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los resultados de dicho examen intentar afirmar o la realidad crediticia en el marco de la cual
negar la existencia de la mora del acreedor29. dichos actos se ejecutan.
V. UNA APROXIMACIÓN A LA SOLUCIÓN Ya Titze3' mencionaba que los presupuestos del
DEL PROBLEMA DESDE LA NATURALEZA cumplimiento del deudor los constituyen de un
DE LA PRESTACIÓN. lado la actividad del deudor y del otro la porción
del mundo exterior "ein Stück der Aussenwelt"
Para poder afirmar que la imposibilidad de reci sobre la cual es ejercida la primera.
bir se encuentra enmarcada como un supuesto
que genera la imposibilidad de la prestación, En similar posición, Cottino32 explica que sien
consideramos se debe partir primero del con do el acreedor el sujeto al que se encuentra
cepto mismo de esta última, fenómeno jurídico destinado el objeto de esta, no es posible
que en nuestra opinión no debe ser estudiado hacer abstracción de su persona en caso se
únicamente desde la perspectiva del acto de deba determinar si existe o no cum plim iento
cumplimiento del deudor. de la prestación y, en idéntica lógica, tampoco
Revista e d ita d a p o r a lu m n o s de la F aculta d de D e rech o de la U n iv e rs id a d de Lim a
en la determinación de la imposibilidad de
En efecto, para dar respuesta a nuestro proble ejecutarla.
ma creemos que es esencial reconocer que la
prestación como objeto de la obligación no se Esta porción del m undo exterior o en pa
agota en el acto del deudor en sí, por lo menos labras de Larenz "aquello en lo cual o con lo
en un sentido material. cual ha de verificarse la prestación"33, podrá
ser de naturaleza objetiva o subjetiva, to
Diez-Picazo agudamente advierte de ese riesgo mando la forma de una cosa o conjunto de
al recordar que la prestación también debe ser cosas -p o r ejemplo, el teatro objeto de un
vista como "un plan o un proyecto acerca de una incendio cuyos dueños habían contratado
conducta futura de una persona. Se puede hablar un reconocido artista- como también de la
por ello de un 'programa de prestación'. Dicho en propia persona del acreedor entendida en
otros términos, es la programación ideal o intelec un sentido material -p o r ejemplo, la facultad
tual de un acontecimiento que se aspira que sea visual del alumno que recibía clases privadas
realidad en un momento posterior"30. de fotografía-.
Creemos que esta programación de la con Evidentemente, en determinados casos será
ducta de prestación a cargo del deudor no necesario realizar un análisis minucioso que
solo comprende los actos a ejecutarse por el permita deslindar del sustrato de la prestación
deudor para su liberación, sino que la misma aquellas simples dificultades que impactan
tam bién com prende -siem pre en el plan adjetivam ente en la esfera y el interés del
proyectado al momento de la celebración del acreedor sin llegar a impedir la recepción de
negocio por ambos el deudor y el acreedor- la prestación. Se trata, para Ambrosoli, de
29. COTTINO, Gastone. Op. Cit., p. 453.
30. DÍEZ-PICAZO, Luis. Op. Cit., p.271.
31. TITZE. "Die Unmóglichkeit der Leistung". Braunschweig: 1853, p.90 . En: COTTINO, Gastone. Op. Cit., p. 449.
I 32. COTTINO, Gastone. Op. Cit., p. 451. El profesor italiano advierte que incluso la figura de la mora accipiendi no deja
AD VO C ATU S 33. de lado la satisfacción del interés creditorio -al otorgar remedios como la consignación del bien o la traslación de
los riesgos y costos pero no la extinción del vínculo obligatorio-. Así tampoco, en su opinión, debería dejarla de
lado el análisis de la imposibilidad de la prestación.
LARENZ, Karl. Op. Cit., p.381.
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