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Ferrocarriles Nacionales de México. Tales empresas llamadas empresas de
participación estatal son las que en las legislaciones extranjeras y en la
doctrina se denominan empresas de economía mixta. En la ley orgánica de la
administración pública se consideran como dichas empresas de participación
estatal aquellas que satisfagan alguno de los siguientes requisitos LEY
ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL.-Artículo 46, Artículo
47, Artículo 48 3. 9. - EL FIDEICOMISO ESTATAL O PÚBLICO. Desde que la Ley
tipificara el contrato de fideicomiso, otorgándole características especiales,
entre otras cosas, como la de constituir un patrimonio separado de quienes
sean sus administradores, comenzaron a aparecer en el país contratos de
este tipo donde el “fiduciante” o “fideicomitente” es el Estado Nacional o
Provincial .De tal manera, un instituto que tiene sus raíces en el derecho
privado inicia, positiva pero inorgánicamente, a tener influencia y
aprovechamiento en la comunidad local, sin ser tipificado como “fideicomiso
público”, utilizando como sustento jurídico una ley que fue pensada
principalmente para desarrollar un sector de la economía privada: La
construcción las características distintivas entre el “fideicomiso público y
privado”, pueden sintetizarse de la siguiente manera, El “fideicomiso
público” tiene origen en el derecho administrativo, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de la Ley, en todo lo que no se oponga a aquél. La
Administración debe necesariamente intervenir en su constitución. El
patrimonio separado se conforma con bienes del Estado y
consecuentemente la finalidad del fideicomiso que le sirve de causa es de
interés público. El “fideicomiso público” puede coincidir con el normado en la