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considerarse como si hubiera sido pagado   Se  debe tenéf en  consideración  que  sin  esta   «
               por el propietario domiciliado en el Perú..  disposición, la renta atribuida se gravaría dos
                                                         veces,  una  al  momento de atribuirla al  domi­    are
                                                                                                             w -
           Es  por estas  consideraciones,  que  en  el  RTFI   ciliado  y  la  segunda  vez  al  momento  de  ser
           peruano se estableció, en el artículo  116 de la   efectivamente distribuida  la utilidad al sujeto   OO
                                                                                                             OO
           LIR, que  los contribuyentes domiciliados en el   domiciliado.
                                                                                                       AUTOR
           país, a quienes se les atribuya rentas netas pasi­                                         NACIONAL
           vas de una entidad controlada no domiciliada,   IV.  OBLIGACIONES FORMALES
           deducirán  del  Impuesto  que  les corresponda,
           el  impuesto  pagado  en  el  exterior,  según  el   Finalmente, debemos señalar que el RTFI obliga
           procedimiento establecido en la LIR13.        a  los contribuyentes domiciliados en  el  país a
                                                         mantener en  sus  libros y  registros,  en  forma
           En  la  misma  línea,  el  artículo  116-A  de  la  LIR   detallada  y  permanente,  las  rentas  netas  que
           señala,  para  evitar una  doble  imposición, que   le  atribuyan  ¿us  entidades  controladas  no
           cuando  la  entidad  no  domiciliada  distribuye   domiciliadas,  los  dividendos  provenientes  de
           dividendos, únicamente se deberá gravar aque­  su  participación  en  entidades controladas  no
           lla  parte que corresponda  a  concepto que  no   domiciliadas, así como el impuesto pagado por
           fueron materia de atribución.                 éstas en el exterior, de corresponder.
                                                                                                         33
                                                                                                         v/l
                                                                                                         QJ
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                                                                                                         as
                                                                                                         Q
                                                                                                         aj
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                                                                                                         u
                                                                                                         A5
                                                                                                         U-
                                                                                                         OS
                                                                                                         XS
                                                                                                         LO
                                                                                                         O
                                                                                                         c
                                                                                                         £
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                                                                                                         ro
                                                                                                         O
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                                                                                                         ro
                                                                                                         X )
                                                                                                         ro
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                                                                                                         as
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                                                                                                         cc
                                                                                                        h~
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                                                                                                        £
           13.  El inciso e) del artículo 88 de la LIR señala que los Impuestos a la renta abonados en el exterior por rentas de fuente   2
               extranjera gravadas por esta Ley serán deducibles del impuesto pagado en el Perú, siempre y cuando el impuesto   §
               pagado en el exterior no exceda del importe que resulte de aplicar la tasa media del contribuyente a  las rentas   Q
               obtenidas en el extranjero, ni el impuesto efectivamente pagado en el exterior.



                    E l    n  u  e  v  o     r é  g  i m  e  n     d e    t r a  n  s  p  a  r e  n  c  i a     f i s  c  a  l    i n  t e  r n  a  c  i o  n  a  l    p  e  r u  a  n  o     3 1 3
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