Page 32 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado           -            Ley y Reglamento de Contrataciones 2019


                      la ponderación del capital y las obras registradas en el módulo de experiencia, de la siguiente
                      manera:
                                   CMC = 10 C + 2 ΣObras



                                   Donde:
                                   CMC = Capacidad máxima de contratación

                                   C = Capital

                                   Σ Obras = Sumatoria de los montos de las obras registradas en el módulo de
                                   experiencia.

                    17.2. La antigüedad máxima de permanencia de la obra en el módulo del registro de experiencia,
                      es  la  misma  que  se  establece  para  los  requisitos  de  calificación  en  los  procedimientos  de
                      selección de Licitación Pública, la cual se mide desde la fecha de culminación de la obra.
                    17.3. En el caso de personas naturales nacionales, se considera el capital contable declarado en los
                      libros y/o documentación contable presentada en el procedimiento de inscripción, reinscripción
                      o aumento de CMC y, para las personas naturales extranjeras, se acredita mediante documentos
                      equivalentes que correspondan al domicilio del solicitante.

                    17.4.  Para  las  personas  jurídicas  nacionales,  el  capital  está  representado  por  su  capital  social
                      suscrito y pagado, inscrito en SUNARP.
                    17.5. Para las personas jurídicas extranjeras no domiciliadas (matrices), y domiciliadas (sucursales),
                      el capital se refiere al capital social suscrito y pagado o equivalente, inscrito ante la autoridad
                      competente, conforme a las formalidades exigidas en su país de origen.
                    17.6. Tratándose de capitales o contratos de obras celebrados en moneda extranjera, se determina
                      su equivalente en la moneda de curso legal vigente en el país, utilizando el factor de conversión
                      del promedio ponderado  venta  de  la  SBS  u  otros  medios  en  los  que  se  informe  el  tipo  de
                      conversión oficial, en el caso de capitales a la presentación de la solicitud, y para el caso de
                      contratos a la fecha de su suscripción.

                    17.7. La capacidad máxima de contratación otorgada se mantiene, en tanto el capital no disminuya
                      y/o  las  obras  que  la  sustenten  no  superen  la  antigüedad  permitida  para  los  requisitos  de
                      calificación en los procedimientos de Licitación Pública, en cuyo caso se reduce.

                    17.8. En el caso de ejecutores que no acrediten experiencia, se les otorga una capacidad máxima
                      de contratación hasta por un total equivalente al monto de quinientos mil con 00/100 Soles (S/
                      500 000,00).


                             Artículo 18. Declaración de récord de ejecución o consultoría de obras

                    18.1. Los ejecutores y consultores de obras registran electrónicamente los contratos suscritos, a
                      través del módulo correspondiente en la sección del RNP del portal institucional del OSCE.
                    18.2. Los ejecutores de obras registran las valorizaciones periódicas aprobadas por el inspector o
                      supervisor, adicionales y/o deductivos aprobados por la Entidad si los hubiera, hasta el mes de

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