Page 58 - 1. DIAGNOSTICO DE LA COMUNIDAD
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MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN JOSÉ DE CANALETE 2016
3. NOTIFICACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA Y COMPROMISO ESCRITO: Procede cuando
el estudiante acumule en su observador de comportamiento escolar dos (2) amonestaciones escritas o
cuando la amonestación escrita concurra con una sanción.
Debido proceso: El coordinador y/o el titular de grupo notificarán por escrito, a los padres de familia o
acudiente autorizado para dialogar, analizar en forma conjunta la situación del estudiante y buscar
fórmulas que permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en el
observador de comportamiento escolar y contará con la firma del coordinador y/o, el titular de grupo, los
padres de familia y/o acudiente autorizado y el estudiante.
4. JORNADA DE REFLEXIÓN Y TRABAJOS ESPECIALES: Se aplica al estudiante como
estrategia formativa, se asignarán trabajos formativos especiales de acuerdo con la falta cometida.
Esta estrategia formativa consiste en que el estudiante desarrollará a lo largo de la jornada escolar y
dentro de las instalaciones de la Institución, una serie de actividades que pretenden llevarlo a reflexionar
sobre su conducta y a asumir compromisos de cambio. De esta jornada de reflexión se dejará constancia
escrita en el observador de comportamiento escolar del estudiante.
5. RETENCIÓN DE IMPLEMENTOS: Cuando la falta esté directamente relacionada con el uso de
implementos como celulares, cámaras, aparatos reproductores de audio, revistas, impresos, drogas o
armas de cualquier tipo, serán retenidos y sólo serán entregados a los padres o acudientes o a las
correspondientes autoridades.
6. PROHIBICIÓN DE REPRESENTAR LA INSTITUCIÓN: En el caso de que la falta sea de tipo II
o III (grave o muy grave) sea cometida por un estudiante que represente a la institución educativa San
José en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se aplicará la privación de participar
en actividades externas en representación de la institución, la cual quedará consignada en el
observador de comportamiento escolar del estudiante.
7. ACCIONES DE REIVINDICACIÓN Y REPARACIÓN DE LA SITUACIÓN O FALTA.
Procederán para las faltas leves, graves y/o muy graves cuando con ellas el estudiante ofenda la filosofía,
principios o integridad de la institución o de cualquier miembro de la comunidad educativa.
8. SUSPENSIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES O DE REPRESENTACIÓN: Como estrategia
formativa, el estudiante podrá ser suspendido en su participación a programas especiales organizados por
la Institución o en los cargos de representación que esté ejerciendo.
9. NO INVITACIÓN A LA CEREMONIA DE PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES: En caso de
que el estudiante sancionado por una situación de tipo III., (falta MUY GRAVE) sea del grado 11º, no
será invitado a la ceremonia de Proclamación de Bachilleres y su diploma y acta de grado le serán
entregados en la Secretaría Académica de la Institución.
10. ASISTENCIA A UN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN Y TRATAMIENTO: Como estrategia
formativa, podrá imponerse la obligación de que el estudiante asista a un programa de tratamiento
terapéutico, psicológico, psiquiátrico o recibir asistencia profesional.
11. ANULACIÓN DE EVALUACIONES: El fraude o intento de fraude trae como consecuencia la
anulación de la acción evaluativa y la calificación de dicha actividad será Bajo.(1.0)
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