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positivamente, vinculación moral a una norma o sustancial entre imputación ordinaria y extraor
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ley superior que proporciona a la voluntad una dinaria, sus reflexiones en materia de imputa
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forma de conocimiento por la que puede enjuiciar ción y responsabilidad siguen mereciendo una CAJ
la bondad o la maldad en el mundo físico, cuyo g ra n a te n c ió n , p u e s to d a v ía h a y g ra n d e s líne as 11 ■ 11
OJO.
acontecer está sometido aun curso uniforme —el trazadas que apenas se toman en considera l/M
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de la causalidad—, la acción humana, porque es ción.60
DERECHO
libre, puede tomar las más variadas direcciones".56 PENAL
VI. EL CONCEPTO ANALÍTICO DEL DELITO
La importancia de la obra de PUFENDORF reside
en haber establecido los presupuestos y límites A comienzos del siglo XIX, Georg HEGEL elabora
que permiten definir la imputación de una persona un principio fundam ental que más tarde
resultado de un proceso causal como obra suya, sería desarrollado por otros tratadistas como
a los efectos de poder condicionar una posterior KOSTUN, BERNER, ABEGG Y HÁLSCHNER6',
valoración de conducta en términos de responsa sobre el cual, según parte de la doctrina, se
bilidad57, para cuyos fines, el sentido de imputativas asienta la moderna teoría de la imputación ro
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que representa el concepto de acción tiene como objetiva62. Investiga cuáles resultados podrán
elementos directrices la voluntad y el dominio del ser imputados al sujeto, y la respuesta es la CL>
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hecho, mientras que el imputatío a diferencia, solo siguiente: "un hecho solo puede ser imputado ~o
(O
consiste en un juicio de valor sobre una conducta como responsabilidad de la voluntad".63 "O
realizada por el hombre58 Su labor realizada fue el O)
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sustento más importante que serviría años más tar La imputación es, en el sistema de HEGEL, "el c
de para el cabal desarrollo del moderno concepto reconocimiento del individuo como sujeto y —
analítico de delito, y de esa manera poder separar espíritu por el derecho, que valora su hacer ai
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la parte objetiva del mismo (imputatío facti) de la como un hecho de libertad. Acción es expresión o
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subjetiva (imputatío jurís). Como lo señalan REGIS de la voluntad subjetiva; dolo es la correspon ai
PRADO Y MENDES DE CARVALHO, el concepto de dencia entre voluntad interior y exterior".64 La ai
O
delito se encontraba desprovisto de unidad interna imputación responde a la pregunta sobre qué ai
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y aparecía configurado como una simple yuxta se puede atribuir al sujeto como su acción, por la T3
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posición entre elementos objetivos y subjetivos.59 cual se hace responsable. Esta pregunta puede
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plantearse inicialmente con independencia de ro
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Aunque han pasado muchos años desde que una valoración moral o jurídica de la acción; asi
PUFENDORF llevara a cabo una diferenciación mismo, no exige un juicio de valor, en razón de T>
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73
56. GRACIA MARTÍN, Luis. Fundamentos de Dogmática penal: una introducción a la concepción finalista de la ro
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responsabilidad penal, cit., pág. 152.
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57. Ibíd., pág. 36. T5
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58. Loe. Cit. ~a
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59. REGIS PRADO, Luiz y MENDES DE CARVALHO, Erika, cit., pág. 37. ro
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60. HRUSCHKA, Joachim. Imputación y derecho penal: estudios sobre la teoría de la imputación, cit., pág. 55. >
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61. "El concepto de acción desarrollado por Samuel Pufendorf — introducido a la ciencia jurídico— penal por J.S. ce
van Bohmer (1704— 1772)— sirvió de fundamento para la dogmática penal hasta principios del siglo XIX. En la
primera mitad de ese siglo, los hegelianos (especialmente Abegg, Berner y Kóstlin) pusieron nuevamente en el
sistema jurídico— penal la idea de que el fundamento objetivo de la imputación está en la acción" (Ibíd., pág. 41). co
cg
62. Ibíd., pág. 33.
3
63. Ibíd., pág. 38. K
O
64. ROJAS AGUIRRE, Luis Emilio. Lo subjetivo en e! juicio de imputación objetiva. Aporia teórica, www.scielo.cl/scielo. §
php?pid=S0718...script=sci ... Revista de Derecho (Valdivia) versión On— line ISSN 0718—0950. doi: 10.4067/ Q
S0718—09502010000100010. Revista de Derecho, Vol. XXIII, N° 1, julio 2010.
U n a a p r o x i m a c i ó n a l a t e o r í a d e l a i m p u t a c i ó n o b j e t i v a