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libertad  de conciencia  (véase el  ítem 4.4. del   un congresista al partido político o alianza por
            "Análisis" del Dictamen).                    el que fueron elegidos y/o dejen  de pertenecer
                                                         al grupo parlamentario de origen y su posterior
            Y otra sustancial característica de la propuesta   adhesión a otro grupo parlamentario, supone
            se centra en los efectos de la"renuncia"o al acto   alterar esa manifestación de la voluntad popular"
            de "dejar de pertenecer" a la bancada o partido   (subrayado agregado)12; sin  embargo, las con­
            político. El Dictamen plantea tres consecuencias   secuencias de  esa "alteración" de  la "voluntad
            a  saber:  (i)  Que  no  pueden  constituir  Grupo   popular" es sancionada recortándole el acceso
            Parlamentario, ni adherirse a otro nuevo; (ii) Que   a  recursos  logísticos,  pero  manteniéndolo en
            no pueden ser considerados en la distribución   el  escaño con  el  arma  más  poderosa  de todo
            de  la  directiva  de  las  Comisiones  ni  pueden   tránsfuga:  el  poder  de  negociación  del  voto
            ocupar cargos directivos en el Congreso de  la   en el Pleno o en las Comisiones que integra en
            República  (integrar  la  Mesa  Directiva:  Presi­  calidad de miembro, en desmedro del  partido
            dencia y Vicepresidencias); y, (iii) Requieren del   por el cual postuló al cargo, el cual ve mermado
            respaldo de un mínimo de seis (6) Congresistas   su número de cumies que inicialmente le corres­  ro
                                                                                                          E
            para presentar Proyectos de Ley.             pondían por la fuerza de la voluntad popular.
                                                                                                          ai
                                                                                                         X
            En otras palabras, la propuesta apunta a que el   He aquí el  punto de quiebre con  la  propuesta   x ro
            Congresista tránsfuga se convierta en un paria,   del  Dictamen de la "Comisión Chehade" y que   "O
                                                                                                          i/i
            una  suerte  de zombie dentro  del  Parlamento   considero irreconciliable dada  mi  postura que   ai
                                                                                                          >
            porque  no  puede  integrar  ninguna  bancada.  he  venido  sustentando y sosteniendo  desde   c
                                                                                                         3
            Y de esta manera, se le priva del derecho a ser   hace algún tiem po13: que el escaño no le perte­  ro
            elegido  en  cargos directivos en  Comisiones y   nece al Parlamentario sino al Partido por el cual   OI
                                                                                                         "O
            en la Mesa Directiva, además de dificultársele la   este  postuló en  las justas electorales. Y, desde   0
                                                                                                         -C
            función de proponer iniciativas legislativas. En   este  punto  de  vista,  toda  medida  legislativa   u
                                                                                                          O)
            buena cuenta, se le priva del acceso a recursos   que regule la patología del transfuguismo debe   ai
                                                                                                         Q
            logísticos si éste contara con el pleno ejercicio   siempre derivar en  que el  tránsfuga  pierda  el   a
                                                                                                         XI
            de su derecho a ser elegido en cargos Directivos   escaño, porque su conducta infringe la Consti­  x
                                                                                                          ro
            al interior del Parlamento; sin embargo, no se le   tución. Debe llamarse, inmediatamente, al acce-
                                                                                                          rs
            priva del derecho al voto que, a la larga, termina   sitario, a efectos que se resguarde la voluntad   01
                                                                                                          ro
                                                                                                         U_
            siendo lo más importante de cara a las negocia­  popular de que un partido ocupe determinado
            ciones políticas del grupo oficialista que en caso   número de curules en el Parlamento Nacional.   ai
                                                                                                         X
            no obtenga  mayoría  parlamentaria, cada voto   En consecuencia, toda medida legislativa como   o
                                                                                                          c
            cuenta,  incluso el  de  los tránsfugas  apatridas,   la  propuesta  en  el  Dictamen  de  la "Comisión   E
            para  usar una terminología a  la que ya  me he   Chehade" que  no  conlleve  medidas  de  esta   a
                                                                                                          to
            referido en otra oportunidad (supra nota 4).  naturaleza,  será  siempre — en  mi  concepto—   o
                                                         inconstitucional  porque vulnera  los principios   Q.
                                                                                                          ro
                                                                                                         X
            Así las cosas, encuentro un contrasentido en la   constitucionales de democracia representativa   ro
            argumentación  a la cual  recurre la fundamen­  y representación proporcional que articulan el   X ai
            tación del Dictamen de la "Comisión Chehade",   derecho fundamental a la participación política.  ro
            porque si  bien  reconoce que en cada  proceso                                                >
                                                                                                          ai
            electoral  los  ciudadanos votan  por el  partido   Me  explico.  Parto  de  la  tesis  sostenida  por el   cr
            "cuyo programa de gobierno representa mejor sus   Tribunal  Constitucional  en  la  Sentencia  No.
            convicciones e intereses y por ende la renuncia de  0030-2005-PI/TC14  emitida  en  el  año  2006,  a
                                                                                                         O í
                                                                                                         i
            12.  Véase la página 9 del Dictamen de la "Comisión Chehade".                                O
            13.  Me refiero, siempre, a mi trabajo Anatomía del Transfuguismo tantas veces citado.       §
                                                                                                         Q
            14.  Ver: «http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2006/00030-2005-AI.html»




           Transfuguismo:  ¿Historia  sin  fin?Comentarios  a  un  nuevo  intento  regulatorio  en  el  Parlamento  Peruano  361
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