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11.- REALICE UNA COMPARACIÓN DE LA FRACCION XV DEL ART. 27
CONSTITUCIONAL ANTES Y DESPUÉS DE REFORMARSE.
En el primer párrafo de dicha fracción se suprime la frase ―en explotación‖, esta
supresión se justifica porque es congruente con la modificaron del párrafo tercero, en el que se
cambió el concepto de ―pequeña propiedad agrícola en explotación‖ por el de ―pequeña
propiedad rural‖. También se encuentra procedente la inclusión del término ―bosque‖ en el
segundo párrafo de esta misma fracción, junto a la de ―monte o agostadero en terrenos áridos‖.
Con lo que se define claramente la pequeña propiedad forestal, propiciando así el
establecimiento de plantaciones industriales o regeneradoras modernas que requieran de
extensiones suficientes para ser rentables. Asimismo, procede que en el último párrafo se
suprima la expresión ―a la que se le haya expedido certificado de indefectibilidad‖, en
virtud de que con la derogación de la fracción XIV ya no se expedirán certificados de
inaceptabilidad.
12.- REALICE UN ENSAYO DE LA REFORMA DE LA FRACCIÒN XVII DEL
ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL.
Se consideró necesario que en la fracción XVII se mantuviera, exclusivamente, el caso del
fraccionamiento de predios que excedan a la pequeña propiedad, se obliga al propietario
a enajenar el excedente en un plazo de dos años y que de no cumplirse
con lo ordenado, se procederá a la venta mediante almoneda. La razón de esto
contempla los casos en que aun existan predios que excedan los límites de la pequeña
propiedad.
13.- DIGA UN COMENTARIO PERSONAL DE LAS REFORMAS DE 1992 DEL
ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL, MINIMO DE 2 CUARTILLAS.
Con esta reforma se dio fin al reparto agrario y proyecto la modernización del campo, que
incluía tecnología de punta, para lograr un mayor nivel de producción; hecho que significaba
una gran inversión monetaria par a la cual los trabajadores nacionales de nuestras tierras
no se encontraban preparados por la situación precaria en la que se ubicaba en términos