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           A  su  vez,  esa  acusación  de  Amnistía  Interna­  la  política  de asentamientos  israelí califique
                                                                                                             OO
           cional es corroborada por fuentes israelíes.  De   como un crimen de guerra.                      OO
            un  lado,  el  fallo  que  en  2005  emitió  la  Corte                                           car
           Suprema  de Justicia  de  Israel,  el  cual  anula   7.  El pasado julio, la Cancillería decidió reti­  « c
                                                                                                             w i
            una directiva militar que permitía el empleo de   rar a  nuestro representante diplomático
           civiles palestinos como escudos humanos13. De     del Estado de Israel ¿fue acertada esta de­
           otro lado, los testimonios de soldados israelíes   cisión? ¿Cuál debería ser la postura que un
            recogidos  por  la  organización "Breakirg  the   país como el Perú -aparentemente alejado
           Silence" (V., "Rompiendo  el  Silencio"),  creada   de la esfera de intereses enjuego- debería
            por soldados israelí que se niegan a servir en   adoptar?
            los territorios ocupados14.
                                                         FKK: La posición oficial del Estado peruano es
           AGD: El conflicto palestino-israelí es un  con­  que  el  conflicto  israelí-palestino debe  resol­
           flicto que se  resolverá  eminentemente en  el   verse con  base en  las  normas  relevantes  del
            plano político. Sin  embargo, en el trasfondo,   derecho  internacional  (es  decir,  las  normas   ro
           existen  varias  cuestiones  que  son  también   contenidas  en  las  respuestas  6  y  8  de  este   E
           jurídicas. Así, por ejemplo, por mucho tiempo   cuestionario).También sostiene que, en tiem ­  cu
                                                                                                         TJ
           se ha debatido si Palestina califica o no como   pos de guerra, la conducta de las partes debe   TJ
                                                                                                         ro
           un  Estado de acuerdo con  los criterios de  la   atenerse a las normas del derecho internacio­  Tj
                                                                                                         on
           Convención  de  Montevideo  y  últim am ente   nal  humanitario. Esa  no sólo es una  posición   CU
                                                                                                         >
           el  debate  cambió  a  cuál  sería  el  efecto  del   éticamente  correcta,  sino  que  además  coin­  C
                                                                                                         3
           reconocimiento  de  la  Asamblea  General  de   cide con  los intereses del Estado peruano. Al   _ro
           Palestina como Estado Observador en su ca­    ser el Perú un país relativamente débil dentro   cu
                                                                                                         TJ
           lificación jurídica.                          del sistema internacional, le conviene promo­   O
                                                                                                         _c
                                                         ver el  multilateralismo: es  decir,  le conviene   u
                                                                                                         cu
           Otros  temas jurídicos  en  torno  al  tema  de   respaldar un sistema internacional en el cual   cu
                                                                                                         Q
           Palestina hacen referencia al Derecho Interna­  el derecho y las instituciones internacionales   cu
                                                                                                         "O
           cional Humanitario, en específico a las reglas   tengan una capacidad mínima para restringir   T3
                                                                                                         ro
           de  enfrentam iento  israelíes  en  el  marco  de   los  abusos  cometidos  por  Estados  relativa­
                                                                                                         D
           sus operaciones militares en Gaza y su política   mente  más  poderosos  (quien  crea  que  ello   U
                                                                                                         ro
                                                                                                         u_
           de asentamientos en Cisjordania. Así pues, el   constituye una quimera, debería recordar que
           Derecho Internacional  Humanitario regula el   desde Enero de 2014 el Perú cuenta con unos    cu
                                                                                                         TJ
           com portam iento de las partes de un conflic­  50,000 kilómetros adicionales de Zona Econó­   O
           to  a  fin  de  evitar en  el  mejor grado  posible,   mica Exclusiva marítima, producto de un fallo   c E
           el  sufrimiento  de  aquellas  personas  que  no   de  la  misma  Corte  Internacional  de  Justicia
                                                                                                         ro
           participan en el combate. Existen evidencias   cuya Opinión Consultiva sobre el muro israelí   O
                                                                                                         Q.
           para  concluir, por ejemplo, que las reglas de   citamos líneas arriba).                      ro
                                                                                                         Tj
           enfrentam iento  israelíes  violan  el  Principio                                             ro
           de  Proporcionalidad  al  momento  de  atacar   En  su  momento  existían  indicios  de  la  comi­  T3
                                                                                                         CU
           instalaciones  de  doble  uso  civil  y  m ilitar  o   sión de crímenes de guerra o lesa  humanidad   ro
                                                                                                         on
           lugares protegidos por escudos humanos. Las   tanto  por  parte  de  Hamás  como  (en  mucha   >
                                                                                                         CU
           Convenciones de Ginebra también  prohíben     mayor proporción),  por parte de  Israel  (según   cc
           a  las  potencias  ocupantes  que  evacúen  o   constataron  diversos  órganos  del  sistema  de
           trasladen  a  su  propia  población  civil  a  terri­  Naciones Unidas, así como, posteriormente, una
                                                                                                         cr>
           torios ocupados. Esto haría, por lo tanto, que  investigación  preliminar de Amnistía  Interna­
                                                         cional15). Dado que  las partes no atendieron a
                                                                                                         1
                                                                                                         2
           13.  Ver:http://elpais.com/d¡ario/2005/10/07/internacional/1128636009_850215.html             §
                                                                                                         Q
           14.  Ver: https://www.facebook.com/photo.php?v=746101108745468&set=vb.163056727049912&type=2&theater


                                  E  s  c  e  n  a  r i o  s     d  e     s  o  l u  c  i ó  n     a l    c  o  n  f l i c  t o     p  a  l e  s  t i n  o  - i s  r a  e  l í    353
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