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                  relación con la conducta  que se  castiga, o  sea, los  que han  sido  utilizados

                  como instrumento para la comisión de un delito o infracción administrativa,
                  los  que  han  resultado  como  fruto  de  tales  ilícitos  o  bien  los  que  por  sus

                  características,      representan       un      peligro      para      la     sociedad.
                  Diferencias y Ejemplos de Decomiso, Confiscación y Requisición La requisa:

                  Es una forma por medio de la cual la Administración Pública puede obligar a
                  un particular a prestar un servicio público de forma transitoria, en caso de
                  una emergencia, y que de no hacerlo, causaría un daño mayor a la sociedad.

                  Por  ejemplo,  las  azafatas  de  los  aviones,  aun  estando  en  huelga,  están
                  obligadas  a  trabajar por  medio  de  la requisa.  Decomiso:  Es  la  manera  por

                  medio de la cual la Administración retira del patrimonio de los particulares,
                  los instrumentos, medios y productos de un delito. Por ejemplo, a un narco le

                  quitan las armas, las drogas, las balanzas, los uniformes policiacos, el dinero
                  en efectivo, autos, casas. La confiscación: Es la aplicación de todo o parte del

                  patrimonio de una persona, hecho por la administración pública. Por regla
                  general, se prohíbe en el Artículo 22, excepto en el caso del Procedimiento
                  Administrativo  de  Ejecución,  tendiente  a  cobrar  los  créditos  fiscales

                  legalmente  determinados  y  exigibles  (es  un  procedimiento  confiscatorio
                  permitido).7. 8. - LA NACIONALIZACIÒN. La nacionalización es un régimen de

                  derecho público estricto, establecido en la constitución, por medio del cual
                  determinados  bienes  pasan  al  dominio  total,  exclusivo  y  definitivo  de  la

                  nación,  que  en  lo  sucesivo  será  la  única  que  podrá  disponer  de  ellos  con
                  arreglo  a  la  ley.  Se  llama  también  nacionalización  a  la  explotación  de  una

                  empresa privada bajo un régimen público exorbitante. Estamos en presencia
                  de la sustitución de una empresa capitalista por una empresa del estado.



                  También se llama nacionalización, entregar en su totalidad el régimen de los

                  bienes  privados  a  un  nuevo  régimen  de  derecho  público,  que  establece  el
                  dominio  total  y  definitivo  del  estado  sobre  ellos.  Tal  es  el  caso  de  la

                  nacionalización de la tierra la nacionalización del subsuelo y otros tipos de
                  nacionalización.  La  constitución  de  1917,  siguiendo  la  tradición  jurídica
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