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procedimientos a través de los cuales el Estado adquiere sus bienes. En estos
casos el dominio del Estado se ha extendido considerablemente en la medida
que su intervención de señala en mayor escala. Como hemos señalado en las
diversas ediciones de esta obra, esos modos de adquisición son los
siguientes: EXPROPIACIÓN, CONFISCACIÓN Y DECOMISO REQUISICIÓN,
MODALIDADES A LA PROPIEDAD PRIVADA NACIONALIZACIÓN Y
SERVIDUMBRE. A esta lista se le ha adicionado con razón, a lo relativo a la
adquisición de soberanía territorial. Dice a esta propósito Miguel Acosta
Romero: “El estado, en uso de su soberanía legislativa y concordancia con los
principios de Derecho Internacional Público, puede reclamar para sí
determinados elementos territoriales a través del ejercicio de su soberanía
legislativa, al dictar leyes que incorporen a su territorio elementos que antes
no formaban parte del o bien ampliar su soberanía sobre los ya existentes.7.3
LA EXPROPIACIÓN. Es el acto unilateral de la administración pública para
adquirir bienes de los particulares, por causa de utilidad Pública y mediante
indemnización. Por lo tanto no se requiere el consentimiento del particular
afectado; si bien no es cierto que en ocasiones la administración Pública
procura obtener los bienes requeridos por otro medio, por ejemplo
compraventa o permuta; ello se debe a más razones de economía en los
procedimientos administrativos que a un requisito teórico o legal, de intentar
con antelación a la expropiación, otros medios de adquirir bienes. BIENES
QUE PUEDEN SER EXPROPIADOS Cualquier bien pude ser explotado sea este
mueble o inmueble siempre y cuando este pertenezca a un particular, ya que
el estado no puede auto expropiarse bienes. Para que un bien sea susceptible
de expropiación se requiere que sea precisamente el adecuado para
satisfacer la causa de utilidad pública que pretende ser atendida con él.
PROCEDIMIENTO PARA DECRETAR LA EXPROPIACIÓN La expropiación se
efectúa a través de un decreto presidencial, a publicarse en el Diario Oficial
de la Federación y con el refrendo de los secretarios de desarrollo Urbano y
Ecología de Programación y presupuesto y de la dependencia directamente
7.4 EL DECOMISO El decomiso: por medio de este pasan a propiedad del
estado los objetos, los instrumentos y el productos involucrados en la