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verifiquen  los "puntos  de  conexión" o "crite­  Sin embargo, y toda vez que lo anterior puede   <
            rios  de  vinculación" con  dicho  Estado.  Estos   colisionar con  el  reconocimiento  de  la  tribu­  car
            criterios pueden ser subjetivos u objetivos; en   tación  independiente  de  las  entidades  con
                                                                                                             Hh-
            el  p rim e r  su p u e sto ,  las  rentas  se  e n c u e n tra n    personería jurídica distinta a sus accionistas, la   U
            gravadas en función de las cualidades perso­  aplicación del RTFI no debería ir tan lejos como   OO
                                                                                                             OO
            nales  de  quien  recibe  la  renta,  como  son  la   para, en  todo  caso y  bajo toda  circunstancia,
                                                                                                       AUTOR
            nacionalidad o el domicilio; en segundo lugar,   desconocer  la  personalidad jurídica de  la  em­  NACIONAL
            el  criterio  objetivo  determina  que  el  Estado   presa controlada, sino lograr el equilibrio entre
            podrá gravar la renta cuando el bien o la acti­  ambos10.
            vidad productora que la genere se encuentre
            ubicada en dicho Estado8.                    Es  por  ello  que  la  norma  peruana  lim ita  la
                                                         aplicación del  RTFI  solo a  las rentas obtenidas
            Muchos  países  han  optado  por incluir en  sus   por la entidad no residente que a su vez serán
            legislaciones el criterio subjetivo, lo que les per­  consideradas renta de fuente mundial para sus
            mite gravar la totalidad de las rentas obtenidas   socios o asociados residentes en el país.  03
                                                                                                          £
            por los sujetos domiciliados en su jurisdicción,
                                                                                                         Lj
            con independencia del lugar donde se ubique la   En  tal  sentido,  la  aplicación  del  RTFI  se  limita   QJ
                                                                                                         ■O
            fuente, lo que supone tratar de la misma manera   a  las  rentas  que  califiquen  como  de  fuente   "O
                                                                                                          ro
            a todas las rentas que obtenga.              extranjera obtenidas por el sujeto domiciliado,   x¡
                                                         toda vez que si  no existiera esta  limitación, se   QJ
                                                                                                          >
            Nuestra LIR también recoge el criterio subjeti­  podrían caer en incongruencias o absurdos, al   c
                                                                                                         n
            vo  para  determinar qué  rentas se consideran   momento de aplicar la transparencia fiscal a la   03
            gravadas. Así pues, el artículo 6 de la LIR señala   sociedad extranjera, como que el sujeto domici­  T3 QJ
            que  los  contribuyentes  residentes  en  el  Perú   liado se encuentre gravado en el Perú por todos   O
                                                                                                         -C
            tributan  no solo por sus rentas de fuente pe­  los ingresos percibidos por la entidad extranjera,   u
                                                                                                          OJ
            ruana  sino también  por sus  rentas de fuente   de la cual es accionista.                    O)
                                                                                                         O
            extranjera,  esto es,  por aquellas  rentas  obte­                                           QJ
                                                                                                         T3
            nidas en otros países.                       3.   Naturaleza de la Renta.                    T3
                                                                                                          03
                                                                                                          =3
                                                                                                         U
            Ahora bien, como ya hemos señalado, el grava­  Finalmente, respecto al último requisito para la   03
            men  de fuente  mundial  puede  ser fácilmente   aplicación del  RTFI, debemos señalar que este   03
                                                                                                         QJ
            burlado  por  los  contribuyentes  si  estos  colo­  se  encuentra  relacionado  con  el  origen  de  la   Xj
            casen  sus  patrimonios  bajo  la  titularidad  de   renta. No solo será importante determinar si la   l/l
                                                                                                         o
                                                                                                         c
            entidades jurídicas  con  personalidad  distinta   renta  percibida por el contribuyente residente   E
            y residente en el extranjero. Es por esta  razón   califica  como  una  renta  de  fuente extranjera,
                                                                                                         o:
            que  los  Estados  comenzaron  a  incluir en  sus   sino también se deberá determinar qué tipo o   O
            legislaciones  los  RTFI,  los  mismos  que  pre­  clase de renta es.                        a.
                                                                                                         re
                                                                                                         T i
            tenden  evitar dichas  medidas  perjudiciales y                                              ro
            proteger el régimen de imputación de rentas9,   Respecto a  la naturaleza de la  renta compren­  :5
                                                                                                         QJ
            considerando a las entidades extranjeras como   didas en  los  RTFI,  la  doctrina  prevé dos alter­  03
                                                                                                         i/i
            transparentes y así lograr la atribución  directa   nativas: o no todo tipo de  renta  obtenida  por   >
                                                                                                         QJ
            de las rentas obtenidas por dichas entidades a   las empresas controladas no residentes resulta   CC
            sus socios integrantes.                      imputada, sino sólo aquella que deriva  de ac-
                                                                                                         OJ
                                                                                                         §
            8.   GARCIA MULLIN, Juan Roque. Manual del Impuesto a la Renta. Centro Interamericano de Estudios Fiscales (C.I.E.T.),
               Capitulo III.                                                                             2
            9.   SANZ GADEA, Eduardo. Op. Cit., pp. 110 -  122.                                          §
                                                                                                         Q
            10.  Idem.                                                                                   *=t



                     E  l    n  u  e  v  o     r é  g  i m  e  n     d e    t r a  n  s  p  a  r e  n  c  i a     f i s  c  a  l    i n  t e  r n  a  c  i o  n  a  l    p  e  r u  a  n  o     3 0 9
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