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autos para determinar si una misma finca u otros derechos, se determinará por la
procede o no. Si se trata de prioridad de su inscripción, cualquiera que sea la fecha
embargos trabados en las de su constitución. De cancelarse un registro previo por
controversias jurisdicciona- el Juez que no conoció del asunto, provocaría indefensión
les, cualquier situación que a los terceros que cuentan con ese registro.
impacte a ellos o su registro, Amparo en revisión 162/2017. Alejandro Zendejas Ramírez. 9 de noviembre de
debe analizarse previamen- 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Neófito López Ramos. Secretario: Fernando
Aragón González.
Cheque falsificado
te por el Juez que ordenó la Esta tesis se publicó el viernes 02 de febrero de 2018 a las 10:04 horas en el Sema-
inscripción o la anotación nario Judicial de la Federación.
para su validez, por ser el Décima Época.- Registro: 2016148.- Instancia: DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL
COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.- Tesis: Aislada.- Fuente:
único que cuenta con los Semanario Judicial de la Federación.- Publicación: viernes 02 de febrero de 2018.-
elementos necesarios para Tesis: I.12o.C.21 C (10a.)
resolver la procedencia de
la cancelación de la ano- Acción de objeción
tación materia de registro,
del juicio en que se trabó de pago de cheques
atento al estadio procesal
el embargo anotado. Pen-
sar lo contrario, es decir, CCIÓN DE OBJECIÓN DE PAGO DE CHE-
aplicar la regla general a AQUE POR NOTORIA FALSEDAD DE LA
todo tipo de anotaciones FIRMA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 194,
registrales, tendría el riesgo PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY GENERAL
de que se emitieran resolu- DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.
ciones contradictorias, pues PROCEDE CONDENAR A LA INSTITUCIÓN BAN-
un Juez podría ordenar la CARIA RESPECTIVA AL PAGO DEL INTERÉS,
cancelación de un registro, YA SEA EL CONVENIDO O EL LEGAL, SOBRE
inadvirtiendo las constan- EL MONTO DEL NUMERARIO INDEBIDAMENTE
cias del procedimiento que PAGADO, ANTE LA DEMORA EN LA ENTRE-
GA DE LA SUMA DISPUESTA, CONFORME EL
lo originaron, mientras que ARTÍCULO 2117 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL
otro que ordenó el registro, DISTRITO FEDERAL, APLICABLE PARA LA
pudiera llegar a rematar el CIUDAD DE MÉXICO, SUPLETORIO DE AQUÉ-
bien. Además, significaría LLA, POR DISPOSICIÓN EXPRESA DE SU
permitir al afectado con esa ARTÍCULO 2o. El artículo 194 de la Ley General
medida, que dolosamente de Títulos y Operaciones de Crédito no establece
evada el cumplimiento de para la institución librada la obligación de cubrir al
las obligaciones controver- cuentahabiente algún tipo de interés sobre el monto
tidas en juicios distintos, en que hubiera pagado indebidamente por un cheque
los que adquirió obligacio- con firma notoriamente falsa (párrafo segundo); sin
nes con terceros quienes embargo, el artículo 2117 del Código Civil para el
llevaron a cabo actos sobre Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de Méxi-
la base de que el inmueble co, supletorio de aquella legislación, dispone, en
constituía el respaldo de la lo que interesa, que cuando una persona incumpla
deuda que adquirió el deu- con una obligación a su cargo y ésta consista en la
dor, pues hay que tener pre- entrega de una suma de dinero, se encuentra obli-
sente que las inscripciones gada a resarcir los daños y perjuicios que hubiera
en el Registro Público de la ocasionado al acreedor, los cuales pueden ser el
Propiedad, aun cuando no equivalente al interés legal o una suma superior, en
son constitutivas de dere- caso de que las partes así lo hubieran convenido; lo
chos, sino declarativas de que significa que el legislador ordinario estimó que
éstos y de conformidad con el pago del interés legal o el pactado, constituye
el artículo 3013 del Código la indemnización que debe pagar la persona que
Civil Federal la preferencia incumple con una obligación de entregar una suma
entre derechos reales sobre de dinero a otra, con el fin de resarcir los daños
y perjuicios derivados del incumplimiento de la
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