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11.-  REALICE  UNA  COMPARACIÓN  DE  LA  FRACCION  XV  DEL  ART.  27
                CONSTITUCIONAL ANTES Y DESPUÉS DE REFORMARSE.


                En  el  primer  párrafo  de  dicha  fracción  se  suprime  la  frase  ―en  explotación‖,  esta

                supresión se justifica porque es congruente con la modificaron del párrafo tercero, en el que se
                cambió  el  concepto  de  ―pequeña  propiedad  agrícola  en  explotación‖  por  el  de    ―pequeña

                propiedad  rural‖.  También  se  encuentra  procedente  la  inclusión  del  término  ―bosque‖  en  el
                segundo  párrafo de esta misma fracción, junto a la de ―monte o agostadero en terrenos áridos‖.


                Con  lo  que  se  define  claramente  la  pequeña  propiedad  forestal,  propiciando  así  el

                establecimiento  de  plantaciones  industriales  o  regeneradoras  modernas  que  requieran    de
                extensiones  suficientes  para  ser  rentables.  Asimismo,  procede  que  en  el  último  párrafo  se

                suprima  la  expresión  ―a  la  que  se  le  haya  expedido  certificado  de  indefectibilidad‖,  en

                virtud  de  que  con  la  derogación  de  la  fracción  XIV  ya  no  se  expedirán certificados de
                inaceptabilidad.


                12.-  REALICE  UN  ENSAYO  DE  LA  REFORMA  DE  LA  FRACCIÒN  XVII  DEL

                ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL.

                Se  consideró  necesario  que  en  la  fracción  XVII  se  mantuviera,  exclusivamente,  el  caso    del

                fraccionamiento  de  predios  que  excedan  a  la  pequeña  propiedad,  se  obliga  al  propietario

                a  enajenar  el  excedente  en  un  plazo  de  dos  años  y  que  de  no cumplirse


                con    lo    ordenado,    se    procederá    a    la    venta    mediante    almoneda.    La    razón    de    esto
                contempla  los  casos  en  que  aun  existan  predios  que  excedan  los  límites  de  la  pequeña

                propiedad.

                13.-  DIGA  UN  COMENTARIO  PERSONAL  DE  LAS  REFORMAS  DE  1992  DEL

                ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL, MINIMO DE 2 CUARTILLAS.


                Con  esta  reforma  se  dio  fin  al  reparto  agrario  y  proyecto  la  modernización  del  campo,    que

                incluía tecnología de punta, para lograr un mayor nivel de producción; hecho que  significaba
                una  gran  inversión  monetaria  par a  la  cual  los  trabajadores  nacionales  de  nuestras tierras

                no  se  encontraban  preparados por  la  situación  precaria  en  la  que  se ubicaba  en  términos
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