones   X !
           consecuencias jurídicas preestablecidas. Ello im­  legislativas inconstitucionales; es decir, a través
                                                                                                         >
           plica que la referida inaplicación abarca a deter­  del acto de adición, evitar que  una  ley cree si­  C
                                                                                                         3
           minadas situaciones, hechos, acontecimientos   tuaciones contrarias a  los  principios,  valores o   re
           o conductas originalmente previstas en  la  ley;   normas constitucionales. Es usual que la omisión   o>
                                                                                                         X
           o se dirige hacia algunos derechos, beneficios,   legislativa inconstitucional afecte el principio de   o
                                                                                                         sz
                                                                                                         QJ
           sanciones o deberes primicialmente previstos.   igualdad; por lo que al extenderse los alcances   r_r
           En consecuencia, la sentencia reductora restrin­  de la norma a supuestos o consecuencias no pre­  OJ
                                                                                                         Q
           ge el ámbito de aplicación de la ley impugnada   vistos para determinados sujetos, en puridad lo   <U
                                                                                                         X
           a  algunos  de  los  supuestos  o  consecuencias   que la sentencia está consiguiendo es homologar   X
                                                                                                         ro
           jurídicas establecidas en la literalidad del texto.  un  mismo trato con  los  sujetos comprendidos
                                                                                                         u
                                                         inicialmente  en la ley cuestionada. El contenido   ro
                                                                                                         Li­
           Así, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de   de  lo "adicionado" surge  de  la  interpretación   te
           Venezuela en la Sentencia  No. 301/07, del 27 de   extensiva, de la interpretación sistemática o de   x o;
           febrero del 2007, consideró contrario a la protección   la interpretación analógica.          o
                                                                                                         c
           constitucional del trabajador, que una norma legal                                            E
           tributaria sobre el impuesto a la renta, dispusiera   La sentencia de N.° 0062, de 3 de julio de 2003,   3
                                                                                                         ro
           que  los  asalariados tributaran  sobre todas  las   del Tribunal  Constitucional  de  Bolivia  es  una
           percepciones vinculadas a la relación laboral y no   sentencia de este tipo por cuanto al comprender
           sólo sobre el salario básico percibido; pero, falla   el  Código  de  Seguridad  Social  sólo  como
           reformulando la disposición legal acorde con los   beneficiario del asegurado a las mujeres, bajo el   X QJ
           criterios establecidos en su sentencia.       principio de igualdad integró en su decisión que   ro
                                                         los varones también pudieran ser considerados
           2.3.2  Sentencias aditivas.                   en dicho supuesto.                              cc


           También  están  comprendidas  dentro  de  las   2.3.3 Sentencias sustitutivas.
                                                                                                         r--
           sentencias  interpretativa-norm ativas,  las
           sentencias aditivas, en donde el órgano de control   Las  sentencias  sustitutivas,  como  sentencia   í§
           de la constitucionalidad determina la existencia   interpretativa-normativa  refleja  que el  órgano   ^
           de  una  inconstitucionalidad  por  om isión   de  control  de  la  constitucionalidad  declara   o
           legislativa.  En  este caso,  se  procede a "añadir   la  inconstitucionalidad  parcial  de  una  ley  y,   q
           algo" al  texto  incompleto,  para  transformarlo  simultáneamente,  incorpora  un  reemplazo  o



            C  o  n  s  t i t u  c  i o  n  a  l i s  m  o     L  a  t i n  o  a  m  e  r i c  a  n  o  :    C  o  n  t r o  l    c  o  n  s  t i t u  c  i o  n  a  l    d e    l a s    l e  y e  s    2 4 9
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