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El  origen  de  las  normas  sobre  transparencia   En la Exposición de Motivos del Decreto Legis­
                 fiscal  internacional  se encuentra  en  la  legisla­  lativo  1120,  respecto a  las razones de por qué
                 ción norteamericana sobre"Controlled Foreign   introducir el  Régimen  de Transparencia  Fiscal
                 Corporations"conocido abreviadamente como     Internacional, el legislador señaló que:
                 CFC  Rules.  Su  finalidad  es  evitar  los  efectos
                 que  producen  cuando  sujetos  residentes  en    "Una persona domiciliada  en el Perú que
                 países con sistemas tributarios convencionales    genera  rentas  de  fuente extranjera  debe
                 colocan sus capitales en sociedades residentes    pagar Impuesto en el país en el ejercicio que
                 en territorios de baja tributación, con el fin de   se perciba o se devengue dicha renta, según
                 diferir los ingresos.                             sea el caso...

                 El contribuyente interponía una entidad consti­   ... mediante el uso de una subsidiaria en el
                 tuida en el extranjero entre la fuente de la renta   exterior, esto es,  constituyendo una empre­
                 y él, atrayendo  la fiscalidad  de aquellas rentas   sa en el exterior,  un sujeto domiciliado en
                 hacia esa entidad no domiciliada, evitando así    el Perú podrá  dejar de reconocer la renta
           Universidad  de  Lima  buyente reside hasta que la sociedad distribuya   tanto, dejar de pagar el impuesto, toda vez
                 que sean gravadas en  el  país donde el contri­
                                                                   devengada o percibida en el exterior y, por
                 las  utilidades  o  el  contribuyente transfiera  su
                                                                   que quien generaría la renta ya no sería el
                                                                   sujeto domiciliado en el país, sino la subsi­
                 participación en la sociedad no domiciliada.
                                                                   diaria constituida en el exterior. Las rentas
                                                                   obtenidas por la subsidiaria no se encon­
                 Es por ello que los Estados, optaron por incluir
                                                                   trarán gravadas en el Perú, sino hasta que
                 en sus legislaciones los regímenes de transpa­
           Facultad  de  Derecho  de  la   rencia  fiscal  que  les  permitan  solucionar  pro­  Así pues, el diferimiento antes mencionado
                                                                   éstas sean distribuidas como dividendos o
                                                                   las acciones que sean liberadas a favor de
                 blemas derivados  de  la  fuga  o  descolocación
                                                                   los accionistas sean enajenadas. En ambos
                 de capitales por motivos fiscales1.
                                                                   supuestos, el momento en el cual se grava­
                                                                   rán las rentas en el país de los accionistas
                 Los primeros países en adoptar estas medidas
                 para combatir la elusión fiscal en el ámbito in­
                                                                   será diferido.
                 ternacional fueron aquellos países exportadores
                 de capital. En el Perú, por el contrario, durante
                                                                   se traduce en un beneficio para el accionista,
           por alum nos  de  la   mucho tiempo no se presentó la necesidad de   sujeto domiciliado del país donde proviene
                 discutir la aplicación  de  un  régimen  de trans­
                                                                   el capital, el cual incluso podrá ser mayor
                 parencia fiscal, toda vez que nuestro país se ha
                                                                   cuando  las  rentas  sean  obtenidas  en
                 caracterizado como  un  país tradicionalmente
                                                                   una jurisdicción  cuya  carga  tributaria
                 importador de capitales. Pero esto ha cambiado
                                                                  sea menor a la del país de residencia  del
                 en los últimos años, y hoy en día muchos con­
                                                                   accionista..."
           Revista  editada   tribuyentes han optado por utilizar sociedades   Como  se  aprecia,  la  intención  del  legislador
                 extranjeras para realizar sus inversiones.
                 Es por ello que  mediante el  Decreto Legislativo
                                                               ha sido eliminar la  posibilidad de diferir el  Im­
                                                               puesto a  la  Renta obtenido  por los  residentes
                 1120 (publicado en el Diario Oficial El Peruano el
                                                               peruanos  sobre  las  rentas  pasivas  que  estos
                 18 de julio de 2012) se ha incorporado el Capítulo
                 XIV alTexto Único Ordenado de la Ley del Impues­  obtengan  en  paraísos fiscales  o territorios  de
                 to a la Renta (en adelante, la"LIR"), introduciendo   baja  imposición, y gravar las rentas obtenidas
           127   Transparencia Fiscal Internacional en el Perú.  contribuyentes peruanos sean accionistas.
                 a partir del 01  de enero de 2013 el  Régimen de
                                                               por entidades  no  residentes de  las  cuales  los
           ADVOCATUS   1.   SAENZ GADEA, Eduardo. Medidas Antielusión Fiscal.  Documento 08/09: Instituto de Estudios Fiscales, p. 109.









          3 0 6  G  o  n  z  a  l o     E  c  h  e  v  a  r r í a     M  e y
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