Page 15 - UTDDR-15 Reglamento Académico de Estudiantes
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I.     La ausencia total del estudiante a una clase;

                  II.    El ingreso al aula después de 15 minutos de la hora de inicio de la primer clase del día
                         ó 5 minutos después de la hora de inicio en clases subsecuentes, independientemente
                         de que el docente haya o no tomado asistencia;

                  III.   El abandono del aula sin autorización del maestro, antes de que finalice la clase.


                  ARTÍCULO 43.-  Cuando un estudiante exceda el 15% de inasistencias injustificadas en una
                  unidad  temática  de  cualquier  asignatura,  quedará  sujeto  a  la  presentación  de  evidencias
                  adicionales, determinadas por el docente, para cubrir los aprendizajes no logrados por motivo
                  de  sus  inasistencias  y  éstas  serán  requisito  para  presentar  las  Acciones  Remediales  o  el
                  Recurso  de  Acreditación,  según  sea  el  caso.   Se  considerarán  inasistencias  justificadas
                  aquellas que sean avaladas por comprobante médico de una institución del Sector Salud o por
                  oficio de comisión por motivos laborales, las ocasionadas cuando el estudiante enferma de
                  emergencia durante la jornada educativa o, en casos extraordinarios, documentos valorados
                  y avalados por el tutor y el Jefe del Programa Educativo correspondiente.


                                                         CAPÍTULO II

                                              DE LAS BAJAS TEMPORALES

                  ARTÍCULO 44.-  Aplica la baja temporal del estudiante en los siguientes casos:
                  I.    Cuando lo solicite de manera expresa y voluntaria, previo a la fecha límite indicada en el
                        Calendario Académico, y que el período de ausencia de la Universidad no exceda de un
                        año;

                  II.   Falte a clases tres días hábiles consecutivos sin aviso al tutor del grupo;
                  III.   Falte a clases de forma injustificada por más de diez días completos en el cuatrimestre;

                  IV.   Presente adeudos de cualquier tipo con la Universidad, y
                  V.    Incurra  en  los  supuestos  de  infracción  a  que  se  refiere  el  Título  X  del  presente
                        Reglamento.


                                                        CAPÍTULO III

                                               DE LAS BAJAS DEFINITIVAS

                  ARTÍCULO 45.-  Aplica la  baja definitiva del estudiante cuando:
                  I.    Lo solicite de manera expresa al Departamento de Servicios Escolares;

                  II.   No  cumpla  con  la  entrega  de  documentos  oficiales  en  los  plazos  establecidos  en  el
                        Artículo 13 del presente Reglamento;






                                         UT Camargo / Reglamento Académico de Estudiantes               15
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