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reconducción de un sector de actividades socioeconómicas a la órbita del
poder público o sector público. El concepto varía entre formas de Gobierno y
entre Estados. En muchos casos se trata de un monopolio artificial del
Gobierno. Bienes que pueden ser expropiados En principio, cualquier bien
puede ser expropiado, sea mueble o inmueble, pero debe pertenecer a un
particular, ya que no puede concebirse que el Estado se expropie a sí mismo
(en todo caso, recurre a un decreto de destino para afectar un bien a alguna
actividad).Elementos de la expropiación La doctrina señala como elementos
de la expropiación: la autoridad expropiante, el particular afectado, el bien
expropiado, la causa de utilidad pública que motiva el acto y la
indemnización. La utilidad pública En torno a la expropiación, la cuestión
más debatida es la utilidad pública, definirla resulta riesgoso y de poco
provecho en la práctica. Habrá utilidad pública cuando un bien o un servicio,
material o cultural, común a un importante sector de la población, el poder
público considera de primordial importancia protegerlo o proporcionarlo..
6.2 CONCEPTO DE SERVICIO PÚBLICO. Es considerado como una parte tan
sólo de la actividad Estatal, se ha caracterizado como una actividad creada
con el fin de dar satisfacción a una necesidad de interés general que de otro
modo quedaría insatisfecha, mal satisfecha o insuficientemente satisfecha, y
aunque la idea de interés público se encuentra en todas las actividades
Estatales y la satisfacción de los intereses generales no es monopolio del
Estado, lo que distingue al servicio público es que la satisfacción del interés
general constituye el fin exclusivo de su creación. Características de los
Servicios Públicos. Según la doctrina y el ordenamiento jurídico que los rige,
los rasgos más resaltantes de los servicios públicos pueden compendiarse así:
A. Todo servicio público debe suministrarse con un criterio técnico gerencial
y con cuidadosa consideración a las funciones del proceso administrativo
científico: planificación, coordinación, dirección, control y evaluación, tanto
en su concepción orgánica como en el sentido material y operativo.
SISTEMAS DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS Se puede decir que
el servicio público puede efectuarse por gestión directa de la administración