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las  estructuras  materiales  de  la  imputación,   acción,  en  caso  de  que  hayamos  perdido  esa
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          aportando mayores elementos sustanciales de   posibilidad por nuestra propia culpa. Lo mismo      «
          juicio y análisis. Autores como WELZEL y KAUF-   sirve  para  aquellas  cosas  cuya  realización  le
                                                                                                            M ■; i
          MANN en un primer momento, y con posterio­   resulta  imposible  a  una  persona  en su estado
                                                                                                            0 -0 .
          ridad  MARTINEZ43, atribuyen a  PUFENDORF,  la   actual en el caso que ella haya tenido la culpa   t/Vl
                                                                                                            lili I
          verdadera autoría del concepto de imputación.44  de no poder ya realizarlas".49
                                                                                                     DERECHO
                                                                                                      PENAL
          Es PUFENDORF, “quien  repetiría  el axioma con   A la luz del derecho natural racionalista, el reco­
          una  locución  casi  idéntica  en  su  obra  más   nocimiento del hombre como ser racional, con
          im portante  De Jure Naturae et Gentium  Hbri   capacidad  de  comprender,  evaluar y deducir
          acto45 y en su escrito De Officio Hominis et Civis   lo desconocido sobre la  base del concepto de
          juxta legem naturalem libri dúo".46 Como     imputación, no solo se profundiza sobre las es­
          lo  menciona,  HRUSCHKA,  en  el  axioma  y  en   tructuras materiales de ella, sino que se busca
          los  comentarios  que  de  él  hace  en  sus  ideas   circunscribir las acciones humanas sobre hechos
          plasmadas en  los Elementa47, "es  PUFENDORF,   en  concreto,  delimitándolas  de  esta  manera   ro
                                                                                                        £
          quien  expone  problem as  aparentem ente    ante  los  acontecimientos  fortuitos. "Solo  los
          heterogéneos  — que  hasta  hoy  siguen      resultados  que  dependen  de  la  voluntad  hu­  QJ
                                                                                                        -o
          considerándose en gran parte heterogéneos—   mana, o que sean dominables por ella, pueden     ■o
                                                                                                        ro
                                                                                                        "O
          y  busca  sus  elementos  comunes  a  través  de   ser imputados al hombre como obra suya, razón   •SI
          la  fuerza  de  la  exposición  conjunta".48  En  los   por la que el concepto de imputación, depende,   0J
                                                                                                        >
          comentarios  al  prim er  axioma  "recoge  por   por tanto, de la voluntad".50 Para PUFENDORF, el   C
                                                                                                        3
          primera  vez  en  los  Elementa el  concepto  de   hombre posee la facultad de dirigir y dominar   _ro
          imputación  (¡mputatio) y que  no  es  valorado".   sus movimientos a través de sus propias deci­  oJ
                                                                                                        T 3
          Sobre  el  particular  señala: "No  solamente   siones y  actuaciones.  Sin  embargo,  refiere  el   0
                                                                                                        -C
          pueden  ser  im putados  aquellos  sucesos   mismo autor que esta capacidad no es absoluta,   u
                                                                                                        01
          respecto a los cuales esté a nuestro alcance en   en cuanto que está limitada por determinados   cu
                                                                                                        O
          el momento presente el  que acontezcan  o  no,   principios que son los que orientan la conducta   cu
                                                                                                        T5
          sino también aquellos cuya producción estuvo   humana. "El  hombre,  en  cuanto  ser  racional,   ■o
                                                                                                        ro
          en  un momento anterior en  nuestro  radio  de  también  integra  el  mundo  de  la  naturaleza,  3
                                                                                                        U
                                                                                                        ro
                                                                                                        u_
                                                                                                        cu
                                                                                                        T3
          43.  MARTÍNEZ ESCAMILLA, M. La teoría de la imputación objetiva del resultado.                i/i
                                                                                                        O
                                                                                                        c
          44.  Ver WELZEL, Hans/ KAUFMANN, Armin/ MARTÍNEZ ESCAMILLA, M., Teoría de la imputación objetiva del resultado,   E
              en REGIS PRADO, LuizY MENDES DE CARVALHO, Erika, nota a pie, N° 16, cit., pág. 31.        3
                                                                                                        tO
          45.  Lib. I, capítulo V, § 5; citas según la 2a ed., 1684.                                    O
                                                                                                        ca­
          46.  Lib. I, capítulo 1, § 17; cifras según la edición original, 1673.                        co
                                                                                                        T3
                                                                                                        ro
          47.  En los Elementa, se desarrolla por primera vez la noción de una idea filosófica práctica general. A ellos les sucede los
                                                                                                        TJ
              correspondientes trabajos de Christian Wolft; Daries, Baumgarten, Kant, entre otros, hasta el desplome de la filosofía   cu
                                                                                                        ro
              práctica tras el  primer tercio del  siglo XIX.  Para  los juristas también es importante el  hecho de que los Elementa
              contienen por primera vez el concepto de una "parte general"; no solamente una "parte general" del Derecho penal,   >
                                                                                                        CU
              sino una "parte generaF'de la ciencia jurídica y, además, sobre todo, a partir de la filosofía práctica. El libro ha tenido   cc
              una gran influencia también y precisamente en la parte general del Derecho penal. Es más, en las teorías actuales de
              la parte general del Derecho penal en cierta medida todavía no han tenido en cuenta la obra (HRUSCHKA, Joachim,
              imputadón y derecho penal: estudios sobre la teoría de la imputadón, coordinación y supervisión a cargo de Pablo   co
              Sánchez—Ostiz, 2a ed., Editorial IB de F, Montevideo— Buenos Aires, Julio César Faira— Editor, 2009, pág. 51).  CN
                                                                                                       </)
          48.  Loe. Cit.                                                                               B
          49.  Ibíd., pág. 54.                                                                         O
                                                                                                        §
          50.  WEIZEL, Hans/ KAUFMANN, Armin/MARTÍNEZ ESCAMILLA, M., en Teoría de la imputación objetiva del resultado, cit.,   Q
              Ibíd., pág. 31.

                              U  n  a     a  p  r o  x  i m  a  c  i ó  n     a    l a    t e  o  r í a     d  e     l a    i m  p  u  t a  c  i ó  n     o  b  j e  t i v  a
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