Page 27 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado - Ley y Reglamento de Contrataciones 2019
TÍTULO II
REGISTRO
CAPITULO I
REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES
Artículo 8. Finalidad y organización
8.1. El RNP, mediante mecanismos de revisión, análisis y control soportados en el uso de tecnologías
de información, administra y actualiza la base de datos de los proveedores para la provisión de
bienes, servicios, consultoría de obras y ejecución de obras, a las Entidades.
8.2. El RNP está organizado por procedimientos de inscripción, actualización de información de las
personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, interesadas en contratar con el Estado,
así como por procedimientos de publicidad de esta información, promoción de acceso y
fidelización de permanencia, incluyendo procedimientos de monitoreo y control para asegurar
la veracidad y la calidad de la información. Para la tramitación electrónica de los procedimientos
seguidos ante el RNP los proveedores usan las plataformas informáticas disponibles.
8.3. El RNP opera los siguientes registros: i) proveedores de bienes, ii) proveedores de servicios, iii)
consultores de obras, y iv) ejecutores de obras.
Artículo 9. Inscripción en el RNP
9.1. Los proveedores se incorporan al RNP mediante el procedimiento de inscripción, cuyos
requisitos se establecen en el Reglamento.
9.2. En el RNP se inscriben todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que
deseen participar en procedimientos de selección y/o contratar con el Estado, para la provisión
de bienes, servicios, consultoría de obras y la ejecución de obras, sea que se presenten de
manera individual o en consorcio.
9.3. Al momento de la inscripción, en el caso de consultores de obras, el RNP les asigna una
especialidad y una categoría conforme a dicha especialidad; y, en el caso de ejecutores de obras,
una capacidad máxima de contratación.
9.4. La inscripción en el RNP tiene vigencia indeterminada. Dicha vigencia está sujeta al
cumplimiento, por parte del proveedor, de las reglas de actualización de información previstas
en el Reglamento.
9.5. El incumplimiento de dichas reglas afecta la vigencia de la inscripción conforme se establece
en el Reglamento.
9.6. La información declarada por los proveedores, así como la documentación o información
presentada en cumplimiento de las reglas de actualización y de los procedimientos seguidos
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