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5 JURISPRUDENCIA FIRME
sistente el embargo en un juicio
ejecución irreparable, respecto del Certificación de documentos:
ejecutivo mercantil es un acto de
cual procede el juicio de amparo
indirecto, pues se afectan los de- condición para validez plena
rechos patrimoniales del quejoso,
entendiendo al embargo como una
extensión del derecho del crédito, OCUMENTOS CERTIFICADOS EN TÉRMINOS
y éste como un objeto que forma DDEL ARTÍCULO 100 DE LA LEY DE INSTITUCIO-
parte del patrimonio del acreedor, NES DE CRÉDITO. DEBEN SER EXPEDIDOS POR
además, porque tal medida pre- FUNCIONARIO AUTORIZADO POR LA INSTITUCIÓN
cautoria tiene como fin efectivizar BANCARIA CON NOMBRAMIENTO INSCRITO EN
la sentencia que resuelva el juicio EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y NO POR
ejecutivo mercantil, esto es, una APODERADO LEGAL, EN VIRTUD DE QUE NO RE-
de las tres prerrogativas que in- ÚNE LAS EXIGENCIAS DEL ARTÍCULO 90 DE LA
tegran el derecho fundamental de LEY CITADA. El artículo 100 de la Ley de Instituciones
acceso a la tutela jurisdiccional de Crédito es taxativo al señalar que las certificaciones
reconocido por el artículo 17 cons- a que se refiere únicamente pueden realizarlas los fun-
titucional. cionarios autorizados por la entidad financiera para tal
Contradicción de tesis 15/2017. Entre efecto, es decir, no dio cabida a interpretación acerca de
las sustentadas por los Tribunales la persona que debe elaborar la certificación referida, lo
Colegiados Segundo, Tercero, Cuarto que se justifica interpretando el artículo 90 de la misma
y Quinto, todos en Materia Civil del
Primer Circuito. 12 de diciembre de ley, el cual dispone que el nombramiento otorgado a los
2017. Unanimidad de catorce votos funcionarios autorizados debe ser inscrito en el Registro
de los Magistrados Marco Antonio Ro- Público del Comercio previa ratificación de firmas ante
dríguez Barajas, Alejandro Villagómez
Gordillo, Paula María García Villegas fedatario público del documento auténtico en el que
Sánchez Cordero, Leonel Castillo Gon- conste el nombramiento respectivo. En ese sentido, de la
zález, Walter Arellano Hobelsberger, interpretación armónica de ambos preceptos, se advierte
Fernando Alberto Casasola Mendoza, que el legislador federal previó que el nombramiento del
Ismael Hernández Flores, Abraham
Sergio Marcos Valdés, Víctor Hugo funcionario bancario facultado por dicha institución para
Díaz Arellano, Irma Rodríguez Franco, cumplir determinadas obligaciones, debía estar inscrito
Gonzalo Arredondo Jiménez, Daniel ante el Registro Público de Comercio, porque de esta
Horacio Escudero Contreras, Benito
Alva Zenteno y Gonzalo Hernández manera se evita que las entidades bancarias delibera-
Cervantes. Ponente: Marco Antonio damente otorguen nombramientos y faculten a cualquier
Rodríguez Barajas. Secretarios: Alfredo empleado, dependiente o incluso a un tercero ajeno a la
Díaz Melo, Alejandra Flores Ramos,
Vianney Rodríguez Arce y Ana Paola organización de la entidad crediticia, según sus intereses;
Surdez López. protegiendo a su vez, la certeza de las certificaciones
Criterios contendientes: El sustentado llevadas ante las autoridades, pues con dicha disposi-
por el Segundo Tribunal Colegiado en ción se tiene mayor certidumbre sobre las certificaciones
Materia Civil del Primer Circuito, al re-
solver el amparo en revisión 247/2015, realizadas por los funcionarios bancarios facultados para
el sustentado por el Tercer Tribunal ello. Por tanto, la certificación realizada al amparo del
Colegiado en Materia Civil del Primer artículo 100 de la Ley de Instituciones de Crédito sólo
Circuito, al resolver la queja 107/2013,
el sustentado por el Cuarto Tribunal puede llevarla a cabo un funcionario de la institución
Colegiado en Materia Civil del Primer bancaria previamente autorizado para tal efecto y cuyo
Circuito, al resolver el amparo en revi- nombramiento esté inscrito en el Registro Público del
sión 150/2014, y el diverso sustentado
por el Quinto Tribunal Colegiado en Comercio, no así el apoderado legal del banco, que en la
Materia Civil del Primer Circuito, al mayoría de las ocasiones no es funcionario de éste, por
resolver la queja 158/2017. lo que carece de facultades para ello, pues de hacerlo,
Esta tesis se considera de aplicación podría violentarse el secreto bancario contemplado en el
obligatoria a partir del martes 06 de
febrero de 2018, para los efectos pre- artículo 142 de la ley mencionada, toda vez que tendría
vistos en el punto séptimo del Acuerdo acceso a la información que se encuentra bajo resguardo
General Plenario 19/2013. y sigilo de la institución de crédito.
Décima Época.- Registro: 2016136.-
Instancia: PLENO EN MATERIA CIVIL Contradicción de tesis 17/2017. Entre las sustentadas por los Tri-
DEL PRIMER CIRCUITO.- Tesis: bunales Colegiados Sexto y Séptimo, ambos en Materia Civil del
Jurisprudencia.- Fuente: Semanario Primer Circuito. 12 de diciembre de 2017. Mayoría de trece votos
Judicial de la Federación.- Publicación: de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas, Alejandro
viernes 02 de febrero de 2018.- Tesis: Villagómez Gordillo, Paula María García Villegas Sánchez Cordero,
PC.I.C. J/59 K (10a.) Leonel Castillo González, Walter Arellano Hobelsberger, Ismael