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OSA JUZGADA E IN-
CTERÉS SUPERIOR Interés superior del menor,
DEL MENOR. AUN CUAN-
DO EXISTA SENTENCIA
EJECUTORIADA EN RE- por encima de la cosa juzgada
LACIÓN CON LA GUARDA
Y CUSTODIA DE AQUÉL,
SI EXISTEN CIRCUNS- Estados Unidos Mexicanos, el Juez debe actuar en
TANCIAS QUE PONGAN también lo es que conforme forma activa, velando por el
EN PELIGRO SU INTEGRI- al numeral 401 citado, si interés superior y de acce- Menores
DAD, EL JUEZ DEBE PRI- surgieron cambios o altera- so efectivo a la justicia de
VILEGIAR EL SEGUNDO ciones en las circunstancias aquél, incluso, pese a que
FRENTE A LA PRIMERA que, en su caso, motivaron exista sentencia ejecutoria
FIGURA (LEGISLACIÓN el fallo respectivo, dichos sobre el tema de la guarda
DEL ESTADO DE YUCA- principios no pueden pre- y custodia y, por tanto, de-
TÁN). El artículo 401 del valecer frente al derecho berá proveer lo conducente
Código de Procedimientos del menor. De otra forma, sobre la petición de modifi-
Familiares del Estado de Yu- implicaría pasar por alto la cación de su determinación
catán establece que las sen- obligación del Estado de de guarda y custodia pues,
tencias dictadas en asuntos propiciar el respeto a la dig- de otra forma, las prerroga-
de alimentos, sobre guarda nidad de la niñez y el pleno tivas del menor se vuelven
y custodia e interdicción, ejercicio de sus derechos, ineficaces si dentro del pro-
entre otros, conservarán de acuerdo con el artículo cedimiento no se reconoce
autoridad de cosa juzgada 4o. de la Carta Magna, así que por su propia condición
mientras no se alteren o como con los numerales 3 y requiere de una protección
cambien las circunstancias 4 de la Convención sobre los legal reforzada.
que afecten el ejercicio de la Derechos del Niño y, 17 y 19 Amparo en revisión 391/2017
(cuaderno auxiliar 861/2017) del
acción que se dedujo en el de la Convención Americana índice del Tribunal Colegiado en
juicio correspondiente pues, sobre Derechos Humanos. Materias Civil y Administrativa del
de lo contrario, sólo pue- Así las cosas, si en un jui- Décimo Cuarto Circuito, con apoyo
den alterarse o modificarse cio en el que se dilucidó del Segundo Tribunal Colegiado de
Circuito del Centro Auxiliar de la
mediante la reclamación la guarda y custodia de un Cuarta Región, con residencia en
respectiva que se tramite menor, en el que ya existe Xalapa, Veracruz. 25 de octubre
en vía incidental. Así, aun sentencia ejecutoria, la par- de 2017. Unanimidad de votos.
Ponente: Adrián Avendaño Cons-
cuando el juzgador deba te que no consiguió la cus- tantino. Secretario: José de Jesús
atender a una sentencia que todia informa al Juez que de Gómez Hernández.
ya causó ejecutoria, en todo ejecutarse el fallo y entregar Esta tesis se publicó el viernes
16 de febrero de 2018 a las 10:18
caso debe prevalecer el inte- al menor al progenitor que horas en el Semanario Judicial de
rés superior del menor, con sí la obtuvo, se pondría en la Federación.
base en lo que permite el riesgo la integridad física y Décima Época.- Registro:
artículo citado, y porque este mental del menor, y le hace 2016233.- Instancia: SEGUNDO
TRIBUNAL COLEGIADO DE CIR-
principio resulta de mayor de su conocimiento pre- CUITO DEL CENTRO AUXILIAR
entidad que la institución de suntos hechos o actos que DE LA CUARTA REGIÓN.- Tesis:
la cosa juzgada, pues si bien ocurrieron con posterioridad Aislada.- Fuente: Semanario Judi-
cial de la Federación.- Publicación:
es cierto que ésta implica al dictado de la sentencia, viernes 16 de febrero de 2018.-
la imposibilidad de volver inherentes a este aspecto, Tesis: (IV Región)2o.13 C (10a.)
a discutir lo decidido en un
juicio, porque la rigidez e
inmutabilidad de la senten-
cia descansa en los princi- VISITE NUESTRA PÁGINA WEB
pios de seguridad y certeza
jurídica, consagrados en www.jurisprudenciayleyes.com.mx
los artículos 14 y 17 de la
Constitución Política de los
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