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JURISPRUDENCIA FIRME                                 6
           Hernández Flores, Fernando Alberto Casasola Mendoza,   sustentado por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer
           Abraham Sergio Marcos Valdés, Víctor Hugo Díaz Arella-  Circuito, al resolver el juicio de amparo directo 122/2017.
           no, Irma Rodríguez Franco, Gonzalo Arredondo Jiménez,   Esta tesis se publicó el viernes 02 de febrero de 2018 a las 10:04 horas
           Benito Alva Zenteno y Gonzalo Hernández Cervantes.   en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de
           Disidente:  Daniel  Horacio  Escudero  Contreras,  quien   aplicación obligatoria a partir del martes 06 de febrero de 2018, para
           formuló  voto  particular.  Ponente:  Paula  María  García   los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario
           Villegas Sánchez Cordero. Secretaria: Cinthia Monserrat   19/2013.
           Ortega Mondragón.                              Décima Época.- Registro: 2016135.- Instancia: PLENO EN MATERIA
           Criterios contendientes: El sustentado por el Sexto Tri-  CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.- Tesis: Jurisprudencia.- Fuente: Sema-
           bunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, al   nario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 02 de febrero de
           resolver el juicio de amparo directo 824/2016 y el diverso   2018.- Tesis: PC.I.C. J/63 C (10a.)
               USPENSIÓN  PROVISIO-
           SNAL RESPECTO DE ME-               Suspensión provisional
           DIDAS CAUTELARES. EL HE-
           CHO DE QUE SU CONCESIÓN            de medidas cautelares
           TENGA EFECTOS RESTITU-
           TORIOS NO ES UNA RAZÓN
           PARA  NEGARLA  (INTER-             Contradicción  de  tesis  16/2017.   USPENSIÓN  PROVISIONAL
           PRETACIÓN DEL ARTÍCULO  Entre las sustentadas por los Tribu-     SRESPECTO DE MEDIDAS CAU-
           128 DE LA LEY DE AMPARO  nales Colegiados Octavo, Noveno,        TELARES. LA CIRCUNSTANCIA DE
           ANTERIOR  A  LA  ADICIÓN           Décimo, Décimo Primero y Décimo   QUE LA LEGISLACIÓN MERCAN-
           PUBLICADA  EN  EL  DIARIO          Segundo, todos en Materia Civil del   TIL EXIJA UNA GARANTÍA PARA
           OFICIAL DE LA FEDERACIÓN           Primer  Circuito.  12  de  diciembre   CONCEDERLAS NO ES UNA RA-
                                              de 2017. Mayoría de once votos
           EL  17  DE  JUNIO  DE  2016).  de los Magistrados Marco Antonio   ZÓN SUFICIENTE PARA NEGARLA
           Conforme al actual sistema de-     Rodríguez Barajas, Alejandro Villa-  (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO
           rivado de las reformas constitu-   gómez Gordillo, Paula María García   128 DE LA LEY DE AMPARO AN-
           cionales publicadas en el Diario   Villegas Sánchez Cordero, Leonel   TERIOR A LA ADICIÓN PUBLICA-
           Oficial de la Federación el 6 de   Castillo González, Walter Arellano   DA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
                                              Hobelsberger, Ismael  Hernández
           junio de 2011, así como con la     Flores, Fernando Alberto Casasola   FEDERACIÓN EL 17 DE JUNIO DE
           expedición de la actual Ley de  Mendoza, Abraham  Sergio  Mar-   2016).  Las  medidas  cautelares  o
           Amparo publicada en el medio  cos  Valdés,  Gonzalo Arredondo    providencias precautorias previstas
           de  difusión  oficial  indicado  el   Jiménez, Daniel Horacio Escudero   en la legislación mercantil, tienen por
           2 de abril de 2013, el Juez de     Contreras  y  Benito Alva  Zente-  objeto garantizar tanto la posible eje-
           amparo al resolver sobre la sus-   no. Disidentes: Víctor Hugo Díaz   cución de un eventual fallo favorable
                                              Arellano, Irma Rodríguez Franco
           pensión,  además  de  decretar  y Gonzalo Hernández Cervantes.   por parte del actor, como los daños
           que las cosas se mantengan en  Ponente: Alejandro  Villagómez    irreparables  o  de  difícil  reparación
           el estado que guarden, puede       Gordillo. Secretaria: Mariana Gu-  que se le pudieran causar por la ne-
           ordenar que se restablezca de      tiérrez Olalde.               cesaria  dilación  del  procedimiento;
                                              Criterios  contendientes:  El  sus-
           forma provisional al gobernado  tentado  por  el  Octavo  Tribunal   mientras que en el juicio de amparo
           en el goce del derecho violado,    Colegiado  en  Materia  Civil  del   la medida cautelar denominada sus-
           mientras se dicta sentencia eje-   Primer Circuito, al resolver la queja   pensión, tiene por objeto garantizar
                                              279/2015, el sustentado por el No-
           cutoriada en el juicio de amparo,   veno Tribunal Colegiado en Materia   la efectividad de la sentencia de am-
           si ello resulta jurídica y material-  Civil del Primer Circuito, al resolver   paro cuyo fin es la protección plena
                                              la queja 192/2015, el sustentado
           mente posible, o en caso de la  por el Décimo Tribunal Colegiado   de los derechos fundamentales del
           suspensión provisional, en tanto   en Materia Civil del Primer Circuito,   gobernado mientras se resuelve en
                                              al resolver la queja 185/2015, y el
           se dicte la resolución que deci-   diverso sustentado por el Décimo   definitiva el juicio de amparo, o en
           da lo relativo a la suspensión     Primer Tribunal Colegiado en Ma-  caso  de  la  suspensión  provisional,
                                              teria  Civil  del  Primer  Circuito,  al
           definitiva. Por tanto, no puede  resolver la queja 251/2015.     hasta en tanto se resuelva lo relativo
           afirmarse que en ningún caso       Esta tesis se considera de aplica-  a la suspensión definitiva. Por tanto,
           procede  conceder  la  suspen-     ción obligatoria a partir del lunes 22   la garantía otorgada en el juicio de
                                              de enero de 2018, para los efectos
           sión provisional contra medidas  previstos en el punto séptimo del   origen, atiende a los datos aportados
           cautelares, sobre la base de que  Acuerdo General Plenario 19/2013.  por el solicitante de la medida, gene-
           ello  tendría  efectos  restituto-  Décima  Época.-  Registro:   ralmente en relación con la ejecución
           rios propios de la sentencia de    2016030.-  Instancia:  PLENO  EN   de la sentencia que pretende ejecutar
                                              MATERIA  CIVIL  DEL  PRIMER
           fondo,  pues  corresponderá  al  CIRCUITO.-  Tesis:  Jurispruden-  ante una eventual sentencia favora-
           juzgador analizar las particula-   cia.- Fuente: Semanario Judicial de   ble; supuesto en el que no se toma
           ridades del caso concreto para     la Federación.- Publicación: vier-  en  cuenta  el  derecho  fundamental
                                              nes 19 de enero de 2018.- Tesis:
           determinar si ésta procede o no.   PC.I.C. J/61 K (10a.)         que el quejoso en el amparo estima le
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