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7.- explique los actos de estados federados y los actos de particulares.
ACTOS DE ESTADOS FEDERADOS.- El Estado federal es responsable de la conducta de sus
subdivisiones y no puede evitar esa responsabilidad alegando que sus poderes constitucionales
de control sobre ellas son insuficientes para exigir el cumplimiento de las obligaciones
internacionales.
ACTOS DE PARTICULARES.- Dentro de un Estado, pueden efectuarse actos que afectan
adversamente los derechos de otros Estados. La complicidad entre ofensor y el Estado no existe,
en el caso más corriente de dejar de impedir o castigar el acto, sólo en el caso excepcional de
que las autoridades realmente conozcan previamente el acto que se va a intentar, o actúen como
instigadores del delito. De acuerdo con la jurisprudencia, puede haber responsabilidad del
Estado en casos en que no se puede aseverar o probar la complicidad y podría inferirse sólo en
virtud de una ficción. La base de la responsabilidad del Estado por los actos de los individuos
consiste en que el Estado deja de cumplir su deber internacional de impedir el acto ilícito o de
someter al ofensor a la justicia. La soberanía territorial entraña el derecho exclusivo de
desplegar las actividades del Estado y tiene como corolario un deber: la obligación de proteger
dentro de su territorio, los derechos de otros Estados, especialmente la integridad e
inviolabilidad, junto con los derechos que cada Estado puede reclamar para sus nacionales en
territorio extranjero.
8.- ¿qué es un caso de guerra?
La guerra de agresión, delito de agresión o crimen contra la paz
El caso particular de éste delito, (a diferencia del narcotráfico o el terrorismo, que no fueron
incluidos), es que ya existía el antecedente hecho valer en los Juicios de Núremberg y de Juicios
de Tokio. Dentro de este esquema, contra la guerra de agresión, debiera constituir la prohibición
absoluta y la potencial aplicación de la pretensión punitiva de la Corte, en contra de quienes
organicen, avalen o realicen guerras de agresión o guerras de conquista. Su fundamento político
está establecido en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.