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concebir esta categoría en términos objetivos, desvinculada del dogma causal.21 "El rasgo
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con total prescindencia de la valoración de común entre estos criterios sería el principio del « t
aspectos subjetivos. Sin embargo, cuando las riesgo, con base a que, partiendo del resultado, KJJ i
bases originales de la teoría de la imputación lo importante es saber si la conducta del autor ii m t
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objetiva se someten a revisión, se puede creó o no un riesgo jurídicamente relevante de w v t
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observar que dicha contraposición no es lesión típica de un bien jurídico".22 Con base en
DERECHO
absoluta. Esta constatación obliga a recurrir a los criterios de imputación objetiva sostenidos PENAL
planteamientos teóricos que fundan el juicio por HONIG, esta teoría sostiene "que solo es
de imputación objetiva en bases nuevas, con lo im putable aquel resultado que puede ser
cual emprenden una auténtica desarticulación finalmente previsto y dirigido por la voluntad.
y reconstrucción de la teoría de la imputación De este modo, aunque esté presente una
objetiva.18 relación de causalidad, faltará la posibilidad de
imputar objetivamente un resultado al sujeto
La expresión "im putación objetiva", según si estamos frente a un curso causal irregular
LARENZ, fue ideada en un primer momento o no— dominable, ya que en estos casos, está CC3
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para excluir del concepto de acción sus efectos ausente la posibilidad de un control efectivo del
im previsibles, por entender que estos no proceso causal. Luego, los resultados que no QJ
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pueden considerarse obra del autor de la acción, fueron previsibles o dirigibles por la voluntad -O
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sino obra del azar.19 Por su parte, Juan BUSTOS no son típicos".23
parte de una valoración puramente valorativa, QJ
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En la cual, la causalidad, como concepto Según MIR PUIG, la imputación objetiva, la c
naturalístico, no tiene cabida. "El contenido de imputación subjetiva y la imputación individual
la tipicidad desde la perspectiva de la norma o personal son tres niveles necesarios para que cu
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de prohibición, está necesaria y lógicamente sea posible la completa imputación a un autor o
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referida a valores, los cuales solamente se culpable. Im putar el delito en su totalidad cu
refieren a acciones y no a resultados".20 significa "culpar" a alguien como su autor (si ai
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imputar es atribuir algo a alguien, cuando lo cu
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A comienzos de la década del 70 del siglo XXI, que se imputa es algo ético o jurídicamente "O
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ROXIN planteó una reformulación de una serie disvalioso imputar es culpar de ello). Los tres
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de criterios normativos y doctrinarios en materia niveles indicados de im putación (objetiva, ra
de imputación penal respecto a los delitos de subjetiva y personal) constituyen exigencias del
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resultado tanto en lo que se refiere a los dolosos principio de culpabilidad, entendido en el sentido ■O
y culposos, con miras a la construcción de una amplio que permite y aconseja este término para IS)
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nueva teoría general de la imputación objetiva servir de fundamento a todas las exigencias que £
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18. ROJAS AGUIRRE, Luis Emilio. Lo subjetivo en el juicio de imputación objetiva, Aporia teórica. www.scielo.cVscielo. “O
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php?pid=S0718...script=sci...Revista de Derecho (Valdivia) versión Online ISSN 0718—0950. doi: 10.4067/S0718—
~ü
09502010000100010. Revista de Derecho, Vol. XXIII, N° 1, julio 2010, pp. 233— 254. cu
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19. Referido por MIR PUIG, Santiago, cit., pág. 71. i/i
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20. BUSTOS, Juan. Manual de Derecho penal, Parte general, 4a ed., PPU, Barcelona, pp. 188 y ss. cc
21. "Esta ley causal sería inadecuada e insuficiente en el derecho penal como (único) principio de la imputación del
resultado. El concepto penal de'causalidad'es un concepto de relación jurídico social con referencias ontológicas
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y normativas; a saber, no se identifica con el concepto causal de las ciencias naturales, ni con el concepto causal CN
filosófico'' (WESSELS, Derecho Penal Parte General, pp. 52-53; BODERO, Edmundo René, La causalidad en el derecho
penal). s
22. REGIS PRADO, LuizY MENDES DECARVALHO, Erika.Teorías de la imputación objetiva del resultado. Una aproximación 2
crítica a sus fundamentos, Ara Editores, Lima, 2007, pág. 84. §
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23. Ibíd., pág. 84.
U n a a p r o x i m a c i ó n a l a t e o r í a d e l a i m p u t a c i ó n o b j e t i v a