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tener como objetivo el hallazgo de nuevos ya­  les, pudiendo ser un particular o el Estado quien
                  cimientos que permiten finalmente la ejecución   otorgue finalmente dichos derechos. Asimismo,
                  de proyectos de explotación con los beneficios   dependiendo  del  tipo  de actividad  minera  se
                  a  nivel  nacional  que  ello  implica.  Por ello es   evalúa  la  necesidad  de  adquirir  la  propiedad,
                  necesario promover la exploración minera, que   posesión,  superficie  o  cualquier otro derecho
                  permitirá encontrar nuevos yacimientos lo cual   sobre el terreno.
                  mejorará nuestra posición en el IPM, y no repetir
                  el  descenso  que tuvimos en  este  índice en  la   1.  Obtención de derechos de acceso a
                  encuesta Fraser del año 2015.                    terrenos de propiedad del Estado.

                  En este trabajo comentaremos algunos aspectos   En  caso  que el  terreno  sea  de  propiedad  del
                  que, en  base a nuestra experiencia, considera­  Estado,  la  adquisición  de  los  derechos  de ac­
                  mos pueden ser mejorados para  promover las   ceso  se  realiza  a través  de  un  procedimiento
                  actividades de exploración, en particular aque­  administrativo,  en  el  que  la  Superintendencia
                  llos  vinculados  con  la  obtención  de  derechos   de  Bienes  Estatales  (en  adelante, "SBN")  es  la
            Revista editada  por alumnos de la  Facultad  de  Derecho de  la  Universidad  de Lima
                  superficiales como requisito para realizar tales   principal  entidad  involucrada.  Se  consideran
                  actividades.                                 como bienes de propiedad del Estado aquellos
                                                               que se encuentran inscritos a favor del mismo,
                  II.   COMENTARIOS A LA REGULACION PARA       o que no tienen propietario, ello de acuerdo a
                      OBTENER Y ACREDITAR DERECHOS DE          lo establecido en la Ley 29151, Ley General del
                      ACCESO ATERRENOS SUPERFICIALES           Sistema Nacional de Bienes Estatales7.

                  De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del   Anteriormente el TUO establecía en  su artícu­
                  Decreto  Supremo  N° 014-92-EM, Texto  Único   lo  37  el  derecho del  titular de  una  concesión
                  Ordenado de la Ley General de Minería (en ade­  minera  al  uso gratuito y automático sobre  los
                  lante, "TUO"), las concesiones mineras otorgan   terrenos eriazos del  Estado ubicados sobre su
                  a su titular el derecho a explorar y explotar los   concesión.  Ello fue  modificado,  quedando  sin
                  recursos  minerales dentro de  un  área  identifi­  efecto el uso gratuito y automático.
                  cada  mediante  coordenadas  Universal Trans­
                  versal  de  Mercator  (abreviadas  como "UTM").   El  procedimiento  para  obtener  derechos  de
                  Es  importante  precisar que  dicho  derecho  no   acceso a los terrenos superficiales de propiedad
                  incluye  el  acceso  al  terreno  superficial  sobre   del Estado ha cambiado y actualmente es regu­
                  el que se encuentran  las concesiones.  Por ello   lado por la Ley 30327, Ley de Promoción de las
                  es  necesario  que  los titulares  de concesiones   Inversiones para el Crecimiento Económico y el
                  mineras  obtengan,  entre  otros  permisos,  los   Desarrollo Sostenible, que establece una serie
                  derechos de acceso a los terrenos superficiales   de medidas para la simplificación e integración
                  de forma  previa  a  la  realización  de  cualquier   de permisos y procedimientos.
                  actividad minera.
                                                               En el Capítulo I del Título IV de dicha norma se
                  Los mecanismos para adquirirtales derechos de   regula el procedimiento para otorgar el derecho
                  acceso varían en función a la persona o entidad   de servidumbre sobre terrenos eriazos de pro­
                  que sea el propietario de los terrenos superficia­  piedad  estatal  para  proyectos de  inversión.  El


            ADVOCATUS  133   7.   En efecto,  el  artículo  23  de  la  Ley 29151  establece  lo  siguiente: "Los predios que no se encuentren inscritos en el

                      Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son
                      de dominio del Estado,  cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales  -  SBN; y
                      en las zonas en que se haya efectuado transferencia de competencias, a los gobiernos regionales, sin perjuicio de las
                      competencias legalmente reconocidas por norma especial a otras entidades y de las funciones y atribuciones del ente
                      rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales".




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