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El    contrato  de  arrendamiento  que  en  nuestro  derecho  se  caracteriza  por  ser  de  carácter

                  principal,  toda  vez  que  tiene  una  finalidad  propia.  Es  bilateral  pues  se  establecen
                  obligaciones reciprocas entre el arrendador y el arrendatario; Es conmutativo en virtud de

                  que al momento de celebrarse el contrato las prestaciones son ciertas; Es temporal, pues la
                  transmisión o enajenación del uso o goce que se efectúa solo es por cierto tiempo y además

                  Es  de  tracto  sucesivo,  dado  que  las  prestaciones  y  gravámenes  que  se  pactan  se  van
                  ejecutando sucesivamente en tanto dure el contrato


                  La renta es la contraprestación que el arrendatario ha de pagar por el derecho de usar  y

                  gozar  de  una  cosa  ajena.  Afirmamos  que  la  renta  debe  pagarse  con  otro  bien  fungible,
                  parque el legislador señala que puede ser cualquier otra cosa equivalente al dinero y esta

                  equivalencia sólo puede darse en bienes fungibles.


                  El  contrato  de  arrendamiento  debe  otorgarse  por  escrito.  La  falta  de  esta  formalidad  se
                  imputará  al  arrendador.  Artículo  2407.-  (Se  deroga).  Artículo  2408.  El  contrato  de

                  arrendamiento  no  se  rescinde  por  la  muerte  del  arrendador  ni  del  arrendatario,  salvo

                  convenio en otro sentido.


                  Tipos de Arrendamiento

                  Traslativo  de  uso,  Principal,  Sinalagmático,  Oneroso,  Conmutativo,  Formal,  Tracto

                  sucesivo.


                  COMODATO


                  Contrato por el cual una persona llamada comodante se obliga a conceder gratuitamente el
                  uso de una cosa no fungible a otra persona llamada comodatario que se obliga a restituirlo

                  individualmente según se expresa en el Art 2497. Es un contrato traslativo de uso, gratuito,
                  Bilateral Obligacional Gratuito Consensual Tracto sucesivo. Por trascurso del plazo por el

                  cual se celebró Cuando concluya el uso específico determinado Si no hay plazo específico
                  el comodante puede pedirla cuando desee.
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