Page 50 - Edición N° 26
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OBJETO DE LA SENTENCIA DEL “CASO  LA      OBJETO DE  LA SENTENCIA QUE SE EXPIDIÓ A
                             CANTUTA”                    PARTIR DEL JUICIO ORAL POR LOS “CASOS  DE           _L_J
                                                                                                             «
                                                         BARRIOS ALTOS,  DESAPARECIDOS  DEL SANTA,
                                                               Y EL PERIODISTA PEDRO YAURI”                  UU
                                                                                                             m u
                      1) Existencia del  Grupo Colina.           1)  Integrante del Grupo Colina.            QJX
             2)  Realización de operaciones especiales de aniqui­  2) Realización de operaciones especiales de aniqui­  l/V¡
                                                                                                             1 1 »  n
                     lamiento de presuntos terroristas.         lamiento de presuntos terroristas.
                                                                                                      DERECHO
             3) El Grupo Colina se manejó desde las altas esferas  3) El Grupo Colina se manejó desde las altas esferas   PENAL
             del SIN y el  Ejército como parte de una política anti­  del SIN y el  Ejército como parte de una política anti­
                        subversiva del gobierno.                    subversiva del gobierno.
              4) Los integrantes del  Grupo Colina fueron los au­  4) Autor mediato de los asesinatos que cometió el
              tores materiales de los asesinatos cometidos en el   Grupo Colina en Casos “Barrios Altos”, “Desapareci­
                           “Caso la Cantuta"                 dos del Santa” y "Periodista Pedro Yauri”.



            Igualmente en el m¡smo"Caso La Cantuta"d¡ctó   Se repitió por tanto la identidad de hechos que   02
                                                                                                          E
            sentencia condenatoria contra Alberto Segundo   forman el objeto de los dos procesos.
            Pinto Cárdenas y Wilmer Yarlequé Ordinola, el 3                                              T>
                                                                                                          OI
            de julio del 2008, por los asesinatos del "Caso La   Ya  se  hemos  señalado,  al  comentar  el "Caso   "O
                                                                                                          ro
            Cantuta"al considerar que Pinto Cárdenas, como   Hauschildt",  que  el  Tribunal  Europeo  de   "O
            Jefe  del  Servicio  de  Inteligencia  del  Ejército   Derechos  Humanos  afirma  que  es  legítim o   <D
                                                                                                          >
            (SIE), conoció del destacamento de operaciones   dudar de la  imparcialidad  del tribunal  cuando   C
                                                                                                         3
            especiales "Grupo  Colina" y  de  su  misión  de   el juicio de culpabilidad que va a formular en el   —
            aniquilamiento  de  personas,  al  que  apoyó en   juicio oral, se basará en argumentos y elementos   <v
                                                                                                         T3
            su  funcionamiento  manteniendo  el  destaque   de convicción ya valorados en otra sentencia, así   O
                                                                                                         -C
            de  sus  miembros  y  la  provisión  de  fondos   exista "una pequeña diferencia"entre los objetos   u
                                                                                                          tV
                                                                                                          <u
            más otros bienes; y que Yarlequé Ordinola fue   del proceso.82                               O
            miembro del "Grupo Colina", así como autor de                                                 O)
                                                                                                         ~o
            las ejecuciones extrajudiciales cometidas en el   La base fáctica del "Caso La Cantuta"es la misma   TJ
                                                                                                          ro
            "Caso La Cantuta".81                         que  los "Casos  Barrios  Altos,  Desaparecidos   4-*
                                                                                                          3 VJ
                                                         del  Santa  y  del  Periodista  Pedro  Yauri":  la   ro
                                   OBJETO DE LA SEN­     existencia de un grupo operaciones especiales
                                                                                                          q;
              OBJETO DE LA SEN­   TENCIA QUE SE  EXPI­   de  inteligencia, "el  Grupo  Colina",  dedicado  a   "O
              TENCIA D E L “CASO   DIÓ A PARTIR DEL JUI­  cometer  asesinatos,  que  funcionaba  desde    o
                 LA CANTUTA”       CIO ORAL POR LOS      las  altas  esferas  del  Servicio  de  Inteligencia   c
                                  “CASOS  DE BARRIOS                                                      E
                                                                                                          3
                                                         Nacional y el  Ejército, como  una  expresión  de
                                  ALTOS,  DESAPARECI­                                                     ro
                                  DOS DEL SANTA, Y EL    una política antiterrorista de "guerra sucia".   O
                                   PERIODISTA PEDRO                                                       a.
                                                                                                          ro
                                         YAURI”          La Primera Sala Penal Especial negó la contami­  T3
                                                                                                          ro
             1) Existencia del Grupo   1) Existencia del Grupo
                                                         nación procesal a pesar de recocer la identidad,   T3
                    Colina               Colina                                                           O)
                                                         o en todo caso conexión, de los objetos de los   ro
                2) Realización de    2) Realización de
                                                         procesos (recuérdese que estuvieron acumula­
             operaciones especiales   operaciones especiales                                              >
                                                                                                          cu
              de aniquilamiento de   de aniquilamiento de   dos y luego sólo se desacumuló "La Cantuta"),  cc
              presuntos terroristas.  presuntos terroristas.
                                                                                                         CM
                                                                                                         §
            81.  Primera  Sala  Penal  Especial, integrada  por las Vocales Superiores  Inés Villa  Bonilla, Inés Tello de  Ñecco, e  Hilda
                Piedra Rojas, proceso penal N° 09— 2003— 1o SPE/CSJL. En la Sesión N° 124 del juicio oral del "Caso La Cantuta"   5
                mediante auto del 16 de enero del 2008, se desacumulan las imputaciones contra Pinto Cárdenas.  §
                                                                                                         a
            82.  Ibíd., pág. 173.


            V  e  r i f i c  a  c  i ó  n     d e    s u    v  i o  l a  c  i ó  n     e n    e l    d  e  n  o  m  i n  a  d  o     “ C  a  s o     d e l    G  r u  p  o     C  o  l i n  a  ”    4 7
   45   46   47   48   49   50   51   52   53   54   55