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ducir determinados acontecimientos a la voluntad   un sujeto, o sea, la  imputación  no es más que
                                                                                                            _J—i
          personal. Como lo refieren, REGIS PRADO y MENDES   el  intento  para  delim itar  los  hechos  propios   «
          DE CARVALHO, "son imputables aquellos aconteci­  de  un  agente  en  relación  a  acontecimientos   V-AJ
          mientos sobre los cuales existía la posibilidad de di­  puramente  accidentales.95  Es  decir, cuando se   UBI I
                                                                                                            QA
          rección por la voluntad del agente. La posibilidad de   dice que alguien causó un hecho determinado,   toen
                                                                                                            UBI I
          previsión y dominio de los cursos causales delimita   se afirma que ese acontecimiento en particular
                                                                                                     DERECHO
          la frontera de la imputación, permitiendo la impu­  es  obra  suya,  de  su  voluntad  y  no  de  un   PENAL
          tación al agente de hechos propios y rechazando   acontecimiento  accidental  o  fortuito. Todos
          la  posibilidad de atribución de acontecimientos   los  intentos  que  el  ju icio   de  im putación
          accidentales".92 "La voluntad  humana domina el   pretende definir como mero juicio causal están
          acontecer causal y lo convierte en un hecho pro­  destinados al fracaso. "Es importante destacar
          pio, dirigiéndolo hacia  un determinado objetivo.   que solo la voluntad  puede dirigir un  proceso
          El hecho surge, así como un todo teleológico —a   causal  y  puede transformar las consecuencias
          saber—, como un conjunto de causas y efectos que   accidentales. Quiere decir la imputación de un
          encuentran  su  punto de unificación en  los fines   hecho entre acontecimiento y voluntad".96  ro
                                                                                                        £
          establecidos por la voluntad".93                                                              _j
                                                        En tal sentido, LARENZ entiende por voluntad el   CU
                                                                                                        TS
          En  iguales términos,  la voluntad se realiza en el   yo que interviene en el mundo exterior actuando,   T3
                                                                                                        ro
          hecho y mediante la capacidad de definir fines y   en  tanto  plantea  fines  y los  realiza; acción es   <✓>
          de realizarlos, de darle al curso causal la dirección   expresión de la voluntad, esto es, una actividad   cu
          hacia un objetivo, quizás lejano, pero consciente   corporal que es dirigida por la voluntad; y hecho
          y querido, de servirse del mismo, la voluntad do­  es la  realización  completa  de  la  voluntad, esto
          mina el acontecimiento natural y lo convierte en   es, tanto la  actividad  inmediata del  sujeto — la   -o
                                                                                                        CU
          su propio hecho. La imputación como juicio sobre   acción— como el  acontecimiento posterior —   O
                                                                                                        sz
          el  hecho  no es  por tanto  un juicio causal,  sino   las consecuencias de la acción—, en la  medida   u
                                                                                                        <u
                                                                                                        cu
          teleológico. "El concepto de fin  no debe enten­  en  que  este  se  encuentra  en  una  conexión   Q
          derse subjetiva, sino objetivamente; no solo debe   teleológica con aquel, que es dominado por la   TJ
                                                                                                        cu
          imputarse aquello que era consciente y querido,   voluntad.  De  ahí que "se  hable  de  causalidad   -o
                                                                                                        ro
          sino también aquello que era consciente y que   de la voluntad.  Esta  supone,  por  una  parte,
                                                                                                        u
                                                                                                        ro
          podía ser abarcado por la voluntad, que era po­  la  capacidad  de  un  sujeto  de  prever el  curso   LL
          sible objeto de la voluntad. El hecho es entonces   causal, de reconocer el efecto de determinadas   _  r  o
          autorrealización de la voluntad y la imputación es   causas, esto es, el  momento del conocimiento,   T3 cu
          el juicio que vincula al hecho con la voluntad".94  y,  por otra,  la capacidad  de  intervenir, en  base   O
                                                                                                        c
                                                        a  ese conocimiento,  en  el  curso causal  y darle   E
                                                                                                        Z¡
           Desde esta perspectiva, la imputación objetiva   la dirección deseada. El hombre se convierte en   ro
           no  es  otra  cosa  que  aquel  juicio  por  el  cual   autor, en tanto es persona, y su fin se arraiga en   0
                                                                                                        O.
           un  determinado  hecho  surge  como  obra  de  la libertad de su voluntad".97                ro
                                                                                                        T3
                                                                                                        ro
                                                                                                        B
                                                                                                        cu
                                                                                                        ro
           92.  Ibíd., pp. 44 y 45.                                                                     i/t
                                                                                                        >
                                                                                                        01
           93.  Ibíd., pág. 43.                                                                         cc
           94.  ROJAS AGUIRRE, Luis Emilio. Lo subjetivo en el juicio de imputación objetiva, Aporia teórica, cit., pág. 4.
           95.  REGIS PRADO y MENDES DE CARVALHO, cit., pág. 43.                                        C0
                                                                                                        CN
           96.  Ibíd., pág. 43.
                                                                                                        3
           97.  ROJAS AGUIRRE, Emilio. Lo subjetivo en el juicio de imputación objetiva. Aporia teórica, cit., pág. 5. En este sentido,
               LARENZ entiende  por voluntad  el yo que  interviene en  el  mundo exterior actuando, en  tanto  plantea  fines y   S
               los realiza; acción es expresión de la voluntad, esto es, una actividad corporal que es dirigida por la voluntad; y   §
               hecho es la  realización completa de la voluntad, esto es, tanto la actividad  inmediata  del  sujeto — la  acción-   Q
               como el acontecimiento posterior — las consecuencias de la acción—, en la medida en que este se encuentra en



                               U  n  a     a  p  r o  x  i m  a  c  i ó  n     a    l a    t e  o  r í a     d e    l a    i m  p  u  t a  c  i ó  n     o  b  j e  t i v  a
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