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del Ejército Peruano y específicamente desde su Rojas votó porque se admita la recusación a
Comandancia General".94 trámite por los siguientes argumentos:
La consideración del Tribunal Penal Supremo • La recusación es un mecanismo de la garantía
contenida en el párrafo 2.16 del auto permite procesal constitucional a un tribunal imparcial.
establecer un criterio fundamental; si la revi
sión por recurso de nulidad de dos sentencia • La in te rp re ta ció n te le o ló g ica del a rtículo 29
de fondo del "Caso La Cantuta", impide por inciso 7.
contaminación procesal que los magistrados
recusados cumplan con la garantía del tribunal • La recusación cumple con los requisitos de
imparcia; con mucho mayor razón las jueces admisión.
superiores que em itieron además de dos
sentencia de fondo por el "Caso La Cantuta", • Los argumentos de fondo deben ser exami
6 sentencias de aprobación de convenios de nados por el tribunal llamado por ley porque
colaboración eficaz y una sentencia confor no se verifica improcedencia manifiesta.
U niversidad de Lima contaminación procesal más intenso no podían La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte
mada sobre el mismo objeto por un nivel de
continuar juzgando y menos sentenciar, sin
Suprema mediante resolución del 23 de julio
violentar garantía procesal constitucional del
del 2008 declaro la no anulación del auto de
rechazo liminar de la recusación en mayoría, por
tribunal ¡mparcial.
los siguientes argumentos:
2. El rechazo liminar arbitrario de
Facultad de Derecho de la 2.7.Enunciado de razones que dieron los • artículo 29.
No se verifica ninguna de las causas del
recusación por mayoría emitido por
el Tribunal que juzgó y finalmente
sentenció.
No existen motivos fundados de temor de
•
parcialidad.
Tribunales nacionales a partir del rechazo
Similares argumentos utilizó la Primera Sala
lim inar de la recusación.
Penal Especial Superior al momento de pronun
la El 8 de mayo del 2008 la Primera Sala Penal Es ciarse, por todas las razones expuestas de modo
por alum nos de chazó de forma liminar la recusación formulada, a través de la Sentencia de fecha primero de
pecial Superior, en la sesión 154 del juicio oral,
arbitrario, sobre el fondo de la controversia
por mayoría (Vocales Superiores Inés Felipa Villa
octubre del dos mil diez en la que como era de
Bonilla y Luz Inés Tello Valcárcel de Ñecco) re
esperarse condenó a Nicolás Hermoza.
sobre la base de tres argumentos:
Revista e ditada • similar recusación. 2.2. La arbitrariedad cometida por la Sala
Penal al rechazar, por mayoría, de forma
Lo resuelto en anterior oportunidad en
lim inar la recusación.
La interpretación literal del artículo 29
•
El Tribunal Constitucional Español, en la SSTC
inciso 7.
230/1992, del 14 de diciembre, se refiere al
derecho a recusar como parte del contenido
• No existe identidad de objeto, sino conexión a un proceso público con todas las garantías
126 de objetos. (debido proceso),"de modo que la privación de
ADVOCATUS En minoría la Vocal Superior Hilda Cecilia Piedra la restricción de una garantía esencial que
la posibilidad de ejercer la recusación <implica
94. Ibíd., Párrafos 2.13 y 2.14, pág. 12.
5 0 C é s a r A u g u s t o N a k a s a k i S e r v i g ó n