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3.-  CUAL  ES  LA  IMPORTANCIA  PRINCIPAL  QUE  EL  CONSTITUYENTE
                VISUALIZÓ  EN  CUANTO  A  LA  DENOMINACIÓN  DE  LA  CONSTITUCIÓN

                POLÍTICA-SOCIAL DE 1917.


                 R= Querían hacer que el propietario ya no fuera dueño solo para sí exclusivamente individual,
                sino que también fuera para la sociedad manteniendo en constante explotación la tierra y que

                aunque  se  designara  derecho  de  propiedad  tenía  que  sujetarse  a  las  modalidades  del  interés
                público.



                4.-  EN  CUANTAS  PARTES  SE  DIVIDE  LA  CONSTITUCIÓN  POLÍTICA  DE  LOS
                ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.


                 R=                En                dos dogmática                 y                orgánica


                5.-  ANALICE  MEDIANTE  UNA  SÍNTESIS  EL  ARTÍCULO  27  CONSTITUCIONAL.

                R= Artículo 27. La propiedad de las tierras  y aguas comprometidas dentro de los límites del
                territorio nacional corresponde originalmente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de

                trasmitir  el  dominio  de  ellas  a  particulares  contribuyendo  a  la  propiedad  privada.
                En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y

                establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto

                de  ejecutar  obras  públicas  y  planear  y  regular  su  fundación,  conservación,  mejoramiento  y
                crecimiento de los centros de población. La ley concede libertad a ejidatarios y comuneros para:

                Decidir  sobre  las  formas  de  producción  que  más  convengan  a  sus  intereses  particulares.

                Participar en sociedades mercantiles que contribuya a la canalización de flujos de inversión al
                campo.

                Permitir  a  los  inversionistas  permanecer  ajenos  a  las  actividades  agropecuarias  y  forestales.
                Contar con legitimidad de derechos de propiedad que eviten la depredación de tan importantes

                recursos.
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